Conecta con nosotros

México

Garantiza López Obrador derechos a diversidad sexual

Esta mañana el presidente Andrés Manuel López Obrador firmó un decreto en favor de las libertades y los derechos de la comunidad de la diversidad sexual para declarar el 17 de mayo el Día Nacional de la Lucha Contra la Homofobia, la Lesbofobia, la Transfobia y la Bifobia.

En conferencia en Palacio Nacional, el mandatario destacó que en la actual administración se busca hacer frente a la discriminación y garantizar los derechos de todos los mexicanos, esto como parte de una democracia.

“Daremos a conocer acciones en contra de la homofobia, en contra de la discriminación, en contra de los crímenes de odio. Estamos construyendo una auténtica democracia y el sustento principal de la transformación es el garantizar las libertades a todos los mexicanos”, aseguró.

Destacó que las medidas implementadas por su administración, a poco más de 5 meses de haber iniciado, tienen la intención de combatir la discriminación y los crímenes de odio, pues consideró que “no es una cuestión de tolerancia, sino de respeto a las libertades y derechos”.

Al respecto, la titular del Consejo Nacional Para Prevenir la Discriminación (CONAPRED), Alexandra Haas, destacó el actual gobierno representará a todas las personas, de todas las orientaciones e identidades de género y presentó una serie de acciones en favor de la comunidad Lésbico-Gay-Bisexual-Trangénero-Travesti-transexual-Intersexual-Queer (LGBTTTIQ).

Servicios de salud dignos
Inclusión laboral
Reforzamiento de la norma mexicana de igualdad y no discriminación
Sistema escolar inclusivo y respetuoso de las identidades
Aplicación de las procuradurías del protocolo de actuación contra crímenes de odio
Matrimonio igualitario en cualquier consulado de México
Aseguró que, al momento, con esta serie de acciones se busca eliminar la discriminación que impide que las personas ejerzan sus derechos plenamente.

Excelsior

México

Senado prohíbe definitivamente las terapias de conversión en México

El pleno Senado de la República aprobó las reformas al Código Penal y a la Ley General de Salud para prohibir y sancionar de forma definitiva y a nivel nacional los Esfuerzos para Corregir la Orientación Sexual e Identidad de Género (ECOSIG), también conocidas como terapias de conversión, las cuales han sido consideradas por organismos internacionales como un acto de tortura en contra de la comunidad LGBTQ+, ya que consisten en someter a las víctimas a abusos sexuales, electrochoques y hasta supuestos exorcismos, para que se se identifiquen como personas cisgénero heterosexuales.

Los senadores aprobaron prohibir los ECOSIG en México con 77 votos a favor, cuatro en contra y 15 abstenciones durante una sesión que duró casi 12 horas, a un mes de que fue aprobada en la Cámara de Diputados y a seis años de que se presentó la iniciativa.

“Para prohibir y sancionar las llamadas terapias de conversión, conocidas como ECOSIG, se aprueba reformar, con 77 votos a favor, cuatro en contra y 15 abstenciones, el Código Penal Federal y la Ley General de Salud.

“Los ECOSIG son prácticas que han incentivado la violación de los derechos humanos de la comunidad LGBTTTIQ+.”, escribió en redes sociales el Senado.

Tras la aprobación de las reformas, el Senado envió el documento al Ejecutivo Federal para que se realice el trámite correspondiente y se publiquen en el Diario Oficial de la Federación.

¿Cómo se sancionarán las terapias de conversión en México?

De acuerdo con el Senado, quien realice las denominadas terapias de conversión o ECOSIG podrá ser sancionado con dos a seis años de prisión y una multa de mil a dos mil veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización (UMA), que actualmente sería una suma de entre 108 mil y 216 mil pesos.

Las reformas que adicionan un artículo 209 Quintus al Código Penal Federal y un artículo 465 Ter a la Ley General de Salud precisan que dichas sanciones se impondrán a quien realice, imparta, aplique, obligue o financie cualquier tipo de tratamiento, terapia, servicio o práctica que obstaculice, restrinja, impida, menoscabe, anule o suprima la orientación sexual, identidad o expresión de género de una persona.

No obstante, la sanción aumentará al doble cuando las conductas tipificadas se realicen en contra de personas menores de 18 años, adultos mayores o personas con alguna discapacidad.

En el proyecto de decreto se establece que bastará la presentación de una denuncia para iniciar la investigación de los hechos que revistan las características del delito al que este precepto se refiere.

¿Los padres de familia podrán ser sancionados?

 

Sí, pero no de la misma forma. En el caso de que sea el padre, madre o tutor de la víctima la persona que incurra en las conductas sancionadas, se les aplicarán las sanciones de amonestación o apercibimiento a consideración del juez.

De igual forma, cuando la persona autora tuviere para con la víctima una relación laboral, docente, doméstica, médica o cualquier otra que implique una subordinación de la víctima; o se valga de la función pública para cometer el delito, también será castigada con destitución e inhabilitación para desempeñar el cargo hasta por un tiempo igual a la pena impuesta.

¿Cómo se sancionará a profesionales de la salud?

 

Subrayó que las personas profesionales, técnicas, auxiliares de las disciplinas para la salud y relacionadas con las prácticas médicas que realicen, impartan, apliquen, obliguen o financien tratamientos, terapias o cualquier tipo de servicios o prácticas quirúrgicas o de otra índole, con el objeto de obstaculizar, restringir, impedir, menoscabar, anular o suprimir la orientación sexual, identidad o expresión de género de una persona, serán sancionadas de acuerdo con el Código Penal Federal, y suspendidas en el ejercicio profesional, de uno a tres años.

Continuar Leyendo
Publicidad
Publicidad
Publicidad

Más visto