Conecta con nosotros

México

Artesanos son víctimas de plagio por empresas

Hidalgo.- La cosmovisión de los pueblos de México ha sido plasmada a través de artesanías. Sin embargo, empresas han explotado sus creaciones y por ello han sido acusadas de plagio y robo de iconografía.

Artesanos de Tenango de Doria están en litigio con dos empresas diferentes. Adalberto Flores Gómez y Angélica Martínez, su esposa, acusan a Nestlé México por tomar sus diseños y emplearlos en sus propios productos.

Entre los diseños de los hidalguenses están un venado, un colibrí y un armadillo. Estos aparecen en unas tazas de Chocolate Abuelita.
Esos productos fueron lanzados en 2014. Desde septiembre de 2016 los artesanos emprendieron una denuncia contra la empresa ante la PGR por presunto plagio. Para poder iniciar esta acción penal, tuvieron que registrar sus diseños bordados ante el Instituto Nacional del Derecho de Autor.

Otros creadores de la comunidad Otomí fueron recientemente víctimas de una firma española que lucró con los bordados de Tenanto de Doria, Hidalgo.
La empresa Mango vende en sus sucursales y su tienda en línea prendas con valor entre mil 599 pesos y blusas de 899 pesos. A los habitantes no les sorprendió que la firma empleara sus modelos de bordado.

Kenia Montiel Pimentel, subsecretaria de Participación Social y Fomento Artesanal de la Secretaría de Desarrollo Social, asegura que es toda una cosmovisión lo que tienen los tenantgos y que el área jurídica de la dependencia analiza acompañar a las artesanas en denuncia penal ante el Ministerio Público.

A mediados del año pasado la página change.org también presentó una petición para que una marca de ropa dejara de apropiarse del patrimonio de los artesanos textiles del país.

La cibernauta Claudia Muñoz publicó que la marca Rapsodia se aprovecha de la desigualdad de oportunidades y mercados para que los creadores no pudieran comercializar sus productos bajo precios justos.

A finales de 2015 la diseñadora francesa Isabel Marant estuvo en polémica luego que reprodujera los bordados de huipil de indígenas mixes de Santa María Tlahuitoltepec.

La comunidad de cerca de 10 mil habitantes rompió el silencio ante los rumores de que la empresa poseía una patente legal por los bordados. La empresa Antik Batik llevó a Marant ante los tribunales. Allí la diseñadora reconoció la influencia mixe de sus estampados.

Isabel Marant retiró las blusas de los aparadores, donde se vendían a unos 290 dólares. «Se deben vender, pero debe ser la confección, las ganancias, las atenciones para el pueblo mixe, no para otra persona, no de otras empresas», dijo en esa ocasión Carmelitana Vázquez, primera regidora de asuntos educativos y culturales de Tlahuitoltepec.

México

Senado prohíbe definitivamente las terapias de conversión en México

El pleno Senado de la República aprobó las reformas al Código Penal y a la Ley General de Salud para prohibir y sancionar de forma definitiva y a nivel nacional los Esfuerzos para Corregir la Orientación Sexual e Identidad de Género (ECOSIG), también conocidas como terapias de conversión, las cuales han sido consideradas por organismos internacionales como un acto de tortura en contra de la comunidad LGBTQ+, ya que consisten en someter a las víctimas a abusos sexuales, electrochoques y hasta supuestos exorcismos, para que se se identifiquen como personas cisgénero heterosexuales.

Los senadores aprobaron prohibir los ECOSIG en México con 77 votos a favor, cuatro en contra y 15 abstenciones durante una sesión que duró casi 12 horas, a un mes de que fue aprobada en la Cámara de Diputados y a seis años de que se presentó la iniciativa.

“Para prohibir y sancionar las llamadas terapias de conversión, conocidas como ECOSIG, se aprueba reformar, con 77 votos a favor, cuatro en contra y 15 abstenciones, el Código Penal Federal y la Ley General de Salud.

“Los ECOSIG son prácticas que han incentivado la violación de los derechos humanos de la comunidad LGBTTTIQ+.”, escribió en redes sociales el Senado.

Tras la aprobación de las reformas, el Senado envió el documento al Ejecutivo Federal para que se realice el trámite correspondiente y se publiquen en el Diario Oficial de la Federación.

¿Cómo se sancionarán las terapias de conversión en México?

De acuerdo con el Senado, quien realice las denominadas terapias de conversión o ECOSIG podrá ser sancionado con dos a seis años de prisión y una multa de mil a dos mil veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización (UMA), que actualmente sería una suma de entre 108 mil y 216 mil pesos.

Las reformas que adicionan un artículo 209 Quintus al Código Penal Federal y un artículo 465 Ter a la Ley General de Salud precisan que dichas sanciones se impondrán a quien realice, imparta, aplique, obligue o financie cualquier tipo de tratamiento, terapia, servicio o práctica que obstaculice, restrinja, impida, menoscabe, anule o suprima la orientación sexual, identidad o expresión de género de una persona.

No obstante, la sanción aumentará al doble cuando las conductas tipificadas se realicen en contra de personas menores de 18 años, adultos mayores o personas con alguna discapacidad.

En el proyecto de decreto se establece que bastará la presentación de una denuncia para iniciar la investigación de los hechos que revistan las características del delito al que este precepto se refiere.

¿Los padres de familia podrán ser sancionados?

 

Sí, pero no de la misma forma. En el caso de que sea el padre, madre o tutor de la víctima la persona que incurra en las conductas sancionadas, se les aplicarán las sanciones de amonestación o apercibimiento a consideración del juez.

De igual forma, cuando la persona autora tuviere para con la víctima una relación laboral, docente, doméstica, médica o cualquier otra que implique una subordinación de la víctima; o se valga de la función pública para cometer el delito, también será castigada con destitución e inhabilitación para desempeñar el cargo hasta por un tiempo igual a la pena impuesta.

¿Cómo se sancionará a profesionales de la salud?

 

Subrayó que las personas profesionales, técnicas, auxiliares de las disciplinas para la salud y relacionadas con las prácticas médicas que realicen, impartan, apliquen, obliguen o financien tratamientos, terapias o cualquier tipo de servicios o prácticas quirúrgicas o de otra índole, con el objeto de obstaculizar, restringir, impedir, menoscabar, anular o suprimir la orientación sexual, identidad o expresión de género de una persona, serán sancionadas de acuerdo con el Código Penal Federal, y suspendidas en el ejercicio profesional, de uno a tres años.

Continuar Leyendo
Publicidad
Publicidad
Publicidad

Más visto