Conecta con nosotros

México

CDMX reportó más de 44,000 fiestas en medio de la tercera ola por COVID-19

La tercera ola de coronavirus en México ha desatado las alertas máximas por la enfermedad en varios estados. La Ciudad de México, capital del país, ha coronado la lista de lugares donde la pandemia golpeó más fuerte. Sin embargo, y a pesar de haber llegado a alerta roja por COVID-19, las autoridades recibieron reportes de más de 44,000 fiestas hechas en plena crisis sanitaria.

El Centro de Comando, Control, Cómputo, Comunicaciones y Contacto Ciudadano (C5) habría recibido la notificación de disturbios y festejos en varias alcaldías, en medio de un conflicto político sobre el color del semáforo rojo entre la Secretaría de Salud Federal y la administración de la jefa de gobierno, Claudia Sheinbaum Pardo, quien se negaba a aplicar el semáforo rojo en la capital.

El Sol de México informó que centros de entretenimiento, bares en la zona centro de la capital, fiestas y reuniones en hogares tuvieron lugar pese a que los contagios por COVID-19 incrementaban en las últimas semanas.

Las denuncias al C5 son de los primeros ocho meses del 2021 y se hicieron por llamadas y reportes digitales al 911, redes sociales, botones de emergencia y cámaras de vigilancia. De acuerdo con el medio mexicano, de los reportes sólo 11,806 pudieron ser verificados por la policía.

Este escenario no difiere del 2020, cuando la pandemia atacaba el país sin que nadie estuviera vacunado. En aquel entonces, el C5 registró 102,363 reportes, pero solo lograron confirmarse 19,637.

Pese a la emergencia sanitaria, las fiestas clandestinas tenían lugar en la CDMX (Foto: Diego Simón Sánchez/Cuartoscuro)Pese a la emergencia sanitaria, las fiestas clandestinas tenían lugar en la CDMX (Foto: Diego Simón Sánchez/Cuartoscuro)

A pesar de haber vuelto a la alerta roja por COVID-19, las medidas del nuevo semáforo epidemiológico ya no contemplan los cierres de actividades totales. Hasta ahora, la Ciudad de México ha reportado 39,849 casos activos que pueden propagar la enfermedad.

La tercera ola del coronavirus resultó diferenciarse de sus homónimas por la fuerte presencia de la variante Delta del SARS-CoV-2, la cual, aunque no es más letal, ha resultado ser más contagiosa.

Sin embargo, organismos como la Confederación Patronal de la República Mexicana (Coparmex) advirtieron que un nuevo cierre total de actividades pondrían en riesgo la recuperación de los empleos. En especial, luego de que el Consejo Nacional de Evaluación de la Política de Desarrollo Social (Coneval) reveló que la cifra de pobreza en México ascendió a los 55.7 millones en 2020.

El presidente de la Coparmex, Armando Zúñiga Salinas, dijo al Sol de México que la “lenta pero constante” reactivación económica permitió que México recuperara 24,000 de los 240,000 empleos perdidos durante la pandemia. “Retroceder al señalado semáforo a rojo, implicaría renunciar de manera definitiva a la posibilidad por recuperar los empleos perdidos en lo que resta del año”, dijo.

La CDMX llegó a semáforo rojo por COVID-19 por la fuerte presencia de la variante Delta (Foto: Reuters/Paola García) La CDMX llegó a semáforo rojo por COVID-19 por la fuerte presencia de la variante Delta (Foto: Reuters/Paola García)

A nivel nacional, la Secretaría de salud reportó 172 muertes y 7,573 nuevos casos de COVID-19 en las últimas 24 horas.

Con estas cifras se acumulan 2,971,817 contagios y 244,420 defunciones causadas por el virus SARS-CoV-2 a nivel nacional. Aunado a esto, se reportaron 475,319 casos sospechosos, 5,330,849 negativos, 139,361 activos estimados y 8,777,985 personas estudiadas desde que comenzó la contingencia sanitaria.

De acuerdo con los datos demográficos de la epidemia, los casos confirmados muestran predominio en hombres, con 50.1 por ciento. En tanto, la mediana de edad general es de 42 años.

