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México

Imponen multas a secretarios de Marina y Ejército

Los titulares de la Marina Armada de México (Semar), Francisco Soberón, y de la Defensa Nacional (Sedena), Salvador Cienfuegos, se harán acreedores a unas multas por determinaciones de jueces.

Karla Macías Lovera, jueza Novena de Distrito en Guanajuato, impuso a Soberón cinco multas que suman 40 mil 300 pesos, porque no rindió todos los informes sobre un presunto caso de desaparición forzada en Nuevo Laredo, Tamaulipas, que tuvieron lugar en mayo.

La Oficina del Alto Comisionado de la Organización de las Naciones Unidas (ONU) para Derechos Humanos realizó una serie de denuncias al respecto.

La jueza, ordenó que se remitiera copia certificada de la bitácora de los operativos que se llevaron a cabo en el momento de la desaparición de las personas.

De acuerdo con Reforma, el titular de la Semar ha promovido varios amparos para impugnar el cobro de las multas, que corresponde al SAT.

En tanto, otra juez determinó que Cienfuegos debe ser multado con 8 mil 60 pesos por no presentarse a declarar en calidad de testigo a un militar requerido en un proceso penal.

En este caso, al general se le concedió el amparo que solicitó.

México

¡Fondo de Pensiones para el Bienestar! Requisitos para recibir $16,777 al mes

Tal vez durante los últimos días hayas escuchado muchas opiniones acerca de la creación del Fondo de Pensiones para el Bienestar, cuya aprobación en el Congreso y posteriormente en el Senado, generó mucho «ruido mediático», en especial por la toma de recursos de las Afores inactivas. Más allá de eso, te decimos cómo funciona y los requisitos para ser beneficiario.

De acuerdo a la información oficial, la creación del Fondo de Pensiones para el Bienestar se dio Con la meta de fortalecer la seguridad financiera de los trabajadores mexicanos al jubilarse. Se trata de un fideicomiso público destinado a complementar las pensiones otorgadas por los institutos de seguridad social del país, incluyendo el IMSS, Infonavit e ISSSTE. 

¿Quiénes recibirán dinero del Fondo de Pensiones para el Bienestar?

La iniciativa busca garantizar que las pensiones sean equivalentes al último salario percibido por el trabajador, siempre y cuando este no supere el límite de 16,777.78 pesos al mes.

Para ser elegibles para este complemento, los trabajadores deben retirarse a la edad de 65 años, haber cotizado en el sistema Afore desde julio de 1997 en el caso del IMSS, y desde abril de 2007 en el caso del ISSSTE. Además, la pensión no debe exceder el límite mencionado anteriormente.

Es importante destacar que este tope se determinó en base al salario promedio de cotización en el IMSS en 2023 y se ajustará anualmente según la tasa de inflación.

Asimismo, según lo aprobado, se priorizará a los trabajadores que comenzaron su cotización a partir de julio de 1997 y alcancen los 65 años de edad.

Polémicas sobre el Fondo de Pensiones para el Bienestar:

Una de las medidas más controvertidas, que ha generado rechazo por parte de la oposición, es la decisión de concentrar los recursos de los trabajadores en este fondo. 

Estos fondos provienen de las subcuentas de retiro, cesantía en edad avanzada y vejez de trabajadores del sector privado que no hayan sido reclamados a los 70 años, así como de los recursos cotizados por trabajadores del sector público al ISSSTE que no se hayan requerido a los 75 años.

Con las reformas, las Administradoras de Fondos para el Retiro (Afores) y PENSIONISSSTE están obligadas a realizar transferencias automáticas al Fondo de Pensiones para el Bienestar, sin necesidad de una resolución judicial, una vez que los trabajadores alcancen la edad indicada.

Además, Infonavit y FOVISSSTE deben notificar a los trabajadores un año antes de transferir sus recursos al fondo, a los 70 y 75 años respectivamente.

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