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Rinden Protesta de Ley juezas al TSJE

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-Esto luego de realizar proceso de sustitución por declinación y renuncia de jueces en Chihuahua.

Las y los integrantes de la 68 Legislatura del Congreso local, aprobaron el dictamen por el que se otorga el nombramiento a dos juezas ante el Tribunal Superior de Justicia del Estado (TSJE), luego de realizar el proceso correspondiente de sustitución por declinación y renuncia de dos jueces del Distrito Judicial Morelos.

Este documento fue presentado por la diputada Edna Xóchitl Contreras de la Comisión de Justicia del Poder Legislativo; ambas juezas electas: Ana Margarita Pérez Cárdenas y Ana Patricia Portillo García, rindieron protesta de Ley ante las y los diputados.

En este sentido, se otorgó la renuncia a María Cristina del Rosario Berjes como Jueza de Control del Distrito Judicial Morelos y llamó a Ana Margarita Pérez Cárdenas para que rindiera protesta ante dicho cargo, mientras que se reconoció la declinación de José Carlos González Reyes como Juez Penal de Primera Instancia del Distrito Judicial Morelos y se llamó a Ana Patricia Portillo García para que rindiera la protesta de Ley correspondiente.

La renuncia y declinación mencionadas, fueron notificadas al Poder Legislativo por parte del Órgano de Administración Judicial del Poder Judicial del Estado de Chihuahua mediante Oficios No. SEOAJ 257/2025 y SEOAJ 340/2025, luego de ser electos en el proceso electoral extraordinario 2024-2025.

Por último, se refirió que el Instituto Estatal Electoral (IEE) notificó que el orden de prelación de la votación del proceso electoral extraordinario del 2024-2025, de las personas que obtuvieron las mayores votaciones con independencia de género.

Cabe mencionar que cada una de las juezas, habrán de desempeñarse por el periodo que resta del encargo sustituido en el Poder Judicial del Estado de Chihuahua.

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Reforma Congreso el Código Penal para agregar un agravante al delito de abuso sexual

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El Congreso del Estado reformó el Código Penal del Estado de Chihuahua, para considerar como agravante del delito de abuso sexual, la comisión del mismo por personas en el desempeño de su profesión u oficio; esto luego del análisis de la propuesta del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.

La diputada Irlanda Márquez Nolasco en representación de la Comisión de Justicia, encargada de la dictaminación de la iniciativa, dijo que si bien es cierto, el Código Penal del Estado prevé una serie de agravantes para los delitos de abuso sexual y violación, aún no se contempla la conducta en estos tipos penales cuando sea desplegada por una persona al momento de estar ejerciendo su profesión u oficio aprovechándose de su calidad de prestador de servicios.

De ahí que dicha reforma adiciona al artículo175, la fracción VIII; del Código Penal del Estado de Chihuahua, para quedar redactada de la siguiente forma:

Artículo 175. Las penas previstas para la violación y el abuso sexual, se aumentarán en dos terceras partes, cuando fueren cometidos: I a la VII….

VIII. Por quien, desempeñando una profesión u oficio, se valiere de los medios o circunstancias que ellos les proporcionen.

En ese sentido, dijo, que la violencia contra las mujeres es una expresión que trasciende a los sectores sociales y es considerada como aquellas que atentan contra la dignidad humana, y si, además, las mujeres sufren violencia sexual, el grado de afectación a la dignidad es mayúsculo, porque la violación sexual constituye una forma paradigmática de violencia contra las mujeres cuyas consecuencias, trascienden a la persona de la víctima y cuyo daño puede ser de difícil reparación.

Por ello, se considera que la vulneración a la libertad sexual de las personas en la vertiente de violación o abuso sexual, está catalogada como una conducta típica que penalmente se sanciona con penas privativas de libertad, en virtud de las consecuencias que genera a las víctimas, también se considera que más del 80% de los delitos cometidos en contra de las mujeres en México, están relacionados con este tipo de violencia sexual (Violación y Abuso Sexual) , es decir, todas estas mujeres están siendo vulneradas en su libertad sexual, dignidad humana y las consecuencias trascienden a la propia víctima.

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