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México

“No va a renunciar a su militancia”: AMLO defendió designación de Quirino Ordaz como embajador en España

El presidente Andrés Manuel López Obrador defendió este martes su propuesta de designar a Quirino Ordaz, exgobernador de Sinaloa, como embajador de México en España.

Durante la conferencia de prensa matutina, señaló que los partidos de la oposición no deben tomar a mal la incorporación de sus militantes al gobierno federal o, en este caso, a la representación del país en otros lugares, pues se está trabajando en favor del pueblo.

“Se enojaron mucho, no sé por qué, no va a representar a un partido, él no va a renunciar a su militancia, no le estamos pidiendo como condición que renuncie a sus libertades, eso es inmoral, indigno, cada quien puede tener su manera de pensar. La representación de México en el extranjero no tiene que ver con partidos, es una representación del Estado Mexicano, no nada más del gobierno o del Ejecutivo, por eso se requiere la autorización del senado”, manifestó.

El mandatario refirió que ser designado como embajador es un cargo “muy honroso”, pues tiene la responsabilidad de actuar como representante de los tres poderes del Estado mexicano.

Aunado a esto, indicó que seguirá invitando a funcionarios bien evaluados y que hayan realizado un buen trabajo a que colaboren en su gobierno. “Ojalá y se rectifique esa postura, porque no debe actuarse de esa forma, los dirigentes de los partidos cómo van a amenazar a un militante si toma una decisión de ayudar en el desarrollo del país o representar a México en el extranjero”, agregó.

En tanto, el tabasqueño indicó que si se tratara de una “propuesta indecorosa” estaría justificada la negativa de los presidentes de la oposición, sin embargo, el caso actual está lejos de ello.

Asimismo, López Obrador recordó que las relaciones con España no están en su mejor momento, por lo que su gobierno está tratando de mejorar las condiciones entre ambos países. “Consideramos que va a ayudar mucho Quirino Ordaz con este propósito y vamos a seguir invitando a otros gobernadores y a otros dirigentes que han hecho un buen trabajo”, adelantó el presidente.

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México

Senado prohíbe definitivamente las terapias de conversión en México

El pleno Senado de la República aprobó las reformas al Código Penal y a la Ley General de Salud para prohibir y sancionar de forma definitiva y a nivel nacional los Esfuerzos para Corregir la Orientación Sexual e Identidad de Género (ECOSIG), también conocidas como terapias de conversión, las cuales han sido consideradas por organismos internacionales como un acto de tortura en contra de la comunidad LGBTQ+, ya que consisten en someter a las víctimas a abusos sexuales, electrochoques y hasta supuestos exorcismos, para que se se identifiquen como personas cisgénero heterosexuales.

Los senadores aprobaron prohibir los ECOSIG en México con 77 votos a favor, cuatro en contra y 15 abstenciones durante una sesión que duró casi 12 horas, a un mes de que fue aprobada en la Cámara de Diputados y a seis años de que se presentó la iniciativa.

“Para prohibir y sancionar las llamadas terapias de conversión, conocidas como ECOSIG, se aprueba reformar, con 77 votos a favor, cuatro en contra y 15 abstenciones, el Código Penal Federal y la Ley General de Salud.

“Los ECOSIG son prácticas que han incentivado la violación de los derechos humanos de la comunidad LGBTTTIQ+.”, escribió en redes sociales el Senado.

Tras la aprobación de las reformas, el Senado envió el documento al Ejecutivo Federal para que se realice el trámite correspondiente y se publiquen en el Diario Oficial de la Federación.

¿Cómo se sancionarán las terapias de conversión en México?

De acuerdo con el Senado, quien realice las denominadas terapias de conversión o ECOSIG podrá ser sancionado con dos a seis años de prisión y una multa de mil a dos mil veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización (UMA), que actualmente sería una suma de entre 108 mil y 216 mil pesos.

Las reformas que adicionan un artículo 209 Quintus al Código Penal Federal y un artículo 465 Ter a la Ley General de Salud precisan que dichas sanciones se impondrán a quien realice, imparta, aplique, obligue o financie cualquier tipo de tratamiento, terapia, servicio o práctica que obstaculice, restrinja, impida, menoscabe, anule o suprima la orientación sexual, identidad o expresión de género de una persona.

No obstante, la sanción aumentará al doble cuando las conductas tipificadas se realicen en contra de personas menores de 18 años, adultos mayores o personas con alguna discapacidad.

En el proyecto de decreto se establece que bastará la presentación de una denuncia para iniciar la investigación de los hechos que revistan las características del delito al que este precepto se refiere.

¿Los padres de familia podrán ser sancionados?

 

Sí, pero no de la misma forma. En el caso de que sea el padre, madre o tutor de la víctima la persona que incurra en las conductas sancionadas, se les aplicarán las sanciones de amonestación o apercibimiento a consideración del juez.

De igual forma, cuando la persona autora tuviere para con la víctima una relación laboral, docente, doméstica, médica o cualquier otra que implique una subordinación de la víctima; o se valga de la función pública para cometer el delito, también será castigada con destitución e inhabilitación para desempeñar el cargo hasta por un tiempo igual a la pena impuesta.

¿Cómo se sancionará a profesionales de la salud?

 

Subrayó que las personas profesionales, técnicas, auxiliares de las disciplinas para la salud y relacionadas con las prácticas médicas que realicen, impartan, apliquen, obliguen o financien tratamientos, terapias o cualquier tipo de servicios o prácticas quirúrgicas o de otra índole, con el objeto de obstaculizar, restringir, impedir, menoscabar, anular o suprimir la orientación sexual, identidad o expresión de género de una persona, serán sancionadas de acuerdo con el Código Penal Federal, y suspendidas en el ejercicio profesional, de uno a tres años.

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