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México

Niegan abogados de Genaro García Luna nexos entre el Cártel de Sinaloa y el ex jefe policíaco

Durante una abreviada audiencia preparatoria, el ex secretario de Seguridad Pública de México, Genaro García Luna —vestido con un mono caqui de los presos y una mascarilla en la boca—, ocupó por primera vez el banquillo de los acusados en la Corte Federal de Brooklyn, Nueva York.

El proceso, precidido por el juez Brian Cogan, dio comienzo a las 09:00 horas (GMT-5), en el se estableció, entre otras cosas, postergar la petición de los fiscales de EEUU de un jurado anónimo.

Aunque la acusación de Estados Unidos le describe como cómplice del Cártel de Sinaloa — para lo cual se han recopilado cientos de miles de documentos y grabaciones— , la defensa del ex jefe policíaco, César De Castro ha asegurado que en las miles de prueba que les ha entregado la fiscalía de EEUU, no aparece el nombre de su cliente o alguna conexión con el narcotráfico. Por ello, De Castro solicitó la asistencia del gobierno para clarificar las evidencias.

Fotografía de archivo fechada el 2 de junio de 2011 del exsecretario de Seguridad Pública (SSP) de México, Genaro García Luna (Foto: EFE/ Mario Guzmán)
Fotografía de archivo fechada el 2 de junio de 2011 del exsecretario de Seguridad Pública (SSP) de México, Genaro García Luna (Foto: EFE/ Mario Guzmán)

Se planea que el próximo 3 de mayo, ambas partes se sienten para analizar la información será clasificada como confidencial y a cuál de ella tendrá acceso la defensa de García Luna.

En la audiencia, el zar de la guerra contra el narcotráfico, se limitó a a intercambiar comentarios en voz baja con su abogado.

El pasado 27 de octubre, en una reunión virtual con el juez Brian Cogan y los fiscales encargados de su caso, se fijó una posible fecha para el juicio contra García Luna.

Cogan recomendó como fecha el 24 de octubre de 2022, que podría posponerse hasta enero de 2023 si se necesita mayor preparación.

El secretario de Seguridad Pública está preso en Estados Unidos desde diciembre de 2019. Las autoridades lo detuvieron en Dallas, Texas, y se le acusa de tres cargos de narcotráfico.

Según Estados Unidos, el ex funcionario ayudó al Cártel de Sinaloa en sus operaciones desde el 2001, antes incluso de ser nombrado secretario de Seguridad. A cambió recibió sobornos millonarios.

El caso se encuentra en la Corte de Brooklyn, Nueva York, donde se escuchó por primera vez el nombre de García Luna, durante el juicio del siglo.

En 2018, en el proceso contra Joaquín el Chapo Guzmán, el narcotraficante, Jesús el Rey Zambada aseguró que hizo pagos millonarios a Genaro García Luna.

Zambada, el primer cooperante de la fiscalía en la causa contra Guzmán, explicó ante un jurado en Brooklyn, Nueva York (EEUU) que realizó en concreto dos pagos para garantizar la protección de su hermano mayor, Ismael el Mayo Zambada, fundador y jefe del Cártel de Sinaloa, y evitar así que fuera detenido.

El primer soborno —que se produjo en un restaurante en 2005— ascendía a USD 3 millones. García Luna estaba al mando de la agencia federal de investigaciones. A este siguió otro de entre USD 3 ó 5 millones en 2007 cuando García ya era secretario de Seguridad Pública.

—¿Se reunió con García Luna en un restaurante?, le preguntó entonces el abogado William Purpura.

“Sí”, respondió el Rey Zambada. De acuerdo con el testimonio, el efectivo iba en un maletín y el primero tenía como propósito conseguir que se nombrara como jefe de la policía en Culiacán, Sinaloa, a una persona de confianza del cártel para así “tenerlo en el bolsillo”. El Rey aseveró que se trataba de dinero del Mayo.

Además, indicó que García Luna tenía “un compromiso en firme” con el clan formado por los hermanos Beltrán Leyva. Para garantizar la protección de la organización, añadió, entre 2006 y 2007 juntaron con sus sociosUSD 50 millones que desembolsaron a través de los sicarios Édgar Valdez Villareal, la Barbie, y José Gerardo Álvarez Vázquez, el Indio.

México

¡Fondo de Pensiones para el Bienestar! Requisitos para recibir $16,777 al mes

Tal vez durante los últimos días hayas escuchado muchas opiniones acerca de la creación del Fondo de Pensiones para el Bienestar, cuya aprobación en el Congreso y posteriormente en el Senado, generó mucho «ruido mediático», en especial por la toma de recursos de las Afores inactivas. Más allá de eso, te decimos cómo funciona y los requisitos para ser beneficiario.

De acuerdo a la información oficial, la creación del Fondo de Pensiones para el Bienestar se dio Con la meta de fortalecer la seguridad financiera de los trabajadores mexicanos al jubilarse. Se trata de un fideicomiso público destinado a complementar las pensiones otorgadas por los institutos de seguridad social del país, incluyendo el IMSS, Infonavit e ISSSTE. 

¿Quiénes recibirán dinero del Fondo de Pensiones para el Bienestar?

La iniciativa busca garantizar que las pensiones sean equivalentes al último salario percibido por el trabajador, siempre y cuando este no supere el límite de 16,777.78 pesos al mes.

Para ser elegibles para este complemento, los trabajadores deben retirarse a la edad de 65 años, haber cotizado en el sistema Afore desde julio de 1997 en el caso del IMSS, y desde abril de 2007 en el caso del ISSSTE. Además, la pensión no debe exceder el límite mencionado anteriormente.

Es importante destacar que este tope se determinó en base al salario promedio de cotización en el IMSS en 2023 y se ajustará anualmente según la tasa de inflación.

Asimismo, según lo aprobado, se priorizará a los trabajadores que comenzaron su cotización a partir de julio de 1997 y alcancen los 65 años de edad.

Polémicas sobre el Fondo de Pensiones para el Bienestar:

Una de las medidas más controvertidas, que ha generado rechazo por parte de la oposición, es la decisión de concentrar los recursos de los trabajadores en este fondo. 

Estos fondos provienen de las subcuentas de retiro, cesantía en edad avanzada y vejez de trabajadores del sector privado que no hayan sido reclamados a los 70 años, así como de los recursos cotizados por trabajadores del sector público al ISSSTE que no se hayan requerido a los 75 años.

Con las reformas, las Administradoras de Fondos para el Retiro (Afores) y PENSIONISSSTE están obligadas a realizar transferencias automáticas al Fondo de Pensiones para el Bienestar, sin necesidad de una resolución judicial, una vez que los trabajadores alcancen la edad indicada.

Además, Infonavit y FOVISSSTE deben notificar a los trabajadores un año antes de transferir sus recursos al fondo, a los 70 y 75 años respectivamente.

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