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México

Cofepris autorizó el uso de emergencia de la vacuna Johnson & Johnson en México

La Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios (Cofepris) autorizó el uso de emergencia de la vacuna contra COVID-19 Ad26.CoV2.S, solicitado por el laboratorio Janssen-Cilag.

El antígeno conocido comúnmente como Johnson & Johnson cuenta con el aval del Comité de Moléculas Nuevas, el cual sesionó el 7 de mayo pasado. De acuerdo con un comunicado emitido por la dependencia, el biológico recibió una opinión favorable de manera unánime por parte de las y los expertos.

Hugo López-Gatell, subsecretario de Prevención y Promoción de la Salud, aseguró que se trata de una vacuna segura y eficaz, razón por la que celebró la determinación de la Cofepris en redes sociales.

“Hoy se emitió la autorización para uso de emergencia de la vacuna Ad26.CoV2.S de Janssen (Johnson & Johnson).

Además de la dictaminación por personal de @Cofepris fue analizada por expertas y expertos del Comité de Moléculas Nuevas, quienes emitieron una opinión favorable unánimeSiempre es una buena noticia contar con más autorizaciones de vacunas seguras, de calidad y eficaces”, manifestó el funcionario público.

El subsecretario señaló que siempre es una buena noticia contar con más autorizaciones de vacunas seguras, de calidad y eficaces en México (Foto: Twitter@HLGatell)El subsecretario señaló que siempre es una buena noticia contar con más autorizaciones de vacunas seguras, de calidad y eficaces en México (Foto: Twitter@HLGatell)

La información de la vacuna fue presentada ante la Cofepris, a través de la Comisión de Autorización Sanitaria, con el propósito de que fuera evaluada por la misma.

“Esta autorización de uso de emergencia certifica que la vacuna cumple los requisitos de calidad, seguridad y eficacia necesarios para ser aplicada”, detalló la Comisión adscrita a la Subsecretaría de Salud.

Aunado a esto, recordó el alto riesgo que representa la aplicación de cualquier supuesto biológico contra coronavirus en espacios, laboratorios, hospitales y clínicas no designadas por el gobierno federal, el cual es el encargado de llevar a cabo la Jornada Nacional de Vacunación.

En caso de encontrarse con algún establecimiento que ofrezca cualquier producto haciéndolo pasar como el antígeno que previene enfermedad grave de SARS-CoV-2, se recomienda realizar la denuncia sanitaria en la siguiente página de internet: www.gob.mx/cofepris/acciones-y-programas/denuncias-sanitarias.

El antígeno conocido comúnmente como Johnson & Johnson cuenta con el aval del Comité de Moléculas Nuevas, el cual sesionó el 7 de mayo pasado (Foto: Reuters / José Luis González)El antígeno conocido comúnmente como Johnson & Johnson cuenta con el aval del Comité de Moléculas Nuevas, el cual sesionó el 7 de mayo pasado (Foto: Reuters / José Luis González)

Con el biológico de Johnson & Johnson, México cuenta ya con seis vacunas aprobadas, las cuales incluyen a las producidas por Pfizer-BioNTech, AstraZeneca, Sinovac, Sputnik V y Cansino.

Por su parte, el canciller Marcelo Ebrard informó que este jueves llegaron a México 2,229,600 dosis de la vacuna contra COVID-19 producida por AstraZeneca y la Universidad de Oxford. Dicha entrega forma parte del mecanismo Covax del cual el país forma parte.

De acuerdo con lo referido por el canciller, estos antígenos serán administrados a las personas de entre 50 y 59 años, quienes actualmente se encuentran recibiendo la protección contra SARS-CoV-2.

“Desde Amsterdam 2 229 600 dosis de AstraZeneca llegaron al Aeropuerto de la CDMX. Fue acertado participar en COVAX desde el principio, ahora es el vehículo para que México reciba estas vacunas para las personas de 50 a 59 años, buena noticia!!”, dio conocer el funcionario en redes sociales.

Con el biológico de Johnson & Johnson, México cuenta ya con seis vacunas aprobadas (Foto: Reuters / Daniel Becerril)Con el biológico de Johnson & Johnson, México cuenta ya con seis vacunas aprobadas (Foto: Reuters / Daniel Becerril)

En cuanto al avance de vacunación en el país, la Secretaría de Salud (SSa) dio a conocer que se aplicaron 738,544 dosis el pasado 26 de mayo. Se trata del segundo día consecutivo en el que se inocula a más de 700,000 personas. En todo el país se han administrado 28,453,348 biológicos.

