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México

Phising, principal práctica de ciberdelincuentes: INAI

El Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI) emitió recomendaciones de seguridad a usuarios de Internet para proteger su privacidad y evitar ser víctimas de phishing o suplantación de identidad.

A través de un comunicado alertó que el phising es una de las principales prácticas de ciberdelincuentes para obtener información confidencial de usuarios de Internet, de manera ilegal, y cometer ilícitos como la usurpación de identidad, el secuestro y la extorsión.
Consiste en el envío de mensajes engañosos o en la clonación de portales oficiales de organizaciones, empresas, personajes públicos, entre otros y hay dos modalidades: el tradicional, que implica correos o mensajes masivos, sin destinatario específico, y el dirigido con correos o mensajes personalizados.

Otra técnica frecuente es el uso de enlaces web acortados, los cuales originalmente se pensaron para compartir direcciones electrónicas a través de redes sociales; sin embargo, un atacante se vale de estos vínculos para “esconder” referencias a sitios, en los que se distribuyen programas maliciosos o dedicados a estafar.

En las redes sociales, la práctica se da a través de mensajes o publicaciones con enlaces a sitios con contenido malicioso o fraudulento, por lo que el Instituto Nacional de Transparencia recomendó: Verificar que en los navegadores de Internet se encuentren habilitadas las funciones de bloqueo de contenido, del apartado de seguridad y privacidad

Así como desconfiar de notificaciones de empresas proveedoras de servicios, instituciones bancarias u otras organizaciones, con mensajes genéricos como “Estimado usuario” o “Estimado cliente”, evitar descargar archivos adjuntos y dar clic en los enlaces de correos o mensajes no solicitados.

El INAI también sugirió tener precaución con los mensajes de texto, correos electrónicos o notificaciones que se reciban, pues aunque el mensaje incluya cierta información personal, no es una prueba de que es genuino.

Verificar los enlaces acotados con algún servicio en línea, como Unshorten o URL XRAY, no ingresar a sitios web a través de enlaces que recibes por correo electrónico, servicios de mensajería o publicaciones en redes sociales, ser precavido con solicitudes de amistad o agregar como contactos a personas desconocidas.

No proporcionar información personal, en especial financiera o bancaria, a través de correo electrónico, portales de Internet o llamadas telefónicas, sin la seguridad de que la persona o entidad que la solicita está autorizada para ello.

De igual manera se recomienda hacer una llamada o enviar un correo electrónico directamente al banco o empresa y a nombre de quien se realiza el contacto, para verificar que el correo electrónico.

Asimismo, revisar los movimientos de tus cuentas de servicios y bancarias en busca de anomalías, cambiar contraseñas frecuentemente, si se sospecha que se ha sufrido de phishing.

México

Senado prohíbe definitivamente las terapias de conversión en México

El pleno Senado de la República aprobó las reformas al Código Penal y a la Ley General de Salud para prohibir y sancionar de forma definitiva y a nivel nacional los Esfuerzos para Corregir la Orientación Sexual e Identidad de Género (ECOSIG), también conocidas como terapias de conversión, las cuales han sido consideradas por organismos internacionales como un acto de tortura en contra de la comunidad LGBTQ+, ya que consisten en someter a las víctimas a abusos sexuales, electrochoques y hasta supuestos exorcismos, para que se se identifiquen como personas cisgénero heterosexuales.

Los senadores aprobaron prohibir los ECOSIG en México con 77 votos a favor, cuatro en contra y 15 abstenciones durante una sesión que duró casi 12 horas, a un mes de que fue aprobada en la Cámara de Diputados y a seis años de que se presentó la iniciativa.

“Para prohibir y sancionar las llamadas terapias de conversión, conocidas como ECOSIG, se aprueba reformar, con 77 votos a favor, cuatro en contra y 15 abstenciones, el Código Penal Federal y la Ley General de Salud.

“Los ECOSIG son prácticas que han incentivado la violación de los derechos humanos de la comunidad LGBTTTIQ+.”, escribió en redes sociales el Senado.

Tras la aprobación de las reformas, el Senado envió el documento al Ejecutivo Federal para que se realice el trámite correspondiente y se publiquen en el Diario Oficial de la Federación.

¿Cómo se sancionarán las terapias de conversión en México?

De acuerdo con el Senado, quien realice las denominadas terapias de conversión o ECOSIG podrá ser sancionado con dos a seis años de prisión y una multa de mil a dos mil veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización (UMA), que actualmente sería una suma de entre 108 mil y 216 mil pesos.

Las reformas que adicionan un artículo 209 Quintus al Código Penal Federal y un artículo 465 Ter a la Ley General de Salud precisan que dichas sanciones se impondrán a quien realice, imparta, aplique, obligue o financie cualquier tipo de tratamiento, terapia, servicio o práctica que obstaculice, restrinja, impida, menoscabe, anule o suprima la orientación sexual, identidad o expresión de género de una persona.

No obstante, la sanción aumentará al doble cuando las conductas tipificadas se realicen en contra de personas menores de 18 años, adultos mayores o personas con alguna discapacidad.

En el proyecto de decreto se establece que bastará la presentación de una denuncia para iniciar la investigación de los hechos que revistan las características del delito al que este precepto se refiere.

¿Los padres de familia podrán ser sancionados?

 

Sí, pero no de la misma forma. En el caso de que sea el padre, madre o tutor de la víctima la persona que incurra en las conductas sancionadas, se les aplicarán las sanciones de amonestación o apercibimiento a consideración del juez.

De igual forma, cuando la persona autora tuviere para con la víctima una relación laboral, docente, doméstica, médica o cualquier otra que implique una subordinación de la víctima; o se valga de la función pública para cometer el delito, también será castigada con destitución e inhabilitación para desempeñar el cargo hasta por un tiempo igual a la pena impuesta.

¿Cómo se sancionará a profesionales de la salud?

 

Subrayó que las personas profesionales, técnicas, auxiliares de las disciplinas para la salud y relacionadas con las prácticas médicas que realicen, impartan, apliquen, obliguen o financien tratamientos, terapias o cualquier tipo de servicios o prácticas quirúrgicas o de otra índole, con el objeto de obstaculizar, restringir, impedir, menoscabar, anular o suprimir la orientación sexual, identidad o expresión de género de una persona, serán sancionadas de acuerdo con el Código Penal Federal, y suspendidas en el ejercicio profesional, de uno a tres años.

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