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México

Un bebé muere deshidratado luego de que su madre lo olvidara dentro de su auto en Aguascalientes

Un bebé de ocho meses falleció por un cuadro de deshidratación severa luego de que su mamá lo dejara dentro un automóvil por varias horas en el ayuntamiento de Jesús María, Aguascalientes.
De acuerdo con medios locales, los hechos ocurrieron el 1 de agosto cuando la mujer llegara al DIF municipal de Jesús María Aguascalientes, lugar donde trabaja, a bordo de un Honda Civic rojo y olvidara a su bebé, de nombre Gerardo, dentro del automóvil con las ventanas cerradas y expuesto a los rayos del sol.

De acuerdo con medios locales, los hechos ocurrieron el 1 de agosto cuando la mujer llegara al DIF municipal de Jesús María Aguascalientes, lugar donde trabaja, a bordo de un Honda Civic rojo y olvidara a su bebé, de nombre Gerardo, dentro del automóvil con las ventanas cerradas y expuesto a los rayos del sol.

Después de varias horas, la mujer regresó a su carro y encontró al menor inconsciente, motivo por el cual se apresuró a llevarlo al DIF municipal de Jesús María Aguascalientes para que recibiera la atención médica necesaria, sin embargo, al entrar al nosocomio el bebé ya había fallecido
Luego de los hechos, las autoridades municipales iniciaron las investigaciones correspondientes para establecer los motivos por los que la mujer dejó al bebé dentro del vehículo.
Asímismo, agentes del grupo Comicios de la Policía ministerial trasladaron a la mujer y al bebé ante un Agente del Ministerio Público para que rindiera su declaración. Serán las autoridades mencionadas quien determinen si la señora incurrió en algún delito.

México

Senado prohíbe definitivamente las terapias de conversión en México

El pleno Senado de la República aprobó las reformas al Código Penal y a la Ley General de Salud para prohibir y sancionar de forma definitiva y a nivel nacional los Esfuerzos para Corregir la Orientación Sexual e Identidad de Género (ECOSIG), también conocidas como terapias de conversión, las cuales han sido consideradas por organismos internacionales como un acto de tortura en contra de la comunidad LGBTQ+, ya que consisten en someter a las víctimas a abusos sexuales, electrochoques y hasta supuestos exorcismos, para que se se identifiquen como personas cisgénero heterosexuales.

Los senadores aprobaron prohibir los ECOSIG en México con 77 votos a favor, cuatro en contra y 15 abstenciones durante una sesión que duró casi 12 horas, a un mes de que fue aprobada en la Cámara de Diputados y a seis años de que se presentó la iniciativa.

“Para prohibir y sancionar las llamadas terapias de conversión, conocidas como ECOSIG, se aprueba reformar, con 77 votos a favor, cuatro en contra y 15 abstenciones, el Código Penal Federal y la Ley General de Salud.

“Los ECOSIG son prácticas que han incentivado la violación de los derechos humanos de la comunidad LGBTTTIQ+.”, escribió en redes sociales el Senado.

Tras la aprobación de las reformas, el Senado envió el documento al Ejecutivo Federal para que se realice el trámite correspondiente y se publiquen en el Diario Oficial de la Federación.

¿Cómo se sancionarán las terapias de conversión en México?

De acuerdo con el Senado, quien realice las denominadas terapias de conversión o ECOSIG podrá ser sancionado con dos a seis años de prisión y una multa de mil a dos mil veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización (UMA), que actualmente sería una suma de entre 108 mil y 216 mil pesos.

Las reformas que adicionan un artículo 209 Quintus al Código Penal Federal y un artículo 465 Ter a la Ley General de Salud precisan que dichas sanciones se impondrán a quien realice, imparta, aplique, obligue o financie cualquier tipo de tratamiento, terapia, servicio o práctica que obstaculice, restrinja, impida, menoscabe, anule o suprima la orientación sexual, identidad o expresión de género de una persona.

No obstante, la sanción aumentará al doble cuando las conductas tipificadas se realicen en contra de personas menores de 18 años, adultos mayores o personas con alguna discapacidad.

En el proyecto de decreto se establece que bastará la presentación de una denuncia para iniciar la investigación de los hechos que revistan las características del delito al que este precepto se refiere.

¿Los padres de familia podrán ser sancionados?

 

Sí, pero no de la misma forma. En el caso de que sea el padre, madre o tutor de la víctima la persona que incurra en las conductas sancionadas, se les aplicarán las sanciones de amonestación o apercibimiento a consideración del juez.

De igual forma, cuando la persona autora tuviere para con la víctima una relación laboral, docente, doméstica, médica o cualquier otra que implique una subordinación de la víctima; o se valga de la función pública para cometer el delito, también será castigada con destitución e inhabilitación para desempeñar el cargo hasta por un tiempo igual a la pena impuesta.

¿Cómo se sancionará a profesionales de la salud?

 

Subrayó que las personas profesionales, técnicas, auxiliares de las disciplinas para la salud y relacionadas con las prácticas médicas que realicen, impartan, apliquen, obliguen o financien tratamientos, terapias o cualquier tipo de servicios o prácticas quirúrgicas o de otra índole, con el objeto de obstaculizar, restringir, impedir, menoscabar, anular o suprimir la orientación sexual, identidad o expresión de género de una persona, serán sancionadas de acuerdo con el Código Penal Federal, y suspendidas en el ejercicio profesional, de uno a tres años.

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