Conecta con nosotros

México

Bud ingresará mañana a BCS como tormenta tropical

Bud tocará tierra en el extremo sur de Baja California Sur como tormenta tropical débil la tarde del próximo jueves, aunque se mantiene la alerta por fuertes lluvias que se presentarán en gran parte del territorio nacional, reportó Roberto Ramírez de la Parra, titular de Conagua.
En conferencia de prensa acompañado por el coordinador nacional de Protección Civil, Luis Felipe Puente, el funcionario explicó que una vez que impacte Baja California Sur, saldrá del estado para entrar al Golfo de California y volverá a reingresar al territorio nacional por las costas del sur de Sonora el día viernes.
Para el viernes, dijo, se pronostican lluvias intensas en los estados de Sinaloa y Sonora. Destacó que desde el día de ayer se están monitoreando dos zonas de inestabilidad, una por el Pacífico y otra por el Mar Caribe, ambas con baja probabilidad de desarrollo ciclónico.

Los pronósticos de lluvias para las siguientes 72 horas son: potencial de tormentas en los estados de Colima, Jalisco, Sinaloa y Sonora; lluvias intensas en Chiapas, Guerrero, Michoacán, Nayarit, Oaxaca, Puebla, San Luis Potosí y Veracruz, y lluvias de fuertes a muy fuertes en la mayor parte del territorio nacional.
Ante ello, pidió a la población no relajarse ni bajar la guardia aunque sea por el Mundial de Futbol, ya que a pesar de que ha disminuido su intensidad, no deja de ser un ciclón.

“Si bien no es un ciclón de alto riesgo, hay que decirlo, hay que seguir cuidando las cuestiones importantes de cada lugar, como sucede en Baja California Sur. Y además vamos a tener un ánimo un poco más exacerbado de lo normal y le quiero llamar así, porque empieza el mundial de futbol, y nos relajamos un poquito más”, enfatizó.

Luis Felipe Puente detalló que de momento hay alerta amarilla de acercamiento para Colima, Jalisco, Baja California Sur y Archipiélago de Revillagigedo; alerta verde de acercamiento a Nayarit y Sinaloa; alerta azul de acercamiento a Sonora. De alejamiento a Michoacán y Guerrero.

México

Senado prohíbe definitivamente las terapias de conversión en México

El pleno Senado de la República aprobó las reformas al Código Penal y a la Ley General de Salud para prohibir y sancionar de forma definitiva y a nivel nacional los Esfuerzos para Corregir la Orientación Sexual e Identidad de Género (ECOSIG), también conocidas como terapias de conversión, las cuales han sido consideradas por organismos internacionales como un acto de tortura en contra de la comunidad LGBTQ+, ya que consisten en someter a las víctimas a abusos sexuales, electrochoques y hasta supuestos exorcismos, para que se se identifiquen como personas cisgénero heterosexuales.

Los senadores aprobaron prohibir los ECOSIG en México con 77 votos a favor, cuatro en contra y 15 abstenciones durante una sesión que duró casi 12 horas, a un mes de que fue aprobada en la Cámara de Diputados y a seis años de que se presentó la iniciativa.

“Para prohibir y sancionar las llamadas terapias de conversión, conocidas como ECOSIG, se aprueba reformar, con 77 votos a favor, cuatro en contra y 15 abstenciones, el Código Penal Federal y la Ley General de Salud.

“Los ECOSIG son prácticas que han incentivado la violación de los derechos humanos de la comunidad LGBTTTIQ+.”, escribió en redes sociales el Senado.

Tras la aprobación de las reformas, el Senado envió el documento al Ejecutivo Federal para que se realice el trámite correspondiente y se publiquen en el Diario Oficial de la Federación.

¿Cómo se sancionarán las terapias de conversión en México?

De acuerdo con el Senado, quien realice las denominadas terapias de conversión o ECOSIG podrá ser sancionado con dos a seis años de prisión y una multa de mil a dos mil veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización (UMA), que actualmente sería una suma de entre 108 mil y 216 mil pesos.

Las reformas que adicionan un artículo 209 Quintus al Código Penal Federal y un artículo 465 Ter a la Ley General de Salud precisan que dichas sanciones se impondrán a quien realice, imparta, aplique, obligue o financie cualquier tipo de tratamiento, terapia, servicio o práctica que obstaculice, restrinja, impida, menoscabe, anule o suprima la orientación sexual, identidad o expresión de género de una persona.

No obstante, la sanción aumentará al doble cuando las conductas tipificadas se realicen en contra de personas menores de 18 años, adultos mayores o personas con alguna discapacidad.

En el proyecto de decreto se establece que bastará la presentación de una denuncia para iniciar la investigación de los hechos que revistan las características del delito al que este precepto se refiere.

¿Los padres de familia podrán ser sancionados?

 

Sí, pero no de la misma forma. En el caso de que sea el padre, madre o tutor de la víctima la persona que incurra en las conductas sancionadas, se les aplicarán las sanciones de amonestación o apercibimiento a consideración del juez.

De igual forma, cuando la persona autora tuviere para con la víctima una relación laboral, docente, doméstica, médica o cualquier otra que implique una subordinación de la víctima; o se valga de la función pública para cometer el delito, también será castigada con destitución e inhabilitación para desempeñar el cargo hasta por un tiempo igual a la pena impuesta.

¿Cómo se sancionará a profesionales de la salud?

 

Subrayó que las personas profesionales, técnicas, auxiliares de las disciplinas para la salud y relacionadas con las prácticas médicas que realicen, impartan, apliquen, obliguen o financien tratamientos, terapias o cualquier tipo de servicios o prácticas quirúrgicas o de otra índole, con el objeto de obstaculizar, restringir, impedir, menoscabar, anular o suprimir la orientación sexual, identidad o expresión de género de una persona, serán sancionadas de acuerdo con el Código Penal Federal, y suspendidas en el ejercicio profesional, de uno a tres años.

Continuar Leyendo
Publicidad
Publicidad
Publicidad

Más visto