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México

Maestra del Edomex y su hija de 8 años desaparecieron en Ecatepec desde el 17 de mayo

Ana María Sierra Barragán, profesora en el Estado de México, y su hija Estrella Isabel Flores Sierra se encuentran desaparecidas desde el pasado 17 de mayo, cuando las vieron por última vez en el municipio de Ecatepec de Morelos.

A través de un comunicado, la Corporación Educativa Winston -donde labora Ana María- pidió a la comunidad académica difundir el caso, y expresó su solidaridad con la familia.

De acuerdo con información de la Fiscalía General del Estado de México (FGEM), las mujeres fueron vistas por última vez en la colonia Valle de Aragón III Sección,

Ana María, de 36 años, mide 1.63 metros, es de complexión robusta y tipo de cara redonda. Su cabello es negro y lo usa abajo de los hombros.

Su hija, Estrella Isabel, tiene 8 años y mide 1.1 metros. Es de complexión delgada, cara redonda y tiene el cabello negro, corto y lacio.

Se desconoce qué vestimenta usaban el día de su desaparición.

LA ENCRUCIJADA DE LOS DESAPARECIDOS

El Gobierno mexicano informó hoy de que un total de 85,006 personas han desaparecido desde 2006, más de la mitad ( 44,174) desde que Andrés Manuel López Obrador asumió la presidencia de México, en diciembre de 2018.

Sin embargo, en este último periodo las autoridades han localizado al 55.80% de estos desaparecidos, 92% de ellos con vida, aclaró Alejandro Encinas, subsecretario de Derechos Humanos Población y Migración de la Secretaría (ministerio) de Gobernación (Segob).

México afronta una crisis histórica de desapariciones con un histórico de 212,193 denuncias de personas no localizadas desde 1964, aunque Encinas aclaró que ya se han ubicado a 125.530 personas, 93% de ellas con vida.

El subsecretario reconoció que se ha mantenido el hallazgo de fosas clandestinas en el sexenio de López Obrador, periodo en el que han encontrado 1,606 de estos depósitos de donde han exhumado 2,736 cuerpos.

Madres cuyos hijos están desaparecidos participan en una marcha durante el Día de la Madre en Ciudad de México. 10 de mayo de 2021. REUTERS/Carlos JassoMadres cuyos hijos están desaparecidos participan en una marcha durante el Día de la Madre en Ciudad de México. 10 de mayo de 2021. REUTERS/Carlos Jasso

“Obedece al incremento en la confrontación entre grupos delictivos en distintas regiones del país, pero también a la intensificación de las labores de búsqueda, solamente en estos tres meses y una semana de 2021 se han llevado a cabo 293 acciones de búsqueda”, argumentó.

Aun así, Encinas resaltó una disminución anual de 33% en el número de fosas clandestinas localizadas en 2020 y de casi 18% en los cuerpos recuperados.

Encinas agregó que durante la gestión de López Obrador el estado occidental de Jalisco acumula una de cada cinco desapariciones, el 20%. Le siguen Michoacán con 9.15%, Ciudad de México con más de 8%, y Tamaulipas y Nuevo León con más del 6%.

Una mujer se manifiesta hoy, para exigir justicia y la aparición con vida de su hijo, en Ciudad de México (México). EFE/ Sáshenka Gutiérrez
Una mujer se manifiesta hoy, para exigir justicia y la aparición con vida de su hijo, en Ciudad de México (México). EFE/ Sáshenka Gutiérrez

El subsecretario detalló que las mujeres representan casi 25% de las personas desaparecidas, de las que más de la mitad, el 55%, son menores de 18 años.

El 62% de las niñas, adolescentes y mujeres desaparecidas se concentran en siete estados: Estado de México, Tamaulipas, Jalisco, Nuevo León, Veracruz, Puebla y Ciudad de México.

Por otro lado, la titular de la Comisión Nacional de Búsqueda de Personas, Karla Quintana, reconoció que existe una crisis en los servicios forenses para identificar los cuerpos.

