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México

Cuatro fenómenos meteorológicos propician lluvias en distintas zonas del territorio nacional

Este lunes el huracán “Willa”, categoría 4 en escala Saffir-Simpson, seguirá aproximándose a las costas de Jalisco y Nayarit, estado donde se espera toque tierra mañana por la tarde, informó el Servicio Meteorológico Nacional (SMN).

El organismo dependiente de la Comisión Nacional del Agua (Conagua) detalló que la amplia circulación del ciclón originará lluvias muy fuertes a puntuales intensas sobre el occidente del territorio, así como vientos intensos con rachas superiores a 80 km/h y oleaje 3 a 5 metros en las costas de Colima, Jalisco, Nayarit y Sinaloa.
Por otra parte, indicó que la tormenta tropical “Vicente”, se ubicará al suroeste de las costas de Guerrero, mientras sigue su paso por la costa de Pacífico Sur Mexicano, lo que va a propiciar rachas superiores a 60 km/h, así como la posible formación de trombas marinas con oleaje de 2 a 3 m en costas de Oaxaca y Guerrero.

Además, en SMN alertó que el frente No. 7 y una masa de aire frío asociada, originarán ambiente muy frío sobre el norte, centro y oriente del territorio nacional; y evento de “Norte” con rachas superiores a 50 km/h en las costas de Tamaulipas y Veracruz, así como viento de componente norte, con igual intensidad en el Istmo y Golfo de Tehuantepec, en Oaxaca y Chiapas.

Refirió que también la onda tropical No. 42 recorrerá el sureste de México. Agregó que estos sistemas meteorológicos en combinación con la abundante entrada de humedad de ambos litorales causarán tormentas puntuales fuertes en Chihuahua, Sinaloa, Nayarit, Jalisco, Colima, Veracruz y Guerrero; tormentas de corta duración en zonas de Chihuahua, Coahuila, Nuevo León y Tamaulipas.

México

Senado prohíbe definitivamente las terapias de conversión en México

El pleno Senado de la República aprobó las reformas al Código Penal y a la Ley General de Salud para prohibir y sancionar de forma definitiva y a nivel nacional los Esfuerzos para Corregir la Orientación Sexual e Identidad de Género (ECOSIG), también conocidas como terapias de conversión, las cuales han sido consideradas por organismos internacionales como un acto de tortura en contra de la comunidad LGBTQ+, ya que consisten en someter a las víctimas a abusos sexuales, electrochoques y hasta supuestos exorcismos, para que se se identifiquen como personas cisgénero heterosexuales.

Los senadores aprobaron prohibir los ECOSIG en México con 77 votos a favor, cuatro en contra y 15 abstenciones durante una sesión que duró casi 12 horas, a un mes de que fue aprobada en la Cámara de Diputados y a seis años de que se presentó la iniciativa.

“Para prohibir y sancionar las llamadas terapias de conversión, conocidas como ECOSIG, se aprueba reformar, con 77 votos a favor, cuatro en contra y 15 abstenciones, el Código Penal Federal y la Ley General de Salud.

“Los ECOSIG son prácticas que han incentivado la violación de los derechos humanos de la comunidad LGBTTTIQ+.”, escribió en redes sociales el Senado.

Tras la aprobación de las reformas, el Senado envió el documento al Ejecutivo Federal para que se realice el trámite correspondiente y se publiquen en el Diario Oficial de la Federación.

¿Cómo se sancionarán las terapias de conversión en México?

De acuerdo con el Senado, quien realice las denominadas terapias de conversión o ECOSIG podrá ser sancionado con dos a seis años de prisión y una multa de mil a dos mil veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización (UMA), que actualmente sería una suma de entre 108 mil y 216 mil pesos.

Las reformas que adicionan un artículo 209 Quintus al Código Penal Federal y un artículo 465 Ter a la Ley General de Salud precisan que dichas sanciones se impondrán a quien realice, imparta, aplique, obligue o financie cualquier tipo de tratamiento, terapia, servicio o práctica que obstaculice, restrinja, impida, menoscabe, anule o suprima la orientación sexual, identidad o expresión de género de una persona.

No obstante, la sanción aumentará al doble cuando las conductas tipificadas se realicen en contra de personas menores de 18 años, adultos mayores o personas con alguna discapacidad.

En el proyecto de decreto se establece que bastará la presentación de una denuncia para iniciar la investigación de los hechos que revistan las características del delito al que este precepto se refiere.

¿Los padres de familia podrán ser sancionados?

 

Sí, pero no de la misma forma. En el caso de que sea el padre, madre o tutor de la víctima la persona que incurra en las conductas sancionadas, se les aplicarán las sanciones de amonestación o apercibimiento a consideración del juez.

De igual forma, cuando la persona autora tuviere para con la víctima una relación laboral, docente, doméstica, médica o cualquier otra que implique una subordinación de la víctima; o se valga de la función pública para cometer el delito, también será castigada con destitución e inhabilitación para desempeñar el cargo hasta por un tiempo igual a la pena impuesta.

¿Cómo se sancionará a profesionales de la salud?

 

Subrayó que las personas profesionales, técnicas, auxiliares de las disciplinas para la salud y relacionadas con las prácticas médicas que realicen, impartan, apliquen, obliguen o financien tratamientos, terapias o cualquier tipo de servicios o prácticas quirúrgicas o de otra índole, con el objeto de obstaculizar, restringir, impedir, menoscabar, anular o suprimir la orientación sexual, identidad o expresión de género de una persona, serán sancionadas de acuerdo con el Código Penal Federal, y suspendidas en el ejercicio profesional, de uno a tres años.

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