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México

Confesó triple feminicidio: asesinó a una mujer y sus dos hijas en Campeche

La Fiscalía General del Estado de Campeche (FGECAM), informó que Alex Javier “H” fue sentenciado a 80 años de cárcel y a pagar una multa superior a los dos millones de pesos tras haber sido declarado culpable de haber asesinado a su ex pareja y sus dos hijas.

La dependencia detalló que mediante el procedimiento abreviado, el Juez de Control del Primer Distrito Judicial sentenció a Alex Javier “H” a prisión y al pago por reparación del daño moral por dos millones 855 mil 255 pesos, por los delitos de Desaparición de Personas y Feminicidio en contra de quienes en vida respondieran al nombre cuyas iniciales son R.G.A.R., Z.J.M.A. y R.A.M.A., asentados en la Carpeta Judicial 59/21-2022/JC.

Mientras que M.G.C.C. de 36 años de edad, segunda persona detenida por el triple feminicidio, integrada a la misma Carpeta Judicial, solicitó durante la audiencia inicial la duplicidad del término constitucional, por lo que se reanudará el lunes 27 de septiembre del año en curso, imponiéndosele prisión preventiva oficiosa.

Los cuerpos de las víctimas fueron llevados a una fosa (Foto: Europa Press/Archivo)Los cuerpos de las víctimas fueron llevados a una fosa (Foto: Europa Press/Archivo)

De acuerdo con las investigaciones realizadas por el Centro de Justicia para las Mujeres en Campeche, la Vicefiscalía General para la Atención de Delito de Alto Impacto y la Fiscalía Especializada en la Búsqueda de Persona Desaparecidas y No Localizadas, el pasado domingo 12 de septiembre, cerca de las 20:00 horas, la madre e hijas fueron asesinadas al interior de un departamento situado en esta Ciudad Capital.

Posteriormente, el ahora culpable, posiblemente con ayuda de la otra persona detenida, trasladaron y depositaron los cadáveres en una fosa séptica ubicada en una sala de fiestas en la localidad de Chiná, Campeche.

En este contexto se solicitó al Juez orden de aprehensión en contra de Alex Javier “H” de 36 años de edad y de M.G.C.C., mismas que fueron otorgadas y cumplimentadas ese mismo día.

El jueves 23, el feminicida, durante la audiencia inicial se declaró culpable, solicitó sentencia mediante el procedimiento abreviado, misma que fue dictada y ejecutoriada, por lo que está a disposición en el Centro de Reinserción Social de San Francisco Kobén.

Presunta imagen de las víctimas que circuló en redes sociales (Foto: Especial)Presunta imagen de las víctimas que circuló en redes sociales (Foto: Especial)

Cabe recordar que por este caso, el fiscal general de Campeche, Renato Sales Heredia, reveló el 21 de septiembre que la muerte de las mujeres fue por sofocación y traumatismo craneoencefálico.

Asimismo, se reveló que entre las dos personas detenidas se encontraba la ex pareja de la mujer de 36 años quien tenía dos hijas, una de 13 y otra de 11 años de edad.

Según reportes de familiares que acudieron a las instalaciones de la FGE, el 12 de septiembre a las 7:00 de la noche hablaron con la madre de la víctima, identificada como “Doña Juanita”, quien aseguró que la ex pareja de su hija presuntamente tuvo contacto con ella y las niñas.

“Doña Juanita, muy apreciada por nosotros, advierte la desaparición de su hija y de sus dos nietas el domingo 12 de septiembre, el 14 acude a las instalaciones para hacer el reporte y se activan los protocolos. El 16 de septiembre, llegué a la fiscalía, era mi primer día al frente, ya me estaba esperando, muy preocupada. Hablamos con el fiscal de acto impactó, se ordena ayer el cateo y lamentablemente se encuentran los cadáveres, tenemos dos personas detenidas, uno era su expareja, pero no vamos a dar nombres por el debido proceso”, precisó Renato Sales.

México

Senado prohíbe definitivamente las terapias de conversión en México

El pleno Senado de la República aprobó las reformas al Código Penal y a la Ley General de Salud para prohibir y sancionar de forma definitiva y a nivel nacional los Esfuerzos para Corregir la Orientación Sexual e Identidad de Género (ECOSIG), también conocidas como terapias de conversión, las cuales han sido consideradas por organismos internacionales como un acto de tortura en contra de la comunidad LGBTQ+, ya que consisten en someter a las víctimas a abusos sexuales, electrochoques y hasta supuestos exorcismos, para que se se identifiquen como personas cisgénero heterosexuales.

Los senadores aprobaron prohibir los ECOSIG en México con 77 votos a favor, cuatro en contra y 15 abstenciones durante una sesión que duró casi 12 horas, a un mes de que fue aprobada en la Cámara de Diputados y a seis años de que se presentó la iniciativa.

“Para prohibir y sancionar las llamadas terapias de conversión, conocidas como ECOSIG, se aprueba reformar, con 77 votos a favor, cuatro en contra y 15 abstenciones, el Código Penal Federal y la Ley General de Salud.

“Los ECOSIG son prácticas que han incentivado la violación de los derechos humanos de la comunidad LGBTTTIQ+.”, escribió en redes sociales el Senado.

Tras la aprobación de las reformas, el Senado envió el documento al Ejecutivo Federal para que se realice el trámite correspondiente y se publiquen en el Diario Oficial de la Federación.

¿Cómo se sancionarán las terapias de conversión en México?

De acuerdo con el Senado, quien realice las denominadas terapias de conversión o ECOSIG podrá ser sancionado con dos a seis años de prisión y una multa de mil a dos mil veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización (UMA), que actualmente sería una suma de entre 108 mil y 216 mil pesos.

Las reformas que adicionan un artículo 209 Quintus al Código Penal Federal y un artículo 465 Ter a la Ley General de Salud precisan que dichas sanciones se impondrán a quien realice, imparta, aplique, obligue o financie cualquier tipo de tratamiento, terapia, servicio o práctica que obstaculice, restrinja, impida, menoscabe, anule o suprima la orientación sexual, identidad o expresión de género de una persona.

No obstante, la sanción aumentará al doble cuando las conductas tipificadas se realicen en contra de personas menores de 18 años, adultos mayores o personas con alguna discapacidad.

En el proyecto de decreto se establece que bastará la presentación de una denuncia para iniciar la investigación de los hechos que revistan las características del delito al que este precepto se refiere.

¿Los padres de familia podrán ser sancionados?

 

Sí, pero no de la misma forma. En el caso de que sea el padre, madre o tutor de la víctima la persona que incurra en las conductas sancionadas, se les aplicarán las sanciones de amonestación o apercibimiento a consideración del juez.

De igual forma, cuando la persona autora tuviere para con la víctima una relación laboral, docente, doméstica, médica o cualquier otra que implique una subordinación de la víctima; o se valga de la función pública para cometer el delito, también será castigada con destitución e inhabilitación para desempeñar el cargo hasta por un tiempo igual a la pena impuesta.

¿Cómo se sancionará a profesionales de la salud?

 

Subrayó que las personas profesionales, técnicas, auxiliares de las disciplinas para la salud y relacionadas con las prácticas médicas que realicen, impartan, apliquen, obliguen o financien tratamientos, terapias o cualquier tipo de servicios o prácticas quirúrgicas o de otra índole, con el objeto de obstaculizar, restringir, impedir, menoscabar, anular o suprimir la orientación sexual, identidad o expresión de género de una persona, serán sancionadas de acuerdo con el Código Penal Federal, y suspendidas en el ejercicio profesional, de uno a tres años.

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