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«Absurdo y mal intencionado»: Camacho sobre spot del PAN

Después de que el Instituto Nacional Electoral (INE) retirara el spot del PAN que mostraba los costosos relojes del líder nacional del PRI, César Camacho, ambos partidos dieron a conocer su postura ante esta situación.

Después de que el Instituto Nacional Electoral (INE) retirara el spot del PAN que mostraba los costosos relojes del líder nacional del PRI, César Camacho, ambos partidos dieron a conocer su postura ante esta situación.

En entrevista con Jorge Berry en Grupo Imagen, Gustavo Madero, presidente nacional del PAN, mencionó que este no es el primer ni último promocional que quita la institución al partido político, pero que le parece que la determinación fue un exceso.

“El propio Camacho habló sobre su colección de relojes. Fueron dos votos a uno. Fue una comisión no el Consejo General; se tomó la decisión de forma precipitada”, dijo.

Respecto al tono en el que se aborda el contenido donde se muestra a un ciudadano expresándose en contra de la compra de relojes con un costo mayor al millón de pesos por parte del político priista, Madero explicó que son temas que le interesan a la población porque los afecta directamente.

“Es lo que la gente está pidiendo, que se hablen de los temas que más le ofende y preocupan como la corrupción y la inseguridad. Los hablan con la familia, en el trabajo, con sus amigos. Ellos quieren escuchar las propuestas que los partidos políticos les ofrecen. El ciudadano también quiere ver lo negativo. Censurar no es función del INE, quien debe permitir las críticas para que tome la mejor decisión a la hora de votar”.

Sobre los ataques del PRI hacia su partido, aseguró que copiaron sus ideas de los spots, pero que los priistas muestran el pago de panistas a sexoservidoras con dinero público y el supuesto uso de pornografía infantil por parte de uno de los miembros de su bancada. “Es una doble moral: se quejan de que los acusen pero hacen lo mismo”.

Para sustituir el promocional de los relojes, el blaquiazul realizó uno con base en el viaje de doscientas personas a Londres para acompañar al presidente Enrique Peña Nieto.

En el mismo espacio informativo, César Camacho declaró que estaba en su derecho de impugnar el spot porque puede ejercer la libertad de expresión a plenitud. “Si se trata de calumniar, nos parece que no es lo correcto. Lo mismo le pareció a la Comisión de Quejas y por eso lo quitó”.

Acerca de los relojes, explicó que era cierto que los tenía pero que ese no era el precio real de los objetos y que el PAN creó un vínculo entre los objetos costosos, la corrupción y el enriquecimiento ilícito.

“Me parece absurdo, gratuito, calumnioso y mal intencionado. Sin embargo, las cosas en la política suelen ser duras, nos llevamos pesado y hay que aguantarse que digan cosas de ti. Si tienen que ver con el tipo de decisiones que tomo en el ámbito público, enhorabuena, si tengo conductas privadas que impactan en lo público, no tengo ningún empacho en que sea un toma y daca que puede ser duro. Nosotros hemos hecho señalamientos con la diferencia que tenemos pruebas que los acreditan”, aseguró en referencia a los contenidos informativos hechos en contra del PAN, donde dan a conocer supuestos actos de corrupción que involucran a prostitutas.

Cuando se le cuestionó sobre si el INE decide regresar el promocional donde lo señalan por tener relojes tan caros, el priista  dijo que lo aceptará porque no tiene opción.

“Yo quiero ser congruente. No podemos ser demócratas selectivos. Ellos (PAN) impugnarán y si el tribunal les da la razón, se reinstalará y se acabó. Nosotros estamos planteando unos spots que saldrán el viernes y a ver si dicen que hay que proteger la libertad de expresión tal cual”, dijo.

En referencia a este tema, los senadores Roberto Gil Zuarth (PAN) y Armando Ríos Piter (PRD), dieron a conocer su postura. En entrevista con Magda González para MILENIO Televisión, el legislador panista se pronunció en contra de la decisión del INE, ya que lo considera parte del debate público.

“El PAN mostró que la diferencia de votar por el PRI es que ese tipo de ofensas y actos no le hacen bien a la sociedad ni a quienes realizamos política profesional. Están en su derecho de impugnar pero no están dispuestos a enfrentar un debate riguroso”, dijo.