Al último corte, la autoridad sanitaria reportó 222,232 muertes causadas por la enfermedad de coronavirus en México. Esto quiere decir que en las últimas 24 horas se agregaron 272 nuevos fallecimientos a la estadística nacional.

En tanto, de la semana 18 a la 19 de 2021 se reportó un decremento de 6% en casos estimados (suma de contagios confirmados y sospechosos) a nivel nacional, contabilizándose 2,588,888. Asimismo se notificaron 1,929,821 personas recuperadas de la enfermedad.

México

Senado prohíbe definitivamente las terapias de conversión en México

El pleno Senado de la República aprobó las reformas al Código Penal y a la Ley General de Salud para prohibir y sancionar de forma definitiva y a nivel nacional los Esfuerzos para Corregir la Orientación Sexual e Identidad de Género (ECOSIG), también conocidas como terapias de conversión, las cuales han sido consideradas por organismos internacionales como un acto de tortura en contra de la comunidad LGBTQ+, ya que consisten en someter a las víctimas a abusos sexuales, electrochoques y hasta supuestos exorcismos, para que se se identifiquen como personas cisgénero heterosexuales.

Los senadores aprobaron prohibir los ECOSIG en México con 77 votos a favor, cuatro en contra y 15 abstenciones durante una sesión que duró casi 12 horas, a un mes de que fue aprobada en la Cámara de Diputados y a seis años de que se presentó la iniciativa.

“Para prohibir y sancionar las llamadas terapias de conversión, conocidas como ECOSIG, se aprueba reformar, con 77 votos a favor, cuatro en contra y 15 abstenciones, el Código Penal Federal y la Ley General de Salud.

“Los ECOSIG son prácticas que han incentivado la violación de los derechos humanos de la comunidad LGBTTTIQ+.”, escribió en redes sociales el Senado.

Tras la aprobación de las reformas, el Senado envió el documento al Ejecutivo Federal para que se realice el trámite correspondiente y se publiquen en el Diario Oficial de la Federación.

¿Cómo se sancionarán las terapias de conversión en México?

De acuerdo con el Senado, quien realice las denominadas terapias de conversión o ECOSIG podrá ser sancionado con dos a seis años de prisión y una multa de mil a dos mil veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización (UMA), que actualmente sería una suma de entre 108 mil y 216 mil pesos.

Las reformas que adicionan un artículo 209 Quintus al Código Penal Federal y un artículo 465 Ter a la Ley General de Salud precisan que dichas sanciones se impondrán a quien realice, imparta, aplique, obligue o financie cualquier tipo de tratamiento, terapia, servicio o práctica que obstaculice, restrinja, impida, menoscabe, anule o suprima la orientación sexual, identidad o expresión de género de una persona.

No obstante, la sanción aumentará al doble cuando las conductas tipificadas se realicen en contra de personas menores de 18 años, adultos mayores o personas con alguna discapacidad.

En el proyecto de decreto se establece que bastará la presentación de una denuncia para iniciar la investigación de los hechos que revistan las características del delito al que este precepto se refiere.

¿Los padres de familia podrán ser sancionados?

 

Sí, pero no de la misma forma. En el caso de que sea el padre, madre o tutor de la víctima la persona que incurra en las conductas sancionadas, se les aplicarán las sanciones de amonestación o apercibimiento a consideración del juez.

De igual forma, cuando la persona autora tuviere para con la víctima una relación laboral, docente, doméstica, médica o cualquier otra que implique una subordinación de la víctima; o se valga de la función pública para cometer el delito, también será castigada con destitución e inhabilitación para desempeñar el cargo hasta por un tiempo igual a la pena impuesta.

¿Cómo se sancionará a profesionales de la salud?

 

Subrayó que las personas profesionales, técnicas, auxiliares de las disciplinas para la salud y relacionadas con las prácticas médicas que realicen, impartan, apliquen, obliguen o financien tratamientos, terapias o cualquier tipo de servicios o prácticas quirúrgicas o de otra índole, con el objeto de obstaculizar, restringir, impedir, menoscabar, anular o suprimir la orientación sexual, identidad o expresión de género de una persona, serán sancionadas de acuerdo con el Código Penal Federal, y suspendidas en el ejercicio profesional, de uno a tres años.

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