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Carolina del Sur aprueba el fusilamiento como método de ejecución

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Los diputados de la Cámara de Representantes de Carolina del Sur votaron este miércoles, por 66 a 43, a favor de añadir el fusilamiento entre las opciones del método de ejecución en ese estado estadounidense, informa AP.

En marzo, el proyecto de la ley fue apoyado por los senadores locales. El gobernador, Henry McMaster, también ha respaldado la iniciativa y ya afirmó que firmará la ley.

Ante la escasez de inyecciones letales, la última vez que Carolina del Sur ejecutó a un prisionero fue hace diez años. Actualmente, en el corredor de la muerte se han acumulado 37 personas, de las cuales tres ya no pueden apelar.

Según las leyes actuales, los presos pueden escoger entre la inyección letal y la silla eléctrica como forma de ejecución, pero la inyección letal es el método predeterminado que se aplica cuando un condenado se niega a hacer una elección. Los presos no pueden ser ejecutados por electrocución a menos que hayan elegido ese método.

Con la entrada en vigor de la ley, Carolina de Sur se convertirá en el cuatro estado de EE.UU. que permite el fusilamiento como método para aplicar la pena de muerte después de Utah, Oklahoma y Misisipi. Es también uno de los nueve estados que utilizan la silla eléctrica.

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Ordenan indemnización millonaria por accidente aéreo en Cuba que dejó 112 muertos

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Un juez mexicano ordenó el pago de indemnizaciones tras el accidente aéreo ocurrido en 2018 en Cuba, donde murieron 112 personas, al determinar que el siniestro estuvo relacionado con fallas en el mantenimiento de la aeronave.

De acuerdo con documentos judiciales fechados el 31 de marzo y consultados por The Washington Post a través de la Agencia AP, un peritaje independiente concluyó que el hecho fue un “accidente institucional” derivado de negligencia sistemática en los trabajos de mantenimiento, señalando que el avión no debió despegar.

Con base en estos hallazgos, el juez resolvió que la empresa Aerolíneas Damojh, que operaba bajo el nombre comercial Global Air, deberá pagar 1.5 millones de dólares a cada una de las familias de los cuatro tripulantes mexicanos que promovieron la demanda inicial. La aerolínea no se presentó al juicio, por lo que fue sentenciada en ausencia.

El accidente involucró un Boeing 737 que se desplomó en un campo agrícola poco después de despegar del Aeropuerto Internacional José Martí. De las 113 personas a bordo, solo una mujer sobrevivió, mientras que la mayoría de las víctimas eran de nacionalidad cubana.

El informe pericial citado establece que los pilotos fueron la última línea de defensa, sin lograr evitar el impacto. Asimismo, señala que la causa principal fue la falta de mantenimiento adecuado por parte de la empresa propietaria.

El abogado de los demandantes, Samuel González, afirmó que desde el primer día en La Habana, el jefe de mantenimiento de la compañía reconoció ante los familiares que la aeronave no debía estar en operación.

La sentencia también identificó omisiones en los protocolos y deficiencias en la supervisión, factores que derivaron en el accidente y en la apertura de procesos legales por homicidio y demandas colectivas.

Mientras en Cuba las autoridades atribuyeron el hecho a error humano, en México se suspendió temporalmente a la empresa y se inició una investigación, sin que hasta el momento se haya informado su avance.

El litigio continúa, ya que se mantiene una demanda civil colectiva en representación de las víctimas, además de una denuncia penal ante la Fiscalía General de la República. Según la defensa, la investigación enfrenta obstáculos debido a la falta de información por parte de autoridades cubanas.

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