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México

Buscan incluir la Red Interinstitucional de Bibliotecas Públicas

El senador por Morena Cruz Pérez Cuéllar, presentó una Iniciativa con Proyecto de Decreto mediante la cual se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley General de Bibliotecas, para incluir la Red Interinstitucional de Bibliotecas Públicas, a fin de fortalecer el papel de las bibliotecas públicas como motores del desarrollo educativo y cultural de las comunidades.

Lo anterior en atención al artículo 27 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos mediante la cual se hace necesaria la configuración de una Red Interinstitucional de Bibliotecas Públicas que apoye a la Red Nacional de Bibliotecas Públicas en nuestro país, con la finalidad de cumplir con uno de sus objetivos, que es, “lograr el acceso universal a la información y el conocimiento, así? como contribuir a detonar los procesos de equidad y democratización en las sociedades cada vez más globales”.

Es por ello que a través de la presente Iniciativa el senador morenista propone consolidar la innovación educativa y la renovación de prácticas bibliotecarias en los procesos académicos y culturales enfocados a la comprensión de los recursos informáticos con los que cuentan las bibliotecas públicas, de manera integral con los conocimientos de operación, técnicos y de contenidos.

De la misma manera, el legislador chihuahuense, propone capitalizar los recursos informativos de diversas dependencias públicas e Instituciones de Educación Superior, con el objeto de crear y consolidar una Red Interinstitucional de Bibliotecas Públicas para que los usuarios de dichas bibliotecas gocen de un acceso universal a la información y el conocimiento.

Para lo anterior, Cruz Pérez Cuéllar, plantea integrar los servicios e instrumentos de organismos y consorcios públicos y privados especializados en el desarrollo de tecnologías de la información y comunicación que cuenten con los permisos correspondientes en materia de publicaciones digitales.

Explicó que la presente propuesta se inspira en la labor que se está llevando a cabo en el estado de Chihuahua, en donde se pretende lanzar un programa piloto junto al Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), el Sindicato Nacional de Trabajadores del Seguro Social (SNTSS), y la Dirección General de Bibliotecas de la Secretaría de Cultura.

Asimismo, se propone vincular a las Universidades del estado de Chihuahua, en particular a la Universidad Autónoma de Chihuahua, y la Universidad Autónoma de Ciudad Juárez, con la Dirección General de Bibliotecas, el Instituto Mexicano del Seguro Social, y el Sindicato Nacional de Trabajadores del Seguro Social, con el objeto de establecer un plan de trabajo que incluya a los Centros de Seguridad Social del IMSS, los Centros de Capacitación del SNTSS, las bibliotecas universitarias, y las bibliotecas públicas como parte de dicha red interinstitucional.

Destacó que el trabajo que se está haciendo en el estado de Chihuahua con el propósito de trasladar dicha experiencia a nivel nacional; es decir, que a través de Convenios de Colaboración se busque automatizar las bibliotecas públicas del país.

De igual forma, se busca que la experiencia de Chihuahua serviría para incluir a todas las Universidades del país en la Red Interinstitucional de Bibliotecas Públicas, para que sus usuarios cuenten con acceso universal a la información y el conocimiento.

Por todo lo anteriormente expuesto, el senador Cruz Pérez Cuéllar presentó esta Iniciativa para fortalecer el papel de las bibliotecas públicas como motores del desarrollo educativo y cultural de las comunidades, misma que fue turnada a las Comisiones Unidas de Cultura y Estudios Legislativos.

México

Senado prohíbe definitivamente las terapias de conversión en México

El pleno Senado de la República aprobó las reformas al Código Penal y a la Ley General de Salud para prohibir y sancionar de forma definitiva y a nivel nacional los Esfuerzos para Corregir la Orientación Sexual e Identidad de Género (ECOSIG), también conocidas como terapias de conversión, las cuales han sido consideradas por organismos internacionales como un acto de tortura en contra de la comunidad LGBTQ+, ya que consisten en someter a las víctimas a abusos sexuales, electrochoques y hasta supuestos exorcismos, para que se se identifiquen como personas cisgénero heterosexuales.

Los senadores aprobaron prohibir los ECOSIG en México con 77 votos a favor, cuatro en contra y 15 abstenciones durante una sesión que duró casi 12 horas, a un mes de que fue aprobada en la Cámara de Diputados y a seis años de que se presentó la iniciativa.

“Para prohibir y sancionar las llamadas terapias de conversión, conocidas como ECOSIG, se aprueba reformar, con 77 votos a favor, cuatro en contra y 15 abstenciones, el Código Penal Federal y la Ley General de Salud.

“Los ECOSIG son prácticas que han incentivado la violación de los derechos humanos de la comunidad LGBTTTIQ+.”, escribió en redes sociales el Senado.

Tras la aprobación de las reformas, el Senado envió el documento al Ejecutivo Federal para que se realice el trámite correspondiente y se publiquen en el Diario Oficial de la Federación.

¿Cómo se sancionarán las terapias de conversión en México?

De acuerdo con el Senado, quien realice las denominadas terapias de conversión o ECOSIG podrá ser sancionado con dos a seis años de prisión y una multa de mil a dos mil veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización (UMA), que actualmente sería una suma de entre 108 mil y 216 mil pesos.

Las reformas que adicionan un artículo 209 Quintus al Código Penal Federal y un artículo 465 Ter a la Ley General de Salud precisan que dichas sanciones se impondrán a quien realice, imparta, aplique, obligue o financie cualquier tipo de tratamiento, terapia, servicio o práctica que obstaculice, restrinja, impida, menoscabe, anule o suprima la orientación sexual, identidad o expresión de género de una persona.

No obstante, la sanción aumentará al doble cuando las conductas tipificadas se realicen en contra de personas menores de 18 años, adultos mayores o personas con alguna discapacidad.

En el proyecto de decreto se establece que bastará la presentación de una denuncia para iniciar la investigación de los hechos que revistan las características del delito al que este precepto se refiere.

¿Los padres de familia podrán ser sancionados?

 

Sí, pero no de la misma forma. En el caso de que sea el padre, madre o tutor de la víctima la persona que incurra en las conductas sancionadas, se les aplicarán las sanciones de amonestación o apercibimiento a consideración del juez.

De igual forma, cuando la persona autora tuviere para con la víctima una relación laboral, docente, doméstica, médica o cualquier otra que implique una subordinación de la víctima; o se valga de la función pública para cometer el delito, también será castigada con destitución e inhabilitación para desempeñar el cargo hasta por un tiempo igual a la pena impuesta.

¿Cómo se sancionará a profesionales de la salud?

 

Subrayó que las personas profesionales, técnicas, auxiliares de las disciplinas para la salud y relacionadas con las prácticas médicas que realicen, impartan, apliquen, obliguen o financien tratamientos, terapias o cualquier tipo de servicios o prácticas quirúrgicas o de otra índole, con el objeto de obstaculizar, restringir, impedir, menoscabar, anular o suprimir la orientación sexual, identidad o expresión de género de una persona, serán sancionadas de acuerdo con el Código Penal Federal, y suspendidas en el ejercicio profesional, de uno a tres años.

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