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México

Activan operativos en NL por frío extremo

Protección de Civil Nuevo León informó que mantiene un operativo, en coordinación con cuerpos de auxilio, para apoyar a las personas que lo necesiten ante la presencia de bajas temperaturas de hasta 4 grados bajos cero en la entidad.

Resaltó que actualmente permanecen habilitados 182 albergues, con una capacidad de 37 mil 252 personas, que administran los 51 DIF municipales y que abrirán con base en las indicaciones de las autoridades estatales.
Miguel Perales, subdirector operativo de Protección Civil Nuevo León, expresó que durante las últimas horas se han realizado diferentes operativos en el área metropolitana y en carreteras para apoyar a la ciudadanía en el estado.

Señaló que por ser temporada de vacaciones, el flujo de automovilistas se incrementa en carreteras, por lo que realizaron recorridos sobre la carretera libre Monterrey-Saltillo para informar sobre las condiciones de manejo ante la presencia de bancos de niebla.

El funcionario exhortó a los conductores a extremar precauciones al conducir con luces encendidas y velocidad moderada.

Refirió que el sistema frontal número 20 que ingresó al Estado el pasado 31 de diciembre de 2017, ha provocado el descenso de temperatura, la cual esta mañana se ubicaba en tres grados bajo cero.
Perales advirtió que se espera que algunas vialidades del estado como los son las carreteras Monterrey-Saltillo y Monterrey-Laredo puedan presentar congelamiento, por lo que podrían quedar cerradas temporalmente.

Alertó que la temperatura esperada, según reportes oficiales, alcanzaría niveles de hasta los 4 grados centígrados bajo cero en algunas partes de la región.

Igualmente, recomendó a la ciudadanía poner atención ante el descenso de temperatura, principalmente en niños, adultos mayores y personas con enfermedades crónicas, quienes son los más propensos a enfermedades respiratorias.
También, indicó, se tiene activado el «operativo carrusel» en calles de la zona metropolitana para atender a las personas en situación de calle y trasladarlas a albergues temporales.

Para brindar resguardo, alimento y atención médica en la contingencia, el DIF Nuevo León tiene en operación tres albergues con atención médica, espacios para aseo personal, alimento y camas para pasar la noche.

México

Senado prohíbe definitivamente las terapias de conversión en México

El pleno Senado de la República aprobó las reformas al Código Penal y a la Ley General de Salud para prohibir y sancionar de forma definitiva y a nivel nacional los Esfuerzos para Corregir la Orientación Sexual e Identidad de Género (ECOSIG), también conocidas como terapias de conversión, las cuales han sido consideradas por organismos internacionales como un acto de tortura en contra de la comunidad LGBTQ+, ya que consisten en someter a las víctimas a abusos sexuales, electrochoques y hasta supuestos exorcismos, para que se se identifiquen como personas cisgénero heterosexuales.

Los senadores aprobaron prohibir los ECOSIG en México con 77 votos a favor, cuatro en contra y 15 abstenciones durante una sesión que duró casi 12 horas, a un mes de que fue aprobada en la Cámara de Diputados y a seis años de que se presentó la iniciativa.

“Para prohibir y sancionar las llamadas terapias de conversión, conocidas como ECOSIG, se aprueba reformar, con 77 votos a favor, cuatro en contra y 15 abstenciones, el Código Penal Federal y la Ley General de Salud.

“Los ECOSIG son prácticas que han incentivado la violación de los derechos humanos de la comunidad LGBTTTIQ+.”, escribió en redes sociales el Senado.

Tras la aprobación de las reformas, el Senado envió el documento al Ejecutivo Federal para que se realice el trámite correspondiente y se publiquen en el Diario Oficial de la Federación.

¿Cómo se sancionarán las terapias de conversión en México?

De acuerdo con el Senado, quien realice las denominadas terapias de conversión o ECOSIG podrá ser sancionado con dos a seis años de prisión y una multa de mil a dos mil veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización (UMA), que actualmente sería una suma de entre 108 mil y 216 mil pesos.

Las reformas que adicionan un artículo 209 Quintus al Código Penal Federal y un artículo 465 Ter a la Ley General de Salud precisan que dichas sanciones se impondrán a quien realice, imparta, aplique, obligue o financie cualquier tipo de tratamiento, terapia, servicio o práctica que obstaculice, restrinja, impida, menoscabe, anule o suprima la orientación sexual, identidad o expresión de género de una persona.

No obstante, la sanción aumentará al doble cuando las conductas tipificadas se realicen en contra de personas menores de 18 años, adultos mayores o personas con alguna discapacidad.

En el proyecto de decreto se establece que bastará la presentación de una denuncia para iniciar la investigación de los hechos que revistan las características del delito al que este precepto se refiere.

¿Los padres de familia podrán ser sancionados?

 

Sí, pero no de la misma forma. En el caso de que sea el padre, madre o tutor de la víctima la persona que incurra en las conductas sancionadas, se les aplicarán las sanciones de amonestación o apercibimiento a consideración del juez.

De igual forma, cuando la persona autora tuviere para con la víctima una relación laboral, docente, doméstica, médica o cualquier otra que implique una subordinación de la víctima; o se valga de la función pública para cometer el delito, también será castigada con destitución e inhabilitación para desempeñar el cargo hasta por un tiempo igual a la pena impuesta.

¿Cómo se sancionará a profesionales de la salud?

 

Subrayó que las personas profesionales, técnicas, auxiliares de las disciplinas para la salud y relacionadas con las prácticas médicas que realicen, impartan, apliquen, obliguen o financien tratamientos, terapias o cualquier tipo de servicios o prácticas quirúrgicas o de otra índole, con el objeto de obstaculizar, restringir, impedir, menoscabar, anular o suprimir la orientación sexual, identidad o expresión de género de una persona, serán sancionadas de acuerdo con el Código Penal Federal, y suspendidas en el ejercicio profesional, de uno a tres años.

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