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Tiendas de cannabis generan 150 mdd en su primer año en Nueva York

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Se han vendido casi 4 millones de unidades de productos, siendo los más populares los comestibles, las flores y los cigarrillos ya preparados.

Nueva York.- Los negocios de venta minorista de cannabis en el estado de Nueva York han generado unos 150 millones de dólares en su primer año tras el establecimiento de regulaciones para el sector, que siguieron a la legalización del uso recreativo de la marihuana.

La Oficina de Gestión del Cannabis informó este viernes en un comunicado, con sus proyecciones previas al cierre del ejercicio, que se han vendido casi 4 millones de unidades de productos de cannabis, encabezadas por productos comestibles, flores y cigarrillos ya liados.

La autoridad indicó que espera una recaudación fiscal de unos 16,3 millones de dólares en el ejercicio.

Tras la legalización del uso recreativo del cannabis en 2021, a finales de 2022 abrió la primera tienda legal en Nueva York, pero hoy solo hay unos 40 negocios abiertos en todo el estado, muy por debajo de los 150 previstos entonces por la Oficina.

Esa baja cifra de tiendas legales destaca aún más si se tiene en cuenta que la Oficina ha recibido este año unas 4 mil 300 solicitudes de licencia para abrir dispensarios, de acuerdo con la nota.

Un portavoz de la Oficina dijo a EFE que planean entregar entre 500 y mil 500 nuevas licencias para negocios relacionados con el cannabis en las próximas semanas.

Uno de los problemas del sector es que muchos dispensarios legales no pueden competir con las tiendas ilegales, que pueblan sobre todo la ciudad de Nueva York, llena de turistas, y a menudo son indistinguibles de las operaciones autorizadas.

El estado, como la ciudad, han intentado aplicar mano dura contra los negocios ilegales, a menudo actuando contra los propietarios que alquilan esos espacios, y las fuerzas del orden han incautado productos por valor de 56 millones de dólares, indica la nota.

EFE

Dinero

SAT aplicará ISR a extranjeros del Mundial 2026 en México

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Los jugadores, entrenadores y demás integrantes de las selecciones nacionales que participen en la Copa Mundial de la FIFA 2026 dentro de territorio mexicano deberán pagar impuestos por los ingresos que generen durante el torneo. La obligación aplica a personas extranjeras que ingresen al país para realizar actividades remuneradas, conforme a las reglas fiscales vigentes.

La recaudación estará a cargo del Servicio de Administración Tributaria, a través del pago del Impuesto Sobre la Renta. El sustento legal se encuentra en las disposiciones publicadas el 28 de diciembre de 2025 como parte de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2026, difundida en el Diario Oficial de la Federación.

De acuerdo con la normativa, los futbolistas residentes en el extranjero que jueguen partidos del Mundial en México deberán cumplir con reglas específicas diseñadas para el certamen. El cobro no será general, sino que se limitará a los ingresos vinculados con actividades realizadas en el país y derivados de su participación en la competencia internacional.

El artículo 170 de la Ley del Impuesto sobre la Renta establece que los deportistas residentes en el extranjero que obtengan ingresos por participar en espectáculos deportivos en México están sujetos a una tasa del 25 por ciento de ISR. Este impuesto se aplica únicamente sobre la parte del ingreso que corresponda a los partidos disputados en territorio nacional.

En contraste, los jugadores que residan físicamente en México no tendrán un tratamiento especial. En su caso, deberán pagar el ISR por el 100 por ciento de los ingresos que obtengan por su participación en la Copa del Mundo, conforme a la tarifa vigente.

En términos generales, los seleccionados extranjeros que jueguen el Mundial en México deberán cubrir el ISR por los ingresos generados durante el torneo, tanto por su pago por participar con su selección como por los premios en efectivo que obtengan.

Durante la fase de grupos del Mundial 2026 en México participarán las selecciones de México, Sudáfrica, Corea del Sur, Japón, Túnez, España, Uruguay y Colombia, además del ganador del Repechaje UEFA D y del Repechaje Intercontinental 1. Las disposiciones fiscales aplicarán únicamente a los ingresos vinculados con los encuentros disputados en el país.

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