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México

Desaparece estudiante de 16 años tras broma estudiantil

A través de las redes sociales se empieza a viralizar la denuncia de la desaparición del adolescente Jorge Barrera de 16 años, el cual según dicho mensaje habría desaparecido por una broma estudiantil.

«Unos morros del grupo de mi hermana de la prepa 5 (grupo 454) le hicieron una broma muy pesada a este niño Jorge Barrera, es de escasos recursos y se les hizo muy gracioso mentirle para que fuera a la prepa. Les creyó y cuando llegó los chavos del grupo literalmente le dijeron «estúpido» por creerlo. Este niño no tenía datos ni internet para enterarse de que era broma, sólo pidió indicaciones y les creyó”.

“Después de esta broma se desconoce el paradero de Jorge Barrera. Por favor COMPARTAN y ayuden a encontrarlo, ante esta situación EVITEN hacer bromas por qué como bien dijo ‘no todos tenemos las mismas oportunidades’”, dice el mensaje atribuido a una cuenta con el nombre de @Faby Rz.

Para este jueves cinco de noviembre a las 12 horas el Colectivo Las Guerreras de Atenea y otros colectivos estarán en la preparatoria número cinco para exigir un pronunciamiento de la directora Velia Carrillo García, así como la suspensión de los involucrados en la broma hacia su compañero extraviado, y de las cuales aseguran tienen pruebas.

De acuerdo con la Alerta Amber emitida por la Fiscalía General de Justicia de la Ciudad de México, Jorge Barrera Ríos desapareció el 26 de octubre y se le vio por última vez en la calle Abejones, colonia Ampliación Isidro Fabela, alcaldía Tlalpan, aunque aclaran que la denuncia fue recibida el día tres de noviembre.

Vestía chamarra negra con franja gris, pantalón de mezclilla gris y tenis blanco con negro; como señas particulares tiene un lunar en el dedo índice y pulgar, y una cicatriz en el costado izquierdo.

Entre los mensajes que se comparten también hay capturas de pantalla presuntamente de un chat del grupo 454 al que pertenecía Jorge y fotos de los perfiles de los supuestos organizadores de la broma.

Hasta el momento ningún familiar del adolescente se ha pronunciado públicamente.

México

Senado prohíbe definitivamente las terapias de conversión en México

El pleno Senado de la República aprobó las reformas al Código Penal y a la Ley General de Salud para prohibir y sancionar de forma definitiva y a nivel nacional los Esfuerzos para Corregir la Orientación Sexual e Identidad de Género (ECOSIG), también conocidas como terapias de conversión, las cuales han sido consideradas por organismos internacionales como un acto de tortura en contra de la comunidad LGBTQ+, ya que consisten en someter a las víctimas a abusos sexuales, electrochoques y hasta supuestos exorcismos, para que se se identifiquen como personas cisgénero heterosexuales.

Los senadores aprobaron prohibir los ECOSIG en México con 77 votos a favor, cuatro en contra y 15 abstenciones durante una sesión que duró casi 12 horas, a un mes de que fue aprobada en la Cámara de Diputados y a seis años de que se presentó la iniciativa.

“Para prohibir y sancionar las llamadas terapias de conversión, conocidas como ECOSIG, se aprueba reformar, con 77 votos a favor, cuatro en contra y 15 abstenciones, el Código Penal Federal y la Ley General de Salud.

“Los ECOSIG son prácticas que han incentivado la violación de los derechos humanos de la comunidad LGBTTTIQ+.”, escribió en redes sociales el Senado.

Tras la aprobación de las reformas, el Senado envió el documento al Ejecutivo Federal para que se realice el trámite correspondiente y se publiquen en el Diario Oficial de la Federación.

¿Cómo se sancionarán las terapias de conversión en México?

De acuerdo con el Senado, quien realice las denominadas terapias de conversión o ECOSIG podrá ser sancionado con dos a seis años de prisión y una multa de mil a dos mil veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización (UMA), que actualmente sería una suma de entre 108 mil y 216 mil pesos.

Las reformas que adicionan un artículo 209 Quintus al Código Penal Federal y un artículo 465 Ter a la Ley General de Salud precisan que dichas sanciones se impondrán a quien realice, imparta, aplique, obligue o financie cualquier tipo de tratamiento, terapia, servicio o práctica que obstaculice, restrinja, impida, menoscabe, anule o suprima la orientación sexual, identidad o expresión de género de una persona.

No obstante, la sanción aumentará al doble cuando las conductas tipificadas se realicen en contra de personas menores de 18 años, adultos mayores o personas con alguna discapacidad.

En el proyecto de decreto se establece que bastará la presentación de una denuncia para iniciar la investigación de los hechos que revistan las características del delito al que este precepto se refiere.

¿Los padres de familia podrán ser sancionados?

 

Sí, pero no de la misma forma. En el caso de que sea el padre, madre o tutor de la víctima la persona que incurra en las conductas sancionadas, se les aplicarán las sanciones de amonestación o apercibimiento a consideración del juez.

De igual forma, cuando la persona autora tuviere para con la víctima una relación laboral, docente, doméstica, médica o cualquier otra que implique una subordinación de la víctima; o se valga de la función pública para cometer el delito, también será castigada con destitución e inhabilitación para desempeñar el cargo hasta por un tiempo igual a la pena impuesta.

¿Cómo se sancionará a profesionales de la salud?

 

Subrayó que las personas profesionales, técnicas, auxiliares de las disciplinas para la salud y relacionadas con las prácticas médicas que realicen, impartan, apliquen, obliguen o financien tratamientos, terapias o cualquier tipo de servicios o prácticas quirúrgicas o de otra índole, con el objeto de obstaculizar, restringir, impedir, menoscabar, anular o suprimir la orientación sexual, identidad o expresión de género de una persona, serán sancionadas de acuerdo con el Código Penal Federal, y suspendidas en el ejercicio profesional, de uno a tres años.

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