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México

Alertan por lluvias torrenciales en todo el país debido a 3 meteoros

Debido a la confluencia de tres fenómenos meteorológicos, se esperan lluvias torrenciales, intensas y fuertes en la mayor parte del país para las próximas horas.

Actualmente, tenemos tres sistemas activos que están interactuando entre sí y que generan una amplia circulación dentro de la tormenta tropical ‘Lidia’.

Los otros dos sistemas son la onda tropical número 31 y una zona de inestabilidad en el Golfo de México, lo que está provocando gran cantidad de lluvia en la mayor parte del territorio mexicano”, detalló el director de la Comisión Nacional del Agua (Conagua), Roberto Ramírez.

De acuerdo a los pronósticos para las próximas 72 horas, se prevén tormentas torrenciales mayores a 150 litros por metro cuadrado en Baja California, Baja California Sur, Colima, Jalisco, Michoacán, Nayarit, Oaxaca y Sinaloa;

Intensas lluvias de 75 a 150 litros por metro cuadrado en Aguascalientes, Edomex, Guerrero, Guanajuato, Durango, Puebla, Sonora, Veracruz y Zacatecas;

Y muy fuertes en la Ciudad de México, Chihuahua, Hidalgo, Querétaro y Tlaxcala con precipitaciones de 50 a 75 litros por metro cuadrado

Es importante señalar que en los estados de Baja California Sur, Colima y Jalisco se pronostican precipitaciones acumuladas, durante todo el evento, superiores a los 300 milímetros de agua, es decir, 300 litros por metro cuadrado, casi el doble de la lluvia promedio anual en Baja California Sur”, detalló el funcionario.

El director de la Conagua especificó que “Lidia” es el cuarto fenómeno ciclónico que impactará de forma directa el territorio nacional.

Se prevé que aumente la magnitud de sus vientos a, aproximadamente, 100 kilómetros por hora y oleaje de entre 6 y 8 metros, en las costas de Baja California Sur y de Sinaloa”, dijo en una conferencia de prensa.

«Lidia» se caracteriza por tener bandas nubosas de gran escala que abarcan los estados de la costa del Pacífico y del centro de la República.

México

Senado prohíbe definitivamente las terapias de conversión en México

El pleno Senado de la República aprobó las reformas al Código Penal y a la Ley General de Salud para prohibir y sancionar de forma definitiva y a nivel nacional los Esfuerzos para Corregir la Orientación Sexual e Identidad de Género (ECOSIG), también conocidas como terapias de conversión, las cuales han sido consideradas por organismos internacionales como un acto de tortura en contra de la comunidad LGBTQ+, ya que consisten en someter a las víctimas a abusos sexuales, electrochoques y hasta supuestos exorcismos, para que se se identifiquen como personas cisgénero heterosexuales.

Los senadores aprobaron prohibir los ECOSIG en México con 77 votos a favor, cuatro en contra y 15 abstenciones durante una sesión que duró casi 12 horas, a un mes de que fue aprobada en la Cámara de Diputados y a seis años de que se presentó la iniciativa.

“Para prohibir y sancionar las llamadas terapias de conversión, conocidas como ECOSIG, se aprueba reformar, con 77 votos a favor, cuatro en contra y 15 abstenciones, el Código Penal Federal y la Ley General de Salud.

“Los ECOSIG son prácticas que han incentivado la violación de los derechos humanos de la comunidad LGBTTTIQ+.”, escribió en redes sociales el Senado.

Tras la aprobación de las reformas, el Senado envió el documento al Ejecutivo Federal para que se realice el trámite correspondiente y se publiquen en el Diario Oficial de la Federación.

¿Cómo se sancionarán las terapias de conversión en México?

De acuerdo con el Senado, quien realice las denominadas terapias de conversión o ECOSIG podrá ser sancionado con dos a seis años de prisión y una multa de mil a dos mil veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización (UMA), que actualmente sería una suma de entre 108 mil y 216 mil pesos.

Las reformas que adicionan un artículo 209 Quintus al Código Penal Federal y un artículo 465 Ter a la Ley General de Salud precisan que dichas sanciones se impondrán a quien realice, imparta, aplique, obligue o financie cualquier tipo de tratamiento, terapia, servicio o práctica que obstaculice, restrinja, impida, menoscabe, anule o suprima la orientación sexual, identidad o expresión de género de una persona.

No obstante, la sanción aumentará al doble cuando las conductas tipificadas se realicen en contra de personas menores de 18 años, adultos mayores o personas con alguna discapacidad.

En el proyecto de decreto se establece que bastará la presentación de una denuncia para iniciar la investigación de los hechos que revistan las características del delito al que este precepto se refiere.

¿Los padres de familia podrán ser sancionados?

 

Sí, pero no de la misma forma. En el caso de que sea el padre, madre o tutor de la víctima la persona que incurra en las conductas sancionadas, se les aplicarán las sanciones de amonestación o apercibimiento a consideración del juez.

De igual forma, cuando la persona autora tuviere para con la víctima una relación laboral, docente, doméstica, médica o cualquier otra que implique una subordinación de la víctima; o se valga de la función pública para cometer el delito, también será castigada con destitución e inhabilitación para desempeñar el cargo hasta por un tiempo igual a la pena impuesta.

¿Cómo se sancionará a profesionales de la salud?

 

Subrayó que las personas profesionales, técnicas, auxiliares de las disciplinas para la salud y relacionadas con las prácticas médicas que realicen, impartan, apliquen, obliguen o financien tratamientos, terapias o cualquier tipo de servicios o prácticas quirúrgicas o de otra índole, con el objeto de obstaculizar, restringir, impedir, menoscabar, anular o suprimir la orientación sexual, identidad o expresión de género de una persona, serán sancionadas de acuerdo con el Código Penal Federal, y suspendidas en el ejercicio profesional, de uno a tres años.

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