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Absuelven a 2 hombres del delito de violación porque la mujer no era “nada femenina”

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Demasiado masculina y poco atractiva, en referencia a la víctima, fueron algunos de los argumentos utilizados por tres magistradas italianas para absolver del delito de violación a dos hombres que habían sido condenados en primera instancia a cinco y tres años de cárcel respectivamente, según recoge La Repubblica.

Estas tres jueces sostenían de esa forma que la joven hubiera sido violada, sino que era más probable que se hubiera inventado la agresión. En las motivaciones de este fallo, el Tribunal afirma que al acusado ni siquiera le gustaba la joven, lo cual en su opinión se vería confirmado por el hecho de que este había grabado el número de teléfono de la mujer con el nombre de ‘Vikingo’ en referencia a su aspecto masculino. Una percepción que “la fotografía en el archivo de prueba parece confirmar”, añadieron las magistradas al adjuntar la imagen de la víctima.

Este veredicto fue recurrido por el fiscal general, y el Tribunal Supremo italiano ha ordenado que el proceso de apelación vuelva a desarrollarse. Mientras tanto, el fallo ha causado polémica en la sociedad italiana.

Los hechos se remontan a marzo de 2015, cuando una joven de 22 años de origen peruano se presentó acompañada de su madre en un hospital donde afirmó haber sido violada unos días antes. Los médicos encontraron lesiones compatibles con una agresión sexual y una alta cantidad de benzodiazepinas ?medicamento psicotrópico con efectos sedantes, hipnóticos, amnésicos y miorrelajantes? que la víctima no recordaba haber tomado.

La mujer, que asistía a la escuela nocturna, decidió tomarse unas cervezas una noche junto a un par de compañeros de clase. Lo que sucedió después fue para los dos hombres una relación sexual consentida, mientras que la joven afirma que fue violada por uno de los hombres mientras el otro vigilaba.

La Justicia italiana en primera instancia condenó a los dos varones y dictaminó cinco años de cárcel para el violador y tres para su cómplice.

Los condenados apelaron la sentencia, y el nuevo fallo en segunda instancia de noviembre de 2017, conocido ahora y firmado por las tres jueces, les absuelve argumentando, entre otras cuestiones, que la víctima no era atractiva y que tenía “una personalidad para nada femenina y más bien masculina”.

La Corte de Casación ha anulado este último veredicto y ha ordenado que el caso vuelva a ser conocido por el Tribunal de Apelaciones.

Fuente: RT

Nota Principal

Ordenan indemnización millonaria por accidente aéreo en Cuba que dejó 112 muertos

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Un juez mexicano ordenó el pago de indemnizaciones tras el accidente aéreo ocurrido en 2018 en Cuba, donde murieron 112 personas, al determinar que el siniestro estuvo relacionado con fallas en el mantenimiento de la aeronave.

De acuerdo con documentos judiciales fechados el 31 de marzo y consultados por The Washington Post a través de la Agencia AP, un peritaje independiente concluyó que el hecho fue un “accidente institucional” derivado de negligencia sistemática en los trabajos de mantenimiento, señalando que el avión no debió despegar.

Con base en estos hallazgos, el juez resolvió que la empresa Aerolíneas Damojh, que operaba bajo el nombre comercial Global Air, deberá pagar 1.5 millones de dólares a cada una de las familias de los cuatro tripulantes mexicanos que promovieron la demanda inicial. La aerolínea no se presentó al juicio, por lo que fue sentenciada en ausencia.

El accidente involucró un Boeing 737 que se desplomó en un campo agrícola poco después de despegar del Aeropuerto Internacional José Martí. De las 113 personas a bordo, solo una mujer sobrevivió, mientras que la mayoría de las víctimas eran de nacionalidad cubana.

El informe pericial citado establece que los pilotos fueron la última línea de defensa, sin lograr evitar el impacto. Asimismo, señala que la causa principal fue la falta de mantenimiento adecuado por parte de la empresa propietaria.

El abogado de los demandantes, Samuel González, afirmó que desde el primer día en La Habana, el jefe de mantenimiento de la compañía reconoció ante los familiares que la aeronave no debía estar en operación.

La sentencia también identificó omisiones en los protocolos y deficiencias en la supervisión, factores que derivaron en el accidente y en la apertura de procesos legales por homicidio y demandas colectivas.

Mientras en Cuba las autoridades atribuyeron el hecho a error humano, en México se suspendió temporalmente a la empresa y se inició una investigación, sin que hasta el momento se haya informado su avance.

El litigio continúa, ya que se mantiene una demanda civil colectiva en representación de las víctimas, además de una denuncia penal ante la Fiscalía General de la República. Según la defensa, la investigación enfrenta obstáculos debido a la falta de información por parte de autoridades cubanas.

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