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Chihuahua

Concluye Rector de la UACH cargo como Presidente de la Región Noroeste de ANUIES

El rector de la Universidad Autónoma de Chihuahua, Jesús Enrique Seáñez Sáenz entregó a la asamblea su último informe al frente del Consejo, en el rco de la sesión Ordinaria 2012-1 del Consejo Regional Noroeste de la ANUIES.

El Secretario General Ejecutivo de la ANUIES, Rafael López Castañares felicitó por el empeño y trabajo realizado por el rector de nuestra Universidad en el periodo que le correspondió dirigir los trabajos de las más de 30 instituciones de educación superior que conforman la Región Noroeste.

Posteriormente, se llevo a cabo la elección del nuevo presidente del Consejo Regional Noroeste, siendo electo por unanimidad Heriberto Grijalva Monteverde, rector de la Universidad Autónoma de Sonora.

Fue el Secretario General Ejecutivo, Rafael López Castañares quien tomó la protesta al rector de la UNISON para el periodo 2012-2016, al frente del Consejo Regional Noroeste de la ANUIES.

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Chihuahua

Declara SCJN despenalización del aborto en Chihuahua

Chihuahua, Chih.- Los ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declararon inconstitucionales varios artículos del Código Penal del Estado de Chihuahua que penalizaban el aborto, tras aprobar la acción de inconstitucionalidad 1/2024 presentada por la Primera Sala.

El ministro Juan Luis González Alcántara Carrancá presentó el proyecto, el cual fue avalado con base en el amparo en revisión 666/2023, resuelto por la Primera Sala el 18 de octubre de 2023 con una mayoría de cuatro votos.

En dicha resolución, se determinó que los artículos 143, párrafos primero y segundo, y 145 del Código Penal de Chihuahua vulneran los derechos a la salud, la igualdad y la no discriminación de las mujeres y personas con capacidad de gestar.

Además, se estableció que estas disposiciones imponen la maternidad de manera obligatoria, lo que atenta contra el derecho de cada persona a definir su proyecto de vida y a disfrutar del mayor nivel de bienestar físico, mental y social, garantizando así su autonomía sobre la salud y el cuerpo, incluyendo la libertad sexual.

El amparo también subrayó la responsabilidad del Estado Mexicano de garantizar el derecho a la salud de mujeres y personas gestantes, brindando acceso a los mejores servicios de salud sexual y reproductiva, entendidos como un estado de bienestar integral y no solo como la ausencia de enfermedades.

Asimismo, se determinó que el artículo 146, fracción primera, es inconstitucional, ya que, aunque prevé excusas absolutorias, sigue considerando el aborto como delito, incluso cuando la interrupción del embarazo no fue consentida, como en casos de violación o inseminación artificial no autorizada. Esta normativa criminaliza a la mujer sin sancionar la conducta, lo que afecta negativamente su derecho a decidir.

Pese a la resolución, el Congreso del Estado no modificó ni derogó los artículos señalados como inconstitucionales, por lo que la Primera Sala solicitó al Pleno de la Corte emitir la declaratoria general de inconstitucionalidad, la cual entrará en vigor una vez que se notifique al órgano legislativo local.

Al tratarse de una materia penal, la declaratoria tendrá efectos retroactivos, beneficiando a mujeres y personas gestantes que estén bajo investigación, proceso o hayan sido sentenciadas por aborto, así como a los profesionales de la salud que hayan realizado interrupciones del embarazo con consentimiento.

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