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México

Cae presunto violador tras abusar de una mujer de 70 años

Policías de la Secretaría de Seguridad Pública (SSP) de la Ciudad de México, adscritos a la Unidad de Protección Ciudadana Revolución – Alameda, detuvieron a un individuo por violación en la delegación Cuauhtémoc.

El director general de la Policía de Proximidad, Ángel Alarcón Tello, informó que el pasado 8 de marzo, a las cinco horas, policías que realizaban su patrullaje de vigilancia sobre la calle La Fragua, en la colonia Tabacalera, fueron requeridos por una mujer mayor de edad a la entrada de un estacionamiento público, misma que explicó que mientras se encontraba dormida en la caseta de vigilancia, fue sorprendida por un individuo que ingresó al cubículo, la amagó con un cuchillo y abusó sexualmente de ella.

La mujer señaló a un hombre que caminaba a prisa sobre la calle La Fragua con dirección a avenida Paseo de la Reforma, mientras otro hombre que lo perseguía logró alcanzarlo. Los policías bajaron de la patrulla y detuvieron al individuo y lo llevaron con la víctima, de 70 años de edad, quien lo reconoció plenamente al hoy imputado de 32 años».

El detenido fue puesto a disposición de la agencia del Ministerio Público de la Fiscalía Central de Investigación para la Atención de Delitos Sexuales.

En la conferencia de prensa conjunta, la fiscal central de Investigación para la Atención de Delitos Sexuales, Alicia Rosas Rubí, dijo que una vez que el agente del Ministerio Publico tomó conocimiento de los hechos, de inmediato brindó apoyo integral a la agraviada, asistencia médica y ayuda psicológica.

Derivado de las investigaciones implementadas por la Policía de Investigación se estableció que el imputado cuenta con un ingreso al Reclusorio Preventivo Varonil Norte por robo a transeúnte con violencia».

La Procuraduría General de Justicia capitalina ingresó al acusado al Centro de Detenciones del Reclusorio Preventivo Varonil Oriente y en las próximas horas se solicitará audiencia inicial a un Juez de Control para que lo vincule a proceso por el delito de violación, con medida cautelar de prisión preventiva oficiosa.

Al realizar las primeras diligencias en el lugar de los hechos, elementos de la Policía de Investigación y peritos en materia de criminalística y fotografía encontraron el cuchillo con el que fue sometida la víctima.

El agresor también fue sometido a dictámenes médicos y se tomaron muestras de su perfil genético, para futuras confrontas que permitan establecer si pudiera estar relacionado con otros delitos.

De encontrarse responsable por este delito, el imputado podría alcanzar una condena de hasta 25 años de prisión.

Excelsior

México

Senado prohíbe definitivamente las terapias de conversión en México

El pleno Senado de la República aprobó las reformas al Código Penal y a la Ley General de Salud para prohibir y sancionar de forma definitiva y a nivel nacional los Esfuerzos para Corregir la Orientación Sexual e Identidad de Género (ECOSIG), también conocidas como terapias de conversión, las cuales han sido consideradas por organismos internacionales como un acto de tortura en contra de la comunidad LGBTQ+, ya que consisten en someter a las víctimas a abusos sexuales, electrochoques y hasta supuestos exorcismos, para que se se identifiquen como personas cisgénero heterosexuales.

Los senadores aprobaron prohibir los ECOSIG en México con 77 votos a favor, cuatro en contra y 15 abstenciones durante una sesión que duró casi 12 horas, a un mes de que fue aprobada en la Cámara de Diputados y a seis años de que se presentó la iniciativa.

“Para prohibir y sancionar las llamadas terapias de conversión, conocidas como ECOSIG, se aprueba reformar, con 77 votos a favor, cuatro en contra y 15 abstenciones, el Código Penal Federal y la Ley General de Salud.

“Los ECOSIG son prácticas que han incentivado la violación de los derechos humanos de la comunidad LGBTTTIQ+.”, escribió en redes sociales el Senado.

Tras la aprobación de las reformas, el Senado envió el documento al Ejecutivo Federal para que se realice el trámite correspondiente y se publiquen en el Diario Oficial de la Federación.

¿Cómo se sancionarán las terapias de conversión en México?

De acuerdo con el Senado, quien realice las denominadas terapias de conversión o ECOSIG podrá ser sancionado con dos a seis años de prisión y una multa de mil a dos mil veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización (UMA), que actualmente sería una suma de entre 108 mil y 216 mil pesos.

Las reformas que adicionan un artículo 209 Quintus al Código Penal Federal y un artículo 465 Ter a la Ley General de Salud precisan que dichas sanciones se impondrán a quien realice, imparta, aplique, obligue o financie cualquier tipo de tratamiento, terapia, servicio o práctica que obstaculice, restrinja, impida, menoscabe, anule o suprima la orientación sexual, identidad o expresión de género de una persona.

No obstante, la sanción aumentará al doble cuando las conductas tipificadas se realicen en contra de personas menores de 18 años, adultos mayores o personas con alguna discapacidad.

En el proyecto de decreto se establece que bastará la presentación de una denuncia para iniciar la investigación de los hechos que revistan las características del delito al que este precepto se refiere.

¿Los padres de familia podrán ser sancionados?

 

Sí, pero no de la misma forma. En el caso de que sea el padre, madre o tutor de la víctima la persona que incurra en las conductas sancionadas, se les aplicarán las sanciones de amonestación o apercibimiento a consideración del juez.

De igual forma, cuando la persona autora tuviere para con la víctima una relación laboral, docente, doméstica, médica o cualquier otra que implique una subordinación de la víctima; o se valga de la función pública para cometer el delito, también será castigada con destitución e inhabilitación para desempeñar el cargo hasta por un tiempo igual a la pena impuesta.

¿Cómo se sancionará a profesionales de la salud?

 

Subrayó que las personas profesionales, técnicas, auxiliares de las disciplinas para la salud y relacionadas con las prácticas médicas que realicen, impartan, apliquen, obliguen o financien tratamientos, terapias o cualquier tipo de servicios o prácticas quirúrgicas o de otra índole, con el objeto de obstaculizar, restringir, impedir, menoscabar, anular o suprimir la orientación sexual, identidad o expresión de género de una persona, serán sancionadas de acuerdo con el Código Penal Federal, y suspendidas en el ejercicio profesional, de uno a tres años.

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