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México

Deportan México y EEUU a más de 5 mil hondureños en lo que va de 2017

Las autoridades migratorias de Estados Unidos y México han deportado entre enero y las primeras dos semanas de febrero a 5 mil 043 hondureños, según un informe divulgado hoy por el Observatorio Consular y Migratorio de Honduras.

En el caso de Estados Unidos, los hondureños deportados por vía aérea suman 2.068, entre ellos siete menores, señala el documento del Observatorio de Exteriores hondureño, al que tuvo acceso Efe.

México ha deportado en el período de referencia, por vía terrestre, a 2.855 hondureños indocumentados, 995 de ellos menores de edad, añade la información oficial.

Otros 120 hondureños fueron deportados por las autoridades mexicanas vía aérea, mientras que cinco más desde Belice, El Salvador y Guatemala, según el informe.

Según cifras del Observatorio Consular y Migratorio de Honduras, en 2016 Estados Unidos deportó a 21.587 hondureños, mientras que 47.678 retornaron de México por vía terrestre.

Precisa además que en el período de referencia fueron repatriados 22 hondureños indocumentados que fallecieron por diversas causas.

Del total de hondureños fallecidos, 15 fueron repatriados de Estados Unidos; 6 de México y uno más de España, según un informe del Observatorio de Exteriores hondureño.

Las autoridades de Honduras calculan que en Estados Unidos viven alrededor de un millón de hondureños, entre residentes legales e indocumentados, que han escapado de situaciones que afectan al país centroamericano, como la violencia.

Los que viven en el exterior, principalmente en EE.UU., envían remesas familiares, las que el año pasado superaron los 3.700 millones de dólares.

Según organismos de derechos humanos, un centenar de hondureños salen a diario hacia Estados Unidos y pagan a traficantes de personas grandes cantidades de dinero.

Noticias MVS

México

¡Fondo de Pensiones para el Bienestar! Requisitos para recibir $16,777 al mes

Tal vez durante los últimos días hayas escuchado muchas opiniones acerca de la creación del Fondo de Pensiones para el Bienestar, cuya aprobación en el Congreso y posteriormente en el Senado, generó mucho «ruido mediático», en especial por la toma de recursos de las Afores inactivas. Más allá de eso, te decimos cómo funciona y los requisitos para ser beneficiario.

De acuerdo a la información oficial, la creación del Fondo de Pensiones para el Bienestar se dio Con la meta de fortalecer la seguridad financiera de los trabajadores mexicanos al jubilarse. Se trata de un fideicomiso público destinado a complementar las pensiones otorgadas por los institutos de seguridad social del país, incluyendo el IMSS, Infonavit e ISSSTE. 

¿Quiénes recibirán dinero del Fondo de Pensiones para el Bienestar?

La iniciativa busca garantizar que las pensiones sean equivalentes al último salario percibido por el trabajador, siempre y cuando este no supere el límite de 16,777.78 pesos al mes.

Para ser elegibles para este complemento, los trabajadores deben retirarse a la edad de 65 años, haber cotizado en el sistema Afore desde julio de 1997 en el caso del IMSS, y desde abril de 2007 en el caso del ISSSTE. Además, la pensión no debe exceder el límite mencionado anteriormente.

Es importante destacar que este tope se determinó en base al salario promedio de cotización en el IMSS en 2023 y se ajustará anualmente según la tasa de inflación.

Asimismo, según lo aprobado, se priorizará a los trabajadores que comenzaron su cotización a partir de julio de 1997 y alcancen los 65 años de edad.

Polémicas sobre el Fondo de Pensiones para el Bienestar:

Una de las medidas más controvertidas, que ha generado rechazo por parte de la oposición, es la decisión de concentrar los recursos de los trabajadores en este fondo. 

Estos fondos provienen de las subcuentas de retiro, cesantía en edad avanzada y vejez de trabajadores del sector privado que no hayan sido reclamados a los 70 años, así como de los recursos cotizados por trabajadores del sector público al ISSSTE que no se hayan requerido a los 75 años.

Con las reformas, las Administradoras de Fondos para el Retiro (Afores) y PENSIONISSSTE están obligadas a realizar transferencias automáticas al Fondo de Pensiones para el Bienestar, sin necesidad de una resolución judicial, una vez que los trabajadores alcancen la edad indicada.

Además, Infonavit y FOVISSSTE deben notificar a los trabajadores un año antes de transferir sus recursos al fondo, a los 70 y 75 años respectivamente.

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