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México

Cierran cafeterías y sedes de fundación de Rafael Márquez

Algunas empresas y organizaciones vinculadas al futbolista Rafael Márquez comenzaron a cerrar o a restringir sus actividades después de que el Departamento del Tesoro de Estados Unidos lo señalara como testaferro del presunto narcotraficante Raúl Flores Hernández.
Las instalaciones del Centro Infantil Rafa Márquez, ubicado en la delegación de San José El Quince, en el municipio de El Salto, cerró sus puertas indefinidamente, por lo que el personal de la institución sacó varias de las cosas del interior sin dar mayores explicaciones.
Este centro es uno de los tres a través de los cuales la Fundación Rafael Márquez brinda alimentación y educación a niñas y niños en condiciones de pobreza; además de la fundación del futbolista, estos centros son auspiciados por diferentes marcas comerciales e incluso sirve como uno de los comedores de la Cruzada Nacional Contra El Hambre del Gobierno federal.
Otro de los negocios del seleccionado nacional es una franquicia de comida rápida estadounidense, ubicada en la plaza comercial en el municipio de Tlajomulco; se trata de un local donde se preparan hamburguesas con decoración de cafetería estadounidense de mediados de la mitad del siglo pasado, en el que hay alrededor de 15 mesas y sigue operando con normalidad, pero restringió el cobro con tarjetas bancarias; durante el tiempo que este medio permaneció en el lugar no acudieron muchos comensales.
Según la información del gobierno de Estados Unidos, esta franquicia es manejada por el Grupo Nutricional Alhoma SA de CV, otra de las empresas vinculadas a Márquez y señalada como parte de la red de lavado de Flores Hernández.
En la clínica Prosport & Health, también propiedad de Rafael Márquez, se vivió un día atípico: una vez que esta empresa fue señalada por lavado de dinero hubo cambios drásticos en su funcionamiento.

México

¡Fondo de Pensiones para el Bienestar! Requisitos para recibir $16,777 al mes

Tal vez durante los últimos días hayas escuchado muchas opiniones acerca de la creación del Fondo de Pensiones para el Bienestar, cuya aprobación en el Congreso y posteriormente en el Senado, generó mucho «ruido mediático», en especial por la toma de recursos de las Afores inactivas. Más allá de eso, te decimos cómo funciona y los requisitos para ser beneficiario.

De acuerdo a la información oficial, la creación del Fondo de Pensiones para el Bienestar se dio Con la meta de fortalecer la seguridad financiera de los trabajadores mexicanos al jubilarse. Se trata de un fideicomiso público destinado a complementar las pensiones otorgadas por los institutos de seguridad social del país, incluyendo el IMSS, Infonavit e ISSSTE. 

¿Quiénes recibirán dinero del Fondo de Pensiones para el Bienestar?

La iniciativa busca garantizar que las pensiones sean equivalentes al último salario percibido por el trabajador, siempre y cuando este no supere el límite de 16,777.78 pesos al mes.

Para ser elegibles para este complemento, los trabajadores deben retirarse a la edad de 65 años, haber cotizado en el sistema Afore desde julio de 1997 en el caso del IMSS, y desde abril de 2007 en el caso del ISSSTE. Además, la pensión no debe exceder el límite mencionado anteriormente.

Es importante destacar que este tope se determinó en base al salario promedio de cotización en el IMSS en 2023 y se ajustará anualmente según la tasa de inflación.

Asimismo, según lo aprobado, se priorizará a los trabajadores que comenzaron su cotización a partir de julio de 1997 y alcancen los 65 años de edad.

Polémicas sobre el Fondo de Pensiones para el Bienestar:

Una de las medidas más controvertidas, que ha generado rechazo por parte de la oposición, es la decisión de concentrar los recursos de los trabajadores en este fondo. 

Estos fondos provienen de las subcuentas de retiro, cesantía en edad avanzada y vejez de trabajadores del sector privado que no hayan sido reclamados a los 70 años, así como de los recursos cotizados por trabajadores del sector público al ISSSTE que no se hayan requerido a los 75 años.

Con las reformas, las Administradoras de Fondos para el Retiro (Afores) y PENSIONISSSTE están obligadas a realizar transferencias automáticas al Fondo de Pensiones para el Bienestar, sin necesidad de una resolución judicial, una vez que los trabajadores alcancen la edad indicada.

Además, Infonavit y FOVISSSTE deben notificar a los trabajadores un año antes de transferir sus recursos al fondo, a los 70 y 75 años respectivamente.

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