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México

Denuncia titular de Derechos Humanos amenazas de muerte

La presidente de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH), Rosario Piedra Ibarra, denunció este jueves que recibió amenazas de muerte contra ella y a su familia a través de mensajes de texto y llamadas telefónicas, lo cual atribuyó a su labor al frente del organismo defensor.

En conferencia de prensa, informó que ya presentó una denuncia ante la Fiscalía General de Justicia de la Ciudad de México por estos hechos suscitados el pasado 8 de junio.

“El domingo 8 de junio fui víctima de un ataque cibernético, una serie de amenazas vía mensajes de Whatsapp, llamadas telefónicas y mensajes de texto. Las amenazas eran de varias personas de diversos estados del país y fueron más de cien números telefónicos registrados y documentados, que no solo me amenazaban a mí, sino que involucraban a mi familia”, explicó.

Rosario Piedra consideró que las amenazas tiene que ver con su labor en la CNDH y el cambió a una defensoría del pueblo, lo que “destapó una campaña mediática donde decían que yo solamente quería atender a los pobres, solo que es falso, ya que es un concepto que engloba a todos al decir defensoría del pueblo”.

“Las amenazas no me atemorizan, estoy acostumbrada a tener presión ante esta lucha que hemos llevado desde siempre como víctimas, pero ahora con un estatus de poder hacer, de poder solucionar cosas, de poder impedir, de poder impedir que en este país no se sigan violentando los derechos humanos”, aseguró Piedra Ibarra.

“Esta campaña de amenazas tuvo que ver con los 30 años de la Comisión, con el aniversario de los 30 años de la comisión, donde había dicho que pretendía hacer una defensoría del pueblo.

“Se desató una campaña mediática donde se decía que yo soy solamente quería atender a los pobres, es falso porque una defensoría del pueblo engloba a todos los ciudadanos y ciudadanas de este país: ricos y pobre, mujer y hombres, niños, adultos mayores, comunidades indígenas, personas con discapacidad”.

Asimismo, dijo, estas amenazas surgen a raíz de la investigación que realiza la Comisión por la muerte del joven Giovanni López, quien murió a manos de la policía el pasado 4 de junio en el municipio de Ixtlahuacán de los Membrillos, Jalisco.

“Recibí amenazas donde me decían que no me metiera con el gobernador, cuando estoy investigando un caso, no se ha señalado a nadie, se está investigando seriamente y vamos a seguir adelante con la investigación”.

Indicó que estas amenazas las hizo públicas porque no tolerará que siga imperando la impunidad en el país, por lo que estará en manos de la justicia al resolver el caso.

México

Senado prohíbe definitivamente las terapias de conversión en México

El pleno Senado de la República aprobó las reformas al Código Penal y a la Ley General de Salud para prohibir y sancionar de forma definitiva y a nivel nacional los Esfuerzos para Corregir la Orientación Sexual e Identidad de Género (ECOSIG), también conocidas como terapias de conversión, las cuales han sido consideradas por organismos internacionales como un acto de tortura en contra de la comunidad LGBTQ+, ya que consisten en someter a las víctimas a abusos sexuales, electrochoques y hasta supuestos exorcismos, para que se se identifiquen como personas cisgénero heterosexuales.

Los senadores aprobaron prohibir los ECOSIG en México con 77 votos a favor, cuatro en contra y 15 abstenciones durante una sesión que duró casi 12 horas, a un mes de que fue aprobada en la Cámara de Diputados y a seis años de que se presentó la iniciativa.

“Para prohibir y sancionar las llamadas terapias de conversión, conocidas como ECOSIG, se aprueba reformar, con 77 votos a favor, cuatro en contra y 15 abstenciones, el Código Penal Federal y la Ley General de Salud.

“Los ECOSIG son prácticas que han incentivado la violación de los derechos humanos de la comunidad LGBTTTIQ+.”, escribió en redes sociales el Senado.

Tras la aprobación de las reformas, el Senado envió el documento al Ejecutivo Federal para que se realice el trámite correspondiente y se publiquen en el Diario Oficial de la Federación.

¿Cómo se sancionarán las terapias de conversión en México?

De acuerdo con el Senado, quien realice las denominadas terapias de conversión o ECOSIG podrá ser sancionado con dos a seis años de prisión y una multa de mil a dos mil veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización (UMA), que actualmente sería una suma de entre 108 mil y 216 mil pesos.

Las reformas que adicionan un artículo 209 Quintus al Código Penal Federal y un artículo 465 Ter a la Ley General de Salud precisan que dichas sanciones se impondrán a quien realice, imparta, aplique, obligue o financie cualquier tipo de tratamiento, terapia, servicio o práctica que obstaculice, restrinja, impida, menoscabe, anule o suprima la orientación sexual, identidad o expresión de género de una persona.

No obstante, la sanción aumentará al doble cuando las conductas tipificadas se realicen en contra de personas menores de 18 años, adultos mayores o personas con alguna discapacidad.

En el proyecto de decreto se establece que bastará la presentación de una denuncia para iniciar la investigación de los hechos que revistan las características del delito al que este precepto se refiere.

¿Los padres de familia podrán ser sancionados?

 

Sí, pero no de la misma forma. En el caso de que sea el padre, madre o tutor de la víctima la persona que incurra en las conductas sancionadas, se les aplicarán las sanciones de amonestación o apercibimiento a consideración del juez.

De igual forma, cuando la persona autora tuviere para con la víctima una relación laboral, docente, doméstica, médica o cualquier otra que implique una subordinación de la víctima; o se valga de la función pública para cometer el delito, también será castigada con destitución e inhabilitación para desempeñar el cargo hasta por un tiempo igual a la pena impuesta.

¿Cómo se sancionará a profesionales de la salud?

 

Subrayó que las personas profesionales, técnicas, auxiliares de las disciplinas para la salud y relacionadas con las prácticas médicas que realicen, impartan, apliquen, obliguen o financien tratamientos, terapias o cualquier tipo de servicios o prácticas quirúrgicas o de otra índole, con el objeto de obstaculizar, restringir, impedir, menoscabar, anular o suprimir la orientación sexual, identidad o expresión de género de una persona, serán sancionadas de acuerdo con el Código Penal Federal, y suspendidas en el ejercicio profesional, de uno a tres años.

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