Por lugar de residencia, la Ciudad de México (815,833), Estado de México (304,441), Nuevo León (150,836), Guanajuato (141,640), Jalisco (113,193), Puebla (94,191), Tabasco (91,749), Sonora (91,700), Veracruz (85,690) y Querétaro (75,756) son los estados que concentran el mayor número de contagios acumulados, con 66% del total.

México

Senado prohíbe definitivamente las terapias de conversión en México

El pleno Senado de la República aprobó las reformas al Código Penal y a la Ley General de Salud para prohibir y sancionar de forma definitiva y a nivel nacional los Esfuerzos para Corregir la Orientación Sexual e Identidad de Género (ECOSIG), también conocidas como terapias de conversión, las cuales han sido consideradas por organismos internacionales como un acto de tortura en contra de la comunidad LGBTQ+, ya que consisten en someter a las víctimas a abusos sexuales, electrochoques y hasta supuestos exorcismos, para que se se identifiquen como personas cisgénero heterosexuales.

Los senadores aprobaron prohibir los ECOSIG en México con 77 votos a favor, cuatro en contra y 15 abstenciones durante una sesión que duró casi 12 horas, a un mes de que fue aprobada en la Cámara de Diputados y a seis años de que se presentó la iniciativa.

“Para prohibir y sancionar las llamadas terapias de conversión, conocidas como ECOSIG, se aprueba reformar, con 77 votos a favor, cuatro en contra y 15 abstenciones, el Código Penal Federal y la Ley General de Salud.

“Los ECOSIG son prácticas que han incentivado la violación de los derechos humanos de la comunidad LGBTTTIQ+.”, escribió en redes sociales el Senado.

Tras la aprobación de las reformas, el Senado envió el documento al Ejecutivo Federal para que se realice el trámite correspondiente y se publiquen en el Diario Oficial de la Federación.

¿Cómo se sancionarán las terapias de conversión en México?

De acuerdo con el Senado, quien realice las denominadas terapias de conversión o ECOSIG podrá ser sancionado con dos a seis años de prisión y una multa de mil a dos mil veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización (UMA), que actualmente sería una suma de entre 108 mil y 216 mil pesos.

Las reformas que adicionan un artículo 209 Quintus al Código Penal Federal y un artículo 465 Ter a la Ley General de Salud precisan que dichas sanciones se impondrán a quien realice, imparta, aplique, obligue o financie cualquier tipo de tratamiento, terapia, servicio o práctica que obstaculice, restrinja, impida, menoscabe, anule o suprima la orientación sexual, identidad o expresión de género de una persona.

No obstante, la sanción aumentará al doble cuando las conductas tipificadas se realicen en contra de personas menores de 18 años, adultos mayores o personas con alguna discapacidad.

En el proyecto de decreto se establece que bastará la presentación de una denuncia para iniciar la investigación de los hechos que revistan las características del delito al que este precepto se refiere.

¿Los padres de familia podrán ser sancionados?

 

Sí, pero no de la misma forma. En el caso de que sea el padre, madre o tutor de la víctima la persona que incurra en las conductas sancionadas, se les aplicarán las sanciones de amonestación o apercibimiento a consideración del juez.

De igual forma, cuando la persona autora tuviere para con la víctima una relación laboral, docente, doméstica, médica o cualquier otra que implique una subordinación de la víctima; o se valga de la función pública para cometer el delito, también será castigada con destitución e inhabilitación para desempeñar el cargo hasta por un tiempo igual a la pena impuesta.

¿Cómo se sancionará a profesionales de la salud?

 

Subrayó que las personas profesionales, técnicas, auxiliares de las disciplinas para la salud y relacionadas con las prácticas médicas que realicen, impartan, apliquen, obliguen o financien tratamientos, terapias o cualquier tipo de servicios o prácticas quirúrgicas o de otra índole, con el objeto de obstaculizar, restringir, impedir, menoscabar, anular o suprimir la orientación sexual, identidad o expresión de género de una persona, serán sancionadas de acuerdo con el Código Penal Federal, y suspendidas en el ejercicio profesional, de uno a tres años.

Continuar Leyendo
Publicidad
Publicidad
Publicidad

Más visto