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México

AMLO llama “metiche” a Ted Cruz y pide a estadounidenses no confiar en él

El presidente Andrés Manuel López Obrador calificó como “metiche” al senador del partido Republicano de Estados Unidos, Ted Cruz, y llamó a los ciudadanos del vecino país a no apoyarlo en sus aspiraciones electorales por ser un político que “auspicia la discordia”.

“Que lo tomen en cuenta por si este señor (Ted Cruz), quiere seguir siendo senador, gobernador o presidente, pues no estén pensando en una persona así. Claro que somos libres, pero imagínense, un candidato de cualquier país que se mete en la vida interna de otra nación”, expresó.

En la conferencia mañanera, el mandatario se refirió nuevamente a la actitud del senador estadunidense Ted Cruz por intervenir en los asuntos de la vida política de México

“Imagínense ¿por qué se mete? porque es amigo de Alejandro Junco de la Vega Elizondo, dueño del Grupo Reforma. ¿Qué tiene que meterse? Yo le diría a los estadunidenses que son nuestros amigos, y muchos amigos estadunidense de origen mexicano que consideren a ese señor como un metiche que está auspiciando la discordia”, dijo

Y agregó: “Entonces, a mis amigos estadunidenses y a nuestros paisanos, que no le tengan confianza a ese señor Ted Cruz porque es chueco, así de claro”, sentenció.

La semana pasada, durante su gira en el estado de Chihuahua, el presidente López Obrador calificó como “natural” la postura del senador de Estados Unidos Ted Cruz y dijo que es un orgullo escuchar las expresiones en contra de su gobierno porque esto significa que “no está haciendo las cosas mal”.

“Ahora que es un momento de transformación, porque la verdad es un timbre de orgullo que un senador se lance en contra del gobierno que represento, me llena de orgullo por lo que él representa y representamos, si él me alabara, si hablara bien de mí, a lo mejor me pondría yo a pensar de que no estamos haciendo bien las cosas, pero si él dice que estamos mal pues la verdad, si me produce orgullo y es normal en un proceso democrático que existan estas expresiones”, indicó el viernes 18.

Ahora, el mandatario mexicano fue más directo en su postura contra el senador del partido Republicano, Ted Cruz, al llamarlo metiche y convocar a los estadunidenses a no apoyarlo en sus aspiraciones electorales por auspiciar la discordia.

México

Senado prohíbe definitivamente las terapias de conversión en México

El pleno Senado de la República aprobó las reformas al Código Penal y a la Ley General de Salud para prohibir y sancionar de forma definitiva y a nivel nacional los Esfuerzos para Corregir la Orientación Sexual e Identidad de Género (ECOSIG), también conocidas como terapias de conversión, las cuales han sido consideradas por organismos internacionales como un acto de tortura en contra de la comunidad LGBTQ+, ya que consisten en someter a las víctimas a abusos sexuales, electrochoques y hasta supuestos exorcismos, para que se se identifiquen como personas cisgénero heterosexuales.

Los senadores aprobaron prohibir los ECOSIG en México con 77 votos a favor, cuatro en contra y 15 abstenciones durante una sesión que duró casi 12 horas, a un mes de que fue aprobada en la Cámara de Diputados y a seis años de que se presentó la iniciativa.

“Para prohibir y sancionar las llamadas terapias de conversión, conocidas como ECOSIG, se aprueba reformar, con 77 votos a favor, cuatro en contra y 15 abstenciones, el Código Penal Federal y la Ley General de Salud.

“Los ECOSIG son prácticas que han incentivado la violación de los derechos humanos de la comunidad LGBTTTIQ+.”, escribió en redes sociales el Senado.

Tras la aprobación de las reformas, el Senado envió el documento al Ejecutivo Federal para que se realice el trámite correspondiente y se publiquen en el Diario Oficial de la Federación.

¿Cómo se sancionarán las terapias de conversión en México?

De acuerdo con el Senado, quien realice las denominadas terapias de conversión o ECOSIG podrá ser sancionado con dos a seis años de prisión y una multa de mil a dos mil veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización (UMA), que actualmente sería una suma de entre 108 mil y 216 mil pesos.

Las reformas que adicionan un artículo 209 Quintus al Código Penal Federal y un artículo 465 Ter a la Ley General de Salud precisan que dichas sanciones se impondrán a quien realice, imparta, aplique, obligue o financie cualquier tipo de tratamiento, terapia, servicio o práctica que obstaculice, restrinja, impida, menoscabe, anule o suprima la orientación sexual, identidad o expresión de género de una persona.

No obstante, la sanción aumentará al doble cuando las conductas tipificadas se realicen en contra de personas menores de 18 años, adultos mayores o personas con alguna discapacidad.

En el proyecto de decreto se establece que bastará la presentación de una denuncia para iniciar la investigación de los hechos que revistan las características del delito al que este precepto se refiere.

¿Los padres de familia podrán ser sancionados?

 

Sí, pero no de la misma forma. En el caso de que sea el padre, madre o tutor de la víctima la persona que incurra en las conductas sancionadas, se les aplicarán las sanciones de amonestación o apercibimiento a consideración del juez.

De igual forma, cuando la persona autora tuviere para con la víctima una relación laboral, docente, doméstica, médica o cualquier otra que implique una subordinación de la víctima; o se valga de la función pública para cometer el delito, también será castigada con destitución e inhabilitación para desempeñar el cargo hasta por un tiempo igual a la pena impuesta.

¿Cómo se sancionará a profesionales de la salud?

 

Subrayó que las personas profesionales, técnicas, auxiliares de las disciplinas para la salud y relacionadas con las prácticas médicas que realicen, impartan, apliquen, obliguen o financien tratamientos, terapias o cualquier tipo de servicios o prácticas quirúrgicas o de otra índole, con el objeto de obstaculizar, restringir, impedir, menoscabar, anular o suprimir la orientación sexual, identidad o expresión de género de una persona, serán sancionadas de acuerdo con el Código Penal Federal, y suspendidas en el ejercicio profesional, de uno a tres años.

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