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México

AMLO presume mejor arranque de año en creación de empleos

El presidente Andrés Manuel López Obrador aseguró este martes que en el primer trimestre de 2019 se registró la creación de 269 mil 143 empleos, una cantidad no registrada en una década.

“Según el IMSS, creció el número de trabajadores asegurados en el trimestre enero-marzo. Se crearon 269 mil 143 empleos. Esta cifra significa un incremento nunca visto desde hace 10 años para un periodo similar”, dijo en conferencia de prensa desde Palacio Nacional.

El presidente señaló que la estadística refleja que la economía va creciendo y que por ello mantiene la apuesta con los especialistas sobre el pronóstico de crecimiento de la economía nacional para este año.
“Aceptamos el desafío y aquí vamos a estar viendo (este dato)”, señaló.

El viernes, el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) que en el tercer mes del año el número de trabajadores registrados sumó 20 millones 348 mil 508, cifra que implicó una variación anual de 2.8 por ciento, avance más bajo para un marzo desde la crisis de 2010, y la menor variación desde febrero de 2014, si se observa el comportamiento mes con mes.

La cantidad de empleos generados en marzo, de 48 mil 515 plazas, resultó la más baja para un mes similar desde 2009 y se quedó 49 por ciento por debajo del promedio de puestos creados en los meses de marzo de los últimos 10 años (94 mil 963).

Esta cifra también significa que la creación de empleo se desplomó 46 por ciento anual en marzo de 2019, respecto al mismo mes de 2018.

Con esa variación, la caída de marzo se sumó a la de febrero y enero, meses en los que el empleo registró caídas anuales. En febrero, la generación de empleo cayó 18.3 por ciento anual y en enero 16.7 por ciento anual, de acuerdo con los datos del instituto.

El Financiero

México

Senado prohíbe definitivamente las terapias de conversión en México

El pleno Senado de la República aprobó las reformas al Código Penal y a la Ley General de Salud para prohibir y sancionar de forma definitiva y a nivel nacional los Esfuerzos para Corregir la Orientación Sexual e Identidad de Género (ECOSIG), también conocidas como terapias de conversión, las cuales han sido consideradas por organismos internacionales como un acto de tortura en contra de la comunidad LGBTQ+, ya que consisten en someter a las víctimas a abusos sexuales, electrochoques y hasta supuestos exorcismos, para que se se identifiquen como personas cisgénero heterosexuales.

Los senadores aprobaron prohibir los ECOSIG en México con 77 votos a favor, cuatro en contra y 15 abstenciones durante una sesión que duró casi 12 horas, a un mes de que fue aprobada en la Cámara de Diputados y a seis años de que se presentó la iniciativa.

“Para prohibir y sancionar las llamadas terapias de conversión, conocidas como ECOSIG, se aprueba reformar, con 77 votos a favor, cuatro en contra y 15 abstenciones, el Código Penal Federal y la Ley General de Salud.

“Los ECOSIG son prácticas que han incentivado la violación de los derechos humanos de la comunidad LGBTTTIQ+.”, escribió en redes sociales el Senado.

Tras la aprobación de las reformas, el Senado envió el documento al Ejecutivo Federal para que se realice el trámite correspondiente y se publiquen en el Diario Oficial de la Federación.

¿Cómo se sancionarán las terapias de conversión en México?

De acuerdo con el Senado, quien realice las denominadas terapias de conversión o ECOSIG podrá ser sancionado con dos a seis años de prisión y una multa de mil a dos mil veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización (UMA), que actualmente sería una suma de entre 108 mil y 216 mil pesos.

Las reformas que adicionan un artículo 209 Quintus al Código Penal Federal y un artículo 465 Ter a la Ley General de Salud precisan que dichas sanciones se impondrán a quien realice, imparta, aplique, obligue o financie cualquier tipo de tratamiento, terapia, servicio o práctica que obstaculice, restrinja, impida, menoscabe, anule o suprima la orientación sexual, identidad o expresión de género de una persona.

No obstante, la sanción aumentará al doble cuando las conductas tipificadas se realicen en contra de personas menores de 18 años, adultos mayores o personas con alguna discapacidad.

En el proyecto de decreto se establece que bastará la presentación de una denuncia para iniciar la investigación de los hechos que revistan las características del delito al que este precepto se refiere.

¿Los padres de familia podrán ser sancionados?

 

Sí, pero no de la misma forma. En el caso de que sea el padre, madre o tutor de la víctima la persona que incurra en las conductas sancionadas, se les aplicarán las sanciones de amonestación o apercibimiento a consideración del juez.

De igual forma, cuando la persona autora tuviere para con la víctima una relación laboral, docente, doméstica, médica o cualquier otra que implique una subordinación de la víctima; o se valga de la función pública para cometer el delito, también será castigada con destitución e inhabilitación para desempeñar el cargo hasta por un tiempo igual a la pena impuesta.

¿Cómo se sancionará a profesionales de la salud?

 

Subrayó que las personas profesionales, técnicas, auxiliares de las disciplinas para la salud y relacionadas con las prácticas médicas que realicen, impartan, apliquen, obliguen o financien tratamientos, terapias o cualquier tipo de servicios o prácticas quirúrgicas o de otra índole, con el objeto de obstaculizar, restringir, impedir, menoscabar, anular o suprimir la orientación sexual, identidad o expresión de género de una persona, serán sancionadas de acuerdo con el Código Penal Federal, y suspendidas en el ejercicio profesional, de uno a tres años.

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