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México

Crearían órgano descentralizado para el café Hecho en México

Con el fin de establecer las condiciones necesarias para garantizar su producción sostenible, rentable y con alto crecimiento, la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación (Sagarpa) realizará la legislación pertinente para crear un órgano descentralizado del café Hecho en México.

Este sector es de significativa importancia social y económica para el país entero, y, por ende, el Gobierno de la República busca sentar las bases de productividad que se han establecido en el gremio; así lo aseveró el subsecretario de Agricultura, Jorge Armando Narváez, en el marco de la 24 Asamblea del Comité Nacional Sistema Producto Café.

(En dicho rubro destaca) la creación de la Coordinación de Atención al Café. Sin embargo, es tiempo de que exista una ley que ampare el tema” de esta producción a nivel nacional, subrayó a través de un comunicado Jorge Armando Narváez.

El titular de la Sagarpa adelantó que las autoridades federales ya atienden las necesidades reales de cada zona, amparado en un estudio específico que empodere las fortalezas y áreas de oportunidad de cada zona productora; apuntó que este proyecto se realiza en colaboración con líderes cafetaleros del país.

Este tema debe mantenerse en su dimensión adecuada, con la meta fija de generar 4.5 millones de sacos para 2018, ya que el sector posee las cualidades necesarias para que este crecimiento continúe y en 2020 se llegue a seis o siete millones de sacos de café”, previó.

Finalmente, dijo que la relación entre México y Estados Unidos representa más una oportunidad de crecimiento y expansión que una amenaza para el país; llamó a buscar nuevos nichos de mercado en naciones interesadas por el café nacional, como son China, Rusia, Japón y la Península Arábiga, pues ya comienzan a fortalecer su relación comercial.

Excelsior

México

¡Fondo de Pensiones para el Bienestar! Requisitos para recibir $16,777 al mes

Tal vez durante los últimos días hayas escuchado muchas opiniones acerca de la creación del Fondo de Pensiones para el Bienestar, cuya aprobación en el Congreso y posteriormente en el Senado, generó mucho «ruido mediático», en especial por la toma de recursos de las Afores inactivas. Más allá de eso, te decimos cómo funciona y los requisitos para ser beneficiario.

De acuerdo a la información oficial, la creación del Fondo de Pensiones para el Bienestar se dio Con la meta de fortalecer la seguridad financiera de los trabajadores mexicanos al jubilarse. Se trata de un fideicomiso público destinado a complementar las pensiones otorgadas por los institutos de seguridad social del país, incluyendo el IMSS, Infonavit e ISSSTE. 

¿Quiénes recibirán dinero del Fondo de Pensiones para el Bienestar?

La iniciativa busca garantizar que las pensiones sean equivalentes al último salario percibido por el trabajador, siempre y cuando este no supere el límite de 16,777.78 pesos al mes.

Para ser elegibles para este complemento, los trabajadores deben retirarse a la edad de 65 años, haber cotizado en el sistema Afore desde julio de 1997 en el caso del IMSS, y desde abril de 2007 en el caso del ISSSTE. Además, la pensión no debe exceder el límite mencionado anteriormente.

Es importante destacar que este tope se determinó en base al salario promedio de cotización en el IMSS en 2023 y se ajustará anualmente según la tasa de inflación.

Asimismo, según lo aprobado, se priorizará a los trabajadores que comenzaron su cotización a partir de julio de 1997 y alcancen los 65 años de edad.

Polémicas sobre el Fondo de Pensiones para el Bienestar:

Una de las medidas más controvertidas, que ha generado rechazo por parte de la oposición, es la decisión de concentrar los recursos de los trabajadores en este fondo. 

Estos fondos provienen de las subcuentas de retiro, cesantía en edad avanzada y vejez de trabajadores del sector privado que no hayan sido reclamados a los 70 años, así como de los recursos cotizados por trabajadores del sector público al ISSSTE que no se hayan requerido a los 75 años.

Con las reformas, las Administradoras de Fondos para el Retiro (Afores) y PENSIONISSSTE están obligadas a realizar transferencias automáticas al Fondo de Pensiones para el Bienestar, sin necesidad de una resolución judicial, una vez que los trabajadores alcancen la edad indicada.

Además, Infonavit y FOVISSSTE deben notificar a los trabajadores un año antes de transferir sus recursos al fondo, a los 70 y 75 años respectivamente.

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