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México

Detienen a sacerdote señalado como presunto homicida de Leonardo Avendaño

La Procuraduría General de Justicia (PGJ) de la Ciudad de Méxicoconfirmó el arresto de un sacerdote identificado como Francisco Javier «N», señalado como el presunto responsable del asesinato del estudiante de la Universidad Intercontinental, Leonardo Avendaño.

De acuerdo con Noticieros Televisa, personal ministerial cumplimentó la orden de aprehensión en contra del imputado esta tarde, luego de que la procuraduría recabó evidencia suficiente para solicitar a un juez el arresto del religioso.

Leonardo fue asesinado entre la noche del pasado martes 11 de junio y la madrugada del miércoles 12. La presunción sobre el sacerdote se basa en imágenes de cámaras de seguridad, que aparentemente lo mostrarían en compañía del joven seminarista la noche en la que desapareció.

Fue esta misma tarde que la procuradora Ernestina Godoy adelantó que ya se tenían avances importantes en el caso y que en breve se solicitarían las órdenes de aprehensión correspondientes.

Según el testimonio de sus familiares, el cuerpo del joven de 29 años mostraba huellas de tortura y lo último que les dijo antes de desaparecer fue que pasaría a la parroquia en Tlalpan donde realizaba sus actividades de servicio comunitario.

Sacerdote detenido participó en misa oficiada a Leonardo
El material audiovisual disponible de una misa oficiada en memoria de Leonardo muestra al ahora posible imputado del crimen como uno de los sacerdotes involucrados en el acto.

Según las indagatorias, el martes 11 de junio Leonardo Avendaño salió de su domicilio en la Alcaldía Iztacalco para dirigirse a la iglesia donde se desempeñaba como diácono. Videos del sistema de videovigilancia capitalino captaron que, en el camino, el joven se encontró con Francisco Javier y no llegó a su destino original.

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México

Senado prohíbe definitivamente las terapias de conversión en México

El pleno Senado de la República aprobó las reformas al Código Penal y a la Ley General de Salud para prohibir y sancionar de forma definitiva y a nivel nacional los Esfuerzos para Corregir la Orientación Sexual e Identidad de Género (ECOSIG), también conocidas como terapias de conversión, las cuales han sido consideradas por organismos internacionales como un acto de tortura en contra de la comunidad LGBTQ+, ya que consisten en someter a las víctimas a abusos sexuales, electrochoques y hasta supuestos exorcismos, para que se se identifiquen como personas cisgénero heterosexuales.

Los senadores aprobaron prohibir los ECOSIG en México con 77 votos a favor, cuatro en contra y 15 abstenciones durante una sesión que duró casi 12 horas, a un mes de que fue aprobada en la Cámara de Diputados y a seis años de que se presentó la iniciativa.

“Para prohibir y sancionar las llamadas terapias de conversión, conocidas como ECOSIG, se aprueba reformar, con 77 votos a favor, cuatro en contra y 15 abstenciones, el Código Penal Federal y la Ley General de Salud.

“Los ECOSIG son prácticas que han incentivado la violación de los derechos humanos de la comunidad LGBTTTIQ+.”, escribió en redes sociales el Senado.

Tras la aprobación de las reformas, el Senado envió el documento al Ejecutivo Federal para que se realice el trámite correspondiente y se publiquen en el Diario Oficial de la Federación.

¿Cómo se sancionarán las terapias de conversión en México?

De acuerdo con el Senado, quien realice las denominadas terapias de conversión o ECOSIG podrá ser sancionado con dos a seis años de prisión y una multa de mil a dos mil veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización (UMA), que actualmente sería una suma de entre 108 mil y 216 mil pesos.

Las reformas que adicionan un artículo 209 Quintus al Código Penal Federal y un artículo 465 Ter a la Ley General de Salud precisan que dichas sanciones se impondrán a quien realice, imparta, aplique, obligue o financie cualquier tipo de tratamiento, terapia, servicio o práctica que obstaculice, restrinja, impida, menoscabe, anule o suprima la orientación sexual, identidad o expresión de género de una persona.

No obstante, la sanción aumentará al doble cuando las conductas tipificadas se realicen en contra de personas menores de 18 años, adultos mayores o personas con alguna discapacidad.

En el proyecto de decreto se establece que bastará la presentación de una denuncia para iniciar la investigación de los hechos que revistan las características del delito al que este precepto se refiere.

¿Los padres de familia podrán ser sancionados?

 

Sí, pero no de la misma forma. En el caso de que sea el padre, madre o tutor de la víctima la persona que incurra en las conductas sancionadas, se les aplicarán las sanciones de amonestación o apercibimiento a consideración del juez.

De igual forma, cuando la persona autora tuviere para con la víctima una relación laboral, docente, doméstica, médica o cualquier otra que implique una subordinación de la víctima; o se valga de la función pública para cometer el delito, también será castigada con destitución e inhabilitación para desempeñar el cargo hasta por un tiempo igual a la pena impuesta.

¿Cómo se sancionará a profesionales de la salud?

 

Subrayó que las personas profesionales, técnicas, auxiliares de las disciplinas para la salud y relacionadas con las prácticas médicas que realicen, impartan, apliquen, obliguen o financien tratamientos, terapias o cualquier tipo de servicios o prácticas quirúrgicas o de otra índole, con el objeto de obstaculizar, restringir, impedir, menoscabar, anular o suprimir la orientación sexual, identidad o expresión de género de una persona, serán sancionadas de acuerdo con el Código Penal Federal, y suspendidas en el ejercicio profesional, de uno a tres años.

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