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México

El chofer del BMW conoció a víctimas minutos antes; familiares le niegan el perdón

Carlos Salomón, el conductor del automóvil, conoció a Karla, Ivonne y Carlos Roberto en una fiesta minutos antes del accidente
Las cuatro personas que murieron al estrellarse el BMW en el que viajaban sobre Reforma, se conocieron minutos antes en una fiesta en Polanco.
Carlos Salomón, el conductor del automóvil vio por primera vez a Karla, Ivonne y a Carlos Roberto en una fiesta debido a que su vecino Luis Fernando comenzó a hablar con ellos.
Todos ellos festejaron y bebieron hasta las 3 de la madrugada del viernes 31 de marzo, por lo que Luis se ofreció a darle un “aventón” a Karla, asegurando que a él y a su amigo Carlos les quedaba de paso su casa. Karla le pidió a Ivonne, a la cual apenas acababa de conocer, que no la dejara sola y se fuera con ella, misma que le pidió a Carlos Roberto que se fuera con ellos, por lo que así fue como los cinco terminaron en el coche BMW blanco que acabó partido a la mitad sobre Reforma.
Esto lo dio a conocer el mismo Carlos Salomón ante el Ministerio Público, lo cual quedó documentado en la carpeta de investigación CI-FCH/CUH-5/UIC/D689/0317.
Así, el accidente se registró a poco más de media hora de que abandonaran la fiesta, donde Carlos Salomón perdió el control de su vehículo, el cual manejaba a más de 180 kilómetros por hora y en estado de ebriedad, por lo que los cuatro cuerpos de sus acompañantes quedaron tirados sobre la calle, dos de ellos sin cabeza, mientras que el conductor sólo sufrió algunos raspones.
Fue en la sala de urgencias de la Cruz Roja donde Carlos aceptó que era él quien conducía el auto, confirmando que iba a exceso de velocidad.
Cabe señalar que ayer por la tarde se llevó a cabo una audiencia, encabezada por la juez de Control Gloria Hernández Franco, aunque por recomendación de su abogado no se dieron a conocer más detalles de la misma ni de lo que pasó esa noche. Solamente el Ministerio Público informó que Carlos manejaba alcoholizado y a exceso de velocidad, lo cual representa “un riesgo para él, sus amigos y la sociedad”.
carlos
Después de esto, la juez de Control Gloria Hernández Franco dictó prisión preventiva al señalar que el conductor es culpable de homicidio culposo agravado en hecho de tránsito. Por lo anterior, el abogado del chofer pidió que su situación se resuelva en las próximas 144 horas, por lo que se fijó una audiencia para el próximo viernes 7, en donde se resolverá si lo vinculan a proceso o no.
Cabe señalar que en la audiencia que se llevó a cabo estuvieron presentes los familiares de las personas muertas, quienes no creían que Carlos Salomón hubiera salido ileso del accidente y que además pidiera que no lo llevaran a la cárcel.
En ningún momento los abogados defensores o los familiares de Salomón se acercaron a la familia de las víctimas para dialogar con ellos o siquiera pedirles perdón por lo sucedido, por lo que uno de ellos dijo al diario El Universal: “Que se pudra, hizo a mi hija pedazos, que sufra lo que nosotros”, así, las cuatro familias acordaron que no le otorgarían el perdón.
Al finalizar la audiencia, la familia de las víctimas aseguró que el viernes, cuando se lleve a cabo el nuevo proceso, estarán ahí para ver cómo evoluciona el caso.

Agencias

México

Senado prohíbe definitivamente las terapias de conversión en México

El pleno Senado de la República aprobó las reformas al Código Penal y a la Ley General de Salud para prohibir y sancionar de forma definitiva y a nivel nacional los Esfuerzos para Corregir la Orientación Sexual e Identidad de Género (ECOSIG), también conocidas como terapias de conversión, las cuales han sido consideradas por organismos internacionales como un acto de tortura en contra de la comunidad LGBTQ+, ya que consisten en someter a las víctimas a abusos sexuales, electrochoques y hasta supuestos exorcismos, para que se se identifiquen como personas cisgénero heterosexuales.

Los senadores aprobaron prohibir los ECOSIG en México con 77 votos a favor, cuatro en contra y 15 abstenciones durante una sesión que duró casi 12 horas, a un mes de que fue aprobada en la Cámara de Diputados y a seis años de que se presentó la iniciativa.

“Para prohibir y sancionar las llamadas terapias de conversión, conocidas como ECOSIG, se aprueba reformar, con 77 votos a favor, cuatro en contra y 15 abstenciones, el Código Penal Federal y la Ley General de Salud.

“Los ECOSIG son prácticas que han incentivado la violación de los derechos humanos de la comunidad LGBTTTIQ+.”, escribió en redes sociales el Senado.

Tras la aprobación de las reformas, el Senado envió el documento al Ejecutivo Federal para que se realice el trámite correspondiente y se publiquen en el Diario Oficial de la Federación.

¿Cómo se sancionarán las terapias de conversión en México?

De acuerdo con el Senado, quien realice las denominadas terapias de conversión o ECOSIG podrá ser sancionado con dos a seis años de prisión y una multa de mil a dos mil veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización (UMA), que actualmente sería una suma de entre 108 mil y 216 mil pesos.

Las reformas que adicionan un artículo 209 Quintus al Código Penal Federal y un artículo 465 Ter a la Ley General de Salud precisan que dichas sanciones se impondrán a quien realice, imparta, aplique, obligue o financie cualquier tipo de tratamiento, terapia, servicio o práctica que obstaculice, restrinja, impida, menoscabe, anule o suprima la orientación sexual, identidad o expresión de género de una persona.

No obstante, la sanción aumentará al doble cuando las conductas tipificadas se realicen en contra de personas menores de 18 años, adultos mayores o personas con alguna discapacidad.

En el proyecto de decreto se establece que bastará la presentación de una denuncia para iniciar la investigación de los hechos que revistan las características del delito al que este precepto se refiere.

¿Los padres de familia podrán ser sancionados?

 

Sí, pero no de la misma forma. En el caso de que sea el padre, madre o tutor de la víctima la persona que incurra en las conductas sancionadas, se les aplicarán las sanciones de amonestación o apercibimiento a consideración del juez.

De igual forma, cuando la persona autora tuviere para con la víctima una relación laboral, docente, doméstica, médica o cualquier otra que implique una subordinación de la víctima; o se valga de la función pública para cometer el delito, también será castigada con destitución e inhabilitación para desempeñar el cargo hasta por un tiempo igual a la pena impuesta.

¿Cómo se sancionará a profesionales de la salud?

 

Subrayó que las personas profesionales, técnicas, auxiliares de las disciplinas para la salud y relacionadas con las prácticas médicas que realicen, impartan, apliquen, obliguen o financien tratamientos, terapias o cualquier tipo de servicios o prácticas quirúrgicas o de otra índole, con el objeto de obstaculizar, restringir, impedir, menoscabar, anular o suprimir la orientación sexual, identidad o expresión de género de una persona, serán sancionadas de acuerdo con el Código Penal Federal, y suspendidas en el ejercicio profesional, de uno a tres años.

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