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México

Abren debate en torno a la Ley de Seguridad Interior

Con el fin de continuar el diálogo con la sociedad civil y atendiendo el exhorto del presidente Enrique Peña Nieto de oír “todas las voces” en torno a la Ley de Seguridad Interior, la presidencia de la Comisión de Gobernación del Senado anunció que se pospuso la reunión de las comisiones unidas convocada para mañana lunes.

Las comisiones de Defensa Nacional, de Marina y de Estudios Legislativos Segunda, junto con la de Gobernación, que preside la senadora Cristina Díaz Salazar, votarían mañana el dictamen de esta ley que fue aprobada por diputados.

“Consideramos necesario que este espacio de análisis, previo a la deliberación legislativa, continúe para escuchar las diversas voces y contar con una ley de amplio consenso, que sea presentada al pleno para su discusión y aprobación, en lo que resta del periodo de sesiones”, indica un comunicado difundido ayer a nombre de Cristina Díaz.

El 14 de diciembre será la última sesión del pleno del Senado, que tiene previstas tres sesiones del martes al jueves, día en que se clausura el periodo ordinario de sesiones. Si los senadores hicieran cambios al proyecto de decreto sería devuelto a la Cámara de Diputados.

Piden frenar la ley

Respaldado por Emilio Álvarez Icaza y el senador Alejandro Encinas, el tres veces candidato a la Presidencia Cuauhtémoc Cárdenas exigió frenar la iniciativa de Ley de Seguridad Interior, pues advirtió que las autoridades militares podrían tomar decisiones políticas y el rumbo del país.

Al inaugurar el encuentro nacional “Recuperar nuestro territorio”, de la asociación Por México Hoy, el ingeniero Cárdenas se pronunció contra la iniciativa.

“Un paso indispensable para garantizar la integridad del territorio y la no fractura de la población es frenar e impedir la aprobación de la iniciativa de Ley de Seguridad Interior. No podemos permitir que sea la autoridad militar la que se imponga sobre la autoridad civil y tome las decisiones políticas y los rumbos, que al final pueda tomar nuestro país en su desarrollo”, expresó el político.— Proceso y Excélsior

El exombudsman internacional, Emilio Álvarez Icaza, coincidió en impedir la Ley de Seguridad Interior. “No puede avanzar la política de militarización del país, que es así, la militarización del territorio. Esta ley hace permanente la presencia de los militares en el territorio y pone en riesgo a los defensores y defensoras del mismo territorio”, expuso.

El senador independiente Alejandro Encinas advirtió que con la Ley de Seguridad Interior se “pretende entregar el control político y el territorio a las fuerzas armadas”.

México

Senado prohíbe definitivamente las terapias de conversión en México

El pleno Senado de la República aprobó las reformas al Código Penal y a la Ley General de Salud para prohibir y sancionar de forma definitiva y a nivel nacional los Esfuerzos para Corregir la Orientación Sexual e Identidad de Género (ECOSIG), también conocidas como terapias de conversión, las cuales han sido consideradas por organismos internacionales como un acto de tortura en contra de la comunidad LGBTQ+, ya que consisten en someter a las víctimas a abusos sexuales, electrochoques y hasta supuestos exorcismos, para que se se identifiquen como personas cisgénero heterosexuales.

Los senadores aprobaron prohibir los ECOSIG en México con 77 votos a favor, cuatro en contra y 15 abstenciones durante una sesión que duró casi 12 horas, a un mes de que fue aprobada en la Cámara de Diputados y a seis años de que se presentó la iniciativa.

“Para prohibir y sancionar las llamadas terapias de conversión, conocidas como ECOSIG, se aprueba reformar, con 77 votos a favor, cuatro en contra y 15 abstenciones, el Código Penal Federal y la Ley General de Salud.

“Los ECOSIG son prácticas que han incentivado la violación de los derechos humanos de la comunidad LGBTTTIQ+.”, escribió en redes sociales el Senado.

Tras la aprobación de las reformas, el Senado envió el documento al Ejecutivo Federal para que se realice el trámite correspondiente y se publiquen en el Diario Oficial de la Federación.

¿Cómo se sancionarán las terapias de conversión en México?

De acuerdo con el Senado, quien realice las denominadas terapias de conversión o ECOSIG podrá ser sancionado con dos a seis años de prisión y una multa de mil a dos mil veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización (UMA), que actualmente sería una suma de entre 108 mil y 216 mil pesos.

Las reformas que adicionan un artículo 209 Quintus al Código Penal Federal y un artículo 465 Ter a la Ley General de Salud precisan que dichas sanciones se impondrán a quien realice, imparta, aplique, obligue o financie cualquier tipo de tratamiento, terapia, servicio o práctica que obstaculice, restrinja, impida, menoscabe, anule o suprima la orientación sexual, identidad o expresión de género de una persona.

No obstante, la sanción aumentará al doble cuando las conductas tipificadas se realicen en contra de personas menores de 18 años, adultos mayores o personas con alguna discapacidad.

En el proyecto de decreto se establece que bastará la presentación de una denuncia para iniciar la investigación de los hechos que revistan las características del delito al que este precepto se refiere.

¿Los padres de familia podrán ser sancionados?

 

Sí, pero no de la misma forma. En el caso de que sea el padre, madre o tutor de la víctima la persona que incurra en las conductas sancionadas, se les aplicarán las sanciones de amonestación o apercibimiento a consideración del juez.

De igual forma, cuando la persona autora tuviere para con la víctima una relación laboral, docente, doméstica, médica o cualquier otra que implique una subordinación de la víctima; o se valga de la función pública para cometer el delito, también será castigada con destitución e inhabilitación para desempeñar el cargo hasta por un tiempo igual a la pena impuesta.

¿Cómo se sancionará a profesionales de la salud?

 

Subrayó que las personas profesionales, técnicas, auxiliares de las disciplinas para la salud y relacionadas con las prácticas médicas que realicen, impartan, apliquen, obliguen o financien tratamientos, terapias o cualquier tipo de servicios o prácticas quirúrgicas o de otra índole, con el objeto de obstaculizar, restringir, impedir, menoscabar, anular o suprimir la orientación sexual, identidad o expresión de género de una persona, serán sancionadas de acuerdo con el Código Penal Federal, y suspendidas en el ejercicio profesional, de uno a tres años.

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