Por su parte, Ríos Piter expresó su total aprobación al contenido mostrado por el PAN como ejemplo de lo que será el Sistema Nacional Anticorrupción. “Los que ya representamos a partidos políticos tomamos esos casos para analizar cómo se castigarán o prevendrán estas acciones (haciendo referencia a la compra de los relojes) y para evitar que se convierta en un modelo que deje igual de insatisfechos a ciudadanos”.

Fuente: Milenio

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México

Senado prohíbe definitivamente las terapias de conversión en México

El pleno Senado de la República aprobó las reformas al Código Penal y a la Ley General de Salud para prohibir y sancionar de forma definitiva y a nivel nacional los Esfuerzos para Corregir la Orientación Sexual e Identidad de Género (ECOSIG), también conocidas como terapias de conversión, las cuales han sido consideradas por organismos internacionales como un acto de tortura en contra de la comunidad LGBTQ+, ya que consisten en someter a las víctimas a abusos sexuales, electrochoques y hasta supuestos exorcismos, para que se se identifiquen como personas cisgénero heterosexuales.

Los senadores aprobaron prohibir los ECOSIG en México con 77 votos a favor, cuatro en contra y 15 abstenciones durante una sesión que duró casi 12 horas, a un mes de que fue aprobada en la Cámara de Diputados y a seis años de que se presentó la iniciativa.

“Para prohibir y sancionar las llamadas terapias de conversión, conocidas como ECOSIG, se aprueba reformar, con 77 votos a favor, cuatro en contra y 15 abstenciones, el Código Penal Federal y la Ley General de Salud.

“Los ECOSIG son prácticas que han incentivado la violación de los derechos humanos de la comunidad LGBTTTIQ+.”, escribió en redes sociales el Senado.

Tras la aprobación de las reformas, el Senado envió el documento al Ejecutivo Federal para que se realice el trámite correspondiente y se publiquen en el Diario Oficial de la Federación.

¿Cómo se sancionarán las terapias de conversión en México?

De acuerdo con el Senado, quien realice las denominadas terapias de conversión o ECOSIG podrá ser sancionado con dos a seis años de prisión y una multa de mil a dos mil veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización (UMA), que actualmente sería una suma de entre 108 mil y 216 mil pesos.

Las reformas que adicionan un artículo 209 Quintus al Código Penal Federal y un artículo 465 Ter a la Ley General de Salud precisan que dichas sanciones se impondrán a quien realice, imparta, aplique, obligue o financie cualquier tipo de tratamiento, terapia, servicio o práctica que obstaculice, restrinja, impida, menoscabe, anule o suprima la orientación sexual, identidad o expresión de género de una persona.

No obstante, la sanción aumentará al doble cuando las conductas tipificadas se realicen en contra de personas menores de 18 años, adultos mayores o personas con alguna discapacidad.

En el proyecto de decreto se establece que bastará la presentación de una denuncia para iniciar la investigación de los hechos que revistan las características del delito al que este precepto se refiere.

¿Los padres de familia podrán ser sancionados?

 

Sí, pero no de la misma forma. En el caso de que sea el padre, madre o tutor de la víctima la persona que incurra en las conductas sancionadas, se les aplicarán las sanciones de amonestación o apercibimiento a consideración del juez.

De igual forma, cuando la persona autora tuviere para con la víctima una relación laboral, docente, doméstica, médica o cualquier otra que implique una subordinación de la víctima; o se valga de la función pública para cometer el delito, también será castigada con destitución e inhabilitación para desempeñar el cargo hasta por un tiempo igual a la pena impuesta.

¿Cómo se sancionará a profesionales de la salud?

 

Subrayó que las personas profesionales, técnicas, auxiliares de las disciplinas para la salud y relacionadas con las prácticas médicas que realicen, impartan, apliquen, obliguen o financien tratamientos, terapias o cualquier tipo de servicios o prácticas quirúrgicas o de otra índole, con el objeto de obstaculizar, restringir, impedir, menoscabar, anular o suprimir la orientación sexual, identidad o expresión de género de una persona, serán sancionadas de acuerdo con el Código Penal Federal, y suspendidas en el ejercicio profesional, de uno a tres años.

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