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México

Dan 222.6 mdp a atletas que compitieron en Panamericanos

Como recompensa por su esfuerzo en los Juegos Panamericanos de Perú, el presidente Andrés Manuel López Obrador anunció que el jueves se entregará un total de 222 millones 660 mil pesos a los deportistas y entrenadores que participaron en dicha competencia.

En conferencia, el mandatario resaltó que los 544 deportistas y los 168 entrenadores recibirán cada uno 240 mil pesos en un sólo estímulo, lo que equivale a 20 mil pesos mensuales, por su participación en las competencias que terminaron ayer.

“Entregaremos 20 mil pesos mensuales durante un año para que puedan seguir haciendo deporte y a los que obtuvieron medalla se dará un apoyo adicional. Todo el recurso se les va a entregar en una sola expedición de cheque para dar el ejemplo de que los deportistas y todos los ciudadanos son responsables, que es su recurso y que lo administren”, dijo el mandatario.

Además, explicó que aquellos atletas mexicanos que obtuvieron alguna medalla recibirán un apoyo adicional: cada uno de los 37 competidores que obtuvieron oro recibirán 40 mil pesos; lo 36 que se llevaron plata, 35 mil pesos; y los 63 que ganaron el bronce, 25 mil pesos.

De esta manera, el apoyo que en total destinará el Gobierno federal sólo a los 136 medallistas asciende a los 51 millones 780 mil pesos.

López Obrador explicó que de los 222.6 millones de pesos que serán entregados en total, 120 corresponden a la venta de inmuebles que se realizó ayer en Los Pinos, en la que el inmueble de las Lomas de Chapultepec fue el que más recursos recabó al ofertarse en 101 millones; en tanto, los poco más de 100 millones de pesos restantes provendrán de un fondo dedicado al deporte de 500 millones de pesos y que fueron autorizados para este año.

“Felicito a los deportistas, a los entrenadores y a sus familiares por el esfuerzo que hacen para obtener estos buenos resultados que ponen en alto el nombre de nuestro país”, dijo el presidente a los atletas que compitieron en Perú.

Excelsior

México

Senado prohíbe definitivamente las terapias de conversión en México

El pleno Senado de la República aprobó las reformas al Código Penal y a la Ley General de Salud para prohibir y sancionar de forma definitiva y a nivel nacional los Esfuerzos para Corregir la Orientación Sexual e Identidad de Género (ECOSIG), también conocidas como terapias de conversión, las cuales han sido consideradas por organismos internacionales como un acto de tortura en contra de la comunidad LGBTQ+, ya que consisten en someter a las víctimas a abusos sexuales, electrochoques y hasta supuestos exorcismos, para que se se identifiquen como personas cisgénero heterosexuales.

Los senadores aprobaron prohibir los ECOSIG en México con 77 votos a favor, cuatro en contra y 15 abstenciones durante una sesión que duró casi 12 horas, a un mes de que fue aprobada en la Cámara de Diputados y a seis años de que se presentó la iniciativa.

“Para prohibir y sancionar las llamadas terapias de conversión, conocidas como ECOSIG, se aprueba reformar, con 77 votos a favor, cuatro en contra y 15 abstenciones, el Código Penal Federal y la Ley General de Salud.

“Los ECOSIG son prácticas que han incentivado la violación de los derechos humanos de la comunidad LGBTTTIQ+.”, escribió en redes sociales el Senado.

Tras la aprobación de las reformas, el Senado envió el documento al Ejecutivo Federal para que se realice el trámite correspondiente y se publiquen en el Diario Oficial de la Federación.

¿Cómo se sancionarán las terapias de conversión en México?

De acuerdo con el Senado, quien realice las denominadas terapias de conversión o ECOSIG podrá ser sancionado con dos a seis años de prisión y una multa de mil a dos mil veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización (UMA), que actualmente sería una suma de entre 108 mil y 216 mil pesos.

Las reformas que adicionan un artículo 209 Quintus al Código Penal Federal y un artículo 465 Ter a la Ley General de Salud precisan que dichas sanciones se impondrán a quien realice, imparta, aplique, obligue o financie cualquier tipo de tratamiento, terapia, servicio o práctica que obstaculice, restrinja, impida, menoscabe, anule o suprima la orientación sexual, identidad o expresión de género de una persona.

No obstante, la sanción aumentará al doble cuando las conductas tipificadas se realicen en contra de personas menores de 18 años, adultos mayores o personas con alguna discapacidad.

En el proyecto de decreto se establece que bastará la presentación de una denuncia para iniciar la investigación de los hechos que revistan las características del delito al que este precepto se refiere.

¿Los padres de familia podrán ser sancionados?

 

Sí, pero no de la misma forma. En el caso de que sea el padre, madre o tutor de la víctima la persona que incurra en las conductas sancionadas, se les aplicarán las sanciones de amonestación o apercibimiento a consideración del juez.

De igual forma, cuando la persona autora tuviere para con la víctima una relación laboral, docente, doméstica, médica o cualquier otra que implique una subordinación de la víctima; o se valga de la función pública para cometer el delito, también será castigada con destitución e inhabilitación para desempeñar el cargo hasta por un tiempo igual a la pena impuesta.

¿Cómo se sancionará a profesionales de la salud?

 

Subrayó que las personas profesionales, técnicas, auxiliares de las disciplinas para la salud y relacionadas con las prácticas médicas que realicen, impartan, apliquen, obliguen o financien tratamientos, terapias o cualquier tipo de servicios o prácticas quirúrgicas o de otra índole, con el objeto de obstaculizar, restringir, impedir, menoscabar, anular o suprimir la orientación sexual, identidad o expresión de género de una persona, serán sancionadas de acuerdo con el Código Penal Federal, y suspendidas en el ejercicio profesional, de uno a tres años.

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