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México

Rosario Robles permanecerá en prisión durante todo su proceso

El juez de control Felipe de Jesús Delgadillo Padierna resolvió que Rosario Robles permanezca en prisión durante todo el tiempo que dure el proceso en su contra por el delito de ejercicio indebido del servicio público.

De acuerdo con lo asentado en su resolución respecto a la prisión preventiva justificada, Delgadillo Padierna consideró que la medida es «idónea» para garantizar la presencia de la imputada ante la autoridad durante el periodo de investigación complementaria.

«La vigencia de la medida cautelar sera? por todo el tiempo que dure el proceso y la que se considera proporcional e ido?nea para garantizar la presencia».

En el documento de vinculación a proceso consultado por el diario La Jornada, el impartidor de justicia argumenta el encarcelamiento conforme a un posible riesgo de fuga, debido a que la imputada presentó una licencia de conducir con un domicilio diferente al de su credencial del Instituto Nacional Electoral (INE).

«Si bien afirmo? vivir en el mismo domicilio hace 24 años; existe un informe donde consta que recientemente tramito? una licencia de conducir en un domicilio diferente. Hay probabilidad que pueda darse a la fuga, tiene los medios y los contactos”.

Cabe recordar que el delito del que se le acusa a la exfuncionaria federal no es grave, por lo que la ley no contempla la medida cautelar de prisión preventiva durante el periodo de investigación complementaria.

Sin embargo, el juez de control concedió la prisión preventiva justificada a solicitud del Ministerio Público Federal, quien en imputación consideró que la omisión de «Chayo» ante los desvíos en la Sedatu y Sedesol, causaron un daño a la Hacienda Pública superior a los 5 mil 73 millones de pesos.

La acusada fue ingresada al penal de Santa Martha Acatitla la mañana del martes 13 de agosto.

sdp noticias

 

México

Senado prohíbe definitivamente las terapias de conversión en México

El pleno Senado de la República aprobó las reformas al Código Penal y a la Ley General de Salud para prohibir y sancionar de forma definitiva y a nivel nacional los Esfuerzos para Corregir la Orientación Sexual e Identidad de Género (ECOSIG), también conocidas como terapias de conversión, las cuales han sido consideradas por organismos internacionales como un acto de tortura en contra de la comunidad LGBTQ+, ya que consisten en someter a las víctimas a abusos sexuales, electrochoques y hasta supuestos exorcismos, para que se se identifiquen como personas cisgénero heterosexuales.

Los senadores aprobaron prohibir los ECOSIG en México con 77 votos a favor, cuatro en contra y 15 abstenciones durante una sesión que duró casi 12 horas, a un mes de que fue aprobada en la Cámara de Diputados y a seis años de que se presentó la iniciativa.

“Para prohibir y sancionar las llamadas terapias de conversión, conocidas como ECOSIG, se aprueba reformar, con 77 votos a favor, cuatro en contra y 15 abstenciones, el Código Penal Federal y la Ley General de Salud.

“Los ECOSIG son prácticas que han incentivado la violación de los derechos humanos de la comunidad LGBTTTIQ+.”, escribió en redes sociales el Senado.

Tras la aprobación de las reformas, el Senado envió el documento al Ejecutivo Federal para que se realice el trámite correspondiente y se publiquen en el Diario Oficial de la Federación.

¿Cómo se sancionarán las terapias de conversión en México?

De acuerdo con el Senado, quien realice las denominadas terapias de conversión o ECOSIG podrá ser sancionado con dos a seis años de prisión y una multa de mil a dos mil veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización (UMA), que actualmente sería una suma de entre 108 mil y 216 mil pesos.

Las reformas que adicionan un artículo 209 Quintus al Código Penal Federal y un artículo 465 Ter a la Ley General de Salud precisan que dichas sanciones se impondrán a quien realice, imparta, aplique, obligue o financie cualquier tipo de tratamiento, terapia, servicio o práctica que obstaculice, restrinja, impida, menoscabe, anule o suprima la orientación sexual, identidad o expresión de género de una persona.

No obstante, la sanción aumentará al doble cuando las conductas tipificadas se realicen en contra de personas menores de 18 años, adultos mayores o personas con alguna discapacidad.

En el proyecto de decreto se establece que bastará la presentación de una denuncia para iniciar la investigación de los hechos que revistan las características del delito al que este precepto se refiere.

¿Los padres de familia podrán ser sancionados?

 

Sí, pero no de la misma forma. En el caso de que sea el padre, madre o tutor de la víctima la persona que incurra en las conductas sancionadas, se les aplicarán las sanciones de amonestación o apercibimiento a consideración del juez.

De igual forma, cuando la persona autora tuviere para con la víctima una relación laboral, docente, doméstica, médica o cualquier otra que implique una subordinación de la víctima; o se valga de la función pública para cometer el delito, también será castigada con destitución e inhabilitación para desempeñar el cargo hasta por un tiempo igual a la pena impuesta.

¿Cómo se sancionará a profesionales de la salud?

 

Subrayó que las personas profesionales, técnicas, auxiliares de las disciplinas para la salud y relacionadas con las prácticas médicas que realicen, impartan, apliquen, obliguen o financien tratamientos, terapias o cualquier tipo de servicios o prácticas quirúrgicas o de otra índole, con el objeto de obstaculizar, restringir, impedir, menoscabar, anular o suprimir la orientación sexual, identidad o expresión de género de una persona, serán sancionadas de acuerdo con el Código Penal Federal, y suspendidas en el ejercicio profesional, de uno a tres años.

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