El caso de los feminicidios, que es otro delito con crecimiento, sostenemos que, no es evadir nuestra responsabilidad, antes no se clasificaba de esa manera; se consideraban homicidios todas las muertes de mujeres. Ahora no. Por eso se registra un incremento. Y el otro delito es extorsión, son los tres que tenemos aumento. Todo lo demás va a la baja y considerablemente.”, detalló.

México

Senado prohíbe definitivamente las terapias de conversión en México

El pleno Senado de la República aprobó las reformas al Código Penal y a la Ley General de Salud para prohibir y sancionar de forma definitiva y a nivel nacional los Esfuerzos para Corregir la Orientación Sexual e Identidad de Género (ECOSIG), también conocidas como terapias de conversión, las cuales han sido consideradas por organismos internacionales como un acto de tortura en contra de la comunidad LGBTQ+, ya que consisten en someter a las víctimas a abusos sexuales, electrochoques y hasta supuestos exorcismos, para que se se identifiquen como personas cisgénero heterosexuales.

Los senadores aprobaron prohibir los ECOSIG en México con 77 votos a favor, cuatro en contra y 15 abstenciones durante una sesión que duró casi 12 horas, a un mes de que fue aprobada en la Cámara de Diputados y a seis años de que se presentó la iniciativa.

“Para prohibir y sancionar las llamadas terapias de conversión, conocidas como ECOSIG, se aprueba reformar, con 77 votos a favor, cuatro en contra y 15 abstenciones, el Código Penal Federal y la Ley General de Salud.

“Los ECOSIG son prácticas que han incentivado la violación de los derechos humanos de la comunidad LGBTTTIQ+.”, escribió en redes sociales el Senado.

Tras la aprobación de las reformas, el Senado envió el documento al Ejecutivo Federal para que se realice el trámite correspondiente y se publiquen en el Diario Oficial de la Federación.

¿Cómo se sancionarán las terapias de conversión en México?

De acuerdo con el Senado, quien realice las denominadas terapias de conversión o ECOSIG podrá ser sancionado con dos a seis años de prisión y una multa de mil a dos mil veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización (UMA), que actualmente sería una suma de entre 108 mil y 216 mil pesos.

Las reformas que adicionan un artículo 209 Quintus al Código Penal Federal y un artículo 465 Ter a la Ley General de Salud precisan que dichas sanciones se impondrán a quien realice, imparta, aplique, obligue o financie cualquier tipo de tratamiento, terapia, servicio o práctica que obstaculice, restrinja, impida, menoscabe, anule o suprima la orientación sexual, identidad o expresión de género de una persona.

No obstante, la sanción aumentará al doble cuando las conductas tipificadas se realicen en contra de personas menores de 18 años, adultos mayores o personas con alguna discapacidad.

En el proyecto de decreto se establece que bastará la presentación de una denuncia para iniciar la investigación de los hechos que revistan las características del delito al que este precepto se refiere.

¿Los padres de familia podrán ser sancionados?

 

Sí, pero no de la misma forma. En el caso de que sea el padre, madre o tutor de la víctima la persona que incurra en las conductas sancionadas, se les aplicarán las sanciones de amonestación o apercibimiento a consideración del juez.

De igual forma, cuando la persona autora tuviere para con la víctima una relación laboral, docente, doméstica, médica o cualquier otra que implique una subordinación de la víctima; o se valga de la función pública para cometer el delito, también será castigada con destitución e inhabilitación para desempeñar el cargo hasta por un tiempo igual a la pena impuesta.

¿Cómo se sancionará a profesionales de la salud?

 

Subrayó que las personas profesionales, técnicas, auxiliares de las disciplinas para la salud y relacionadas con las prácticas médicas que realicen, impartan, apliquen, obliguen o financien tratamientos, terapias o cualquier tipo de servicios o prácticas quirúrgicas o de otra índole, con el objeto de obstaculizar, restringir, impedir, menoscabar, anular o suprimir la orientación sexual, identidad o expresión de género de una persona, serán sancionadas de acuerdo con el Código Penal Federal, y suspendidas en el ejercicio profesional, de uno a tres años.

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