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Dictan auto de formal prisión a Guillermo Padrés, exgobernador de Sonora

Juez Federal dictó auto de formal prisión en contra del exmandatario panista Guillermo Padrés Elías, quien llevará el juicio por defraudación fiscal y lavado de dinero.

En las próximas horas, también se definirá la situación legal de Guillermo Padrés Dagnino, hijo mayor del exgobernador de Sonora, quien también figura en la investigación de la Procuraduría General de la República debido a que su padre realizó transferencias electrónicas a una cuenta bancaria a su nombre.

Los cargos fueron presentados bajo el viejo Sistema de Justicia Penal, por lo que Padrés, no alcanza fianza al ser considerado un delito grave, sin embargo, puede solicitar una medida cautelar para llevar el proceso fuera de prisión.

La acusación presentada por la Procuraduría General de la República (PGR), indica que el exmandatario estaría involucrado en operaciones para lavar 8.8 millones de pesos.

La orden de aprehensión contra el ex mandatario, girada el pasado 20 de octubre por el Juez Decimosegundo de Distrito de Procesos Penales Federales, por el delito de Defraudación Fiscal Equiparada, ilícito en el que se busca establecer si hubo colaboración de Guillermo y su hermano Miguel Padrés, el empresario Francisco Monreal González, así como otras personas.

Tras la resolución del juez, el exgobernador sonorense se encuentra a disposición de las autoridades del Reclusorio Oriente.

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ANTECEDENTE…
En el año 2011, según las pruebas presentadas por la PGR, Guillermo y Miguel Padrés, habrían ideado una estrategia financiera para “lavar” dinero, a través de un esquema de inversión en recursos minerales.

Con ayuda de un notario público en Sonora, habrían logrado simular diversos documentos en los que se establecieron compromisos de inversiones millonarias a favor de la empresa “MINERA SWF”, para la exploración y explotación de un predio minero denominado “SHIRLEY”, por un monto de 7.8 millones de dólares.

El predio “SHIRLEY”, se encuentra en los linderos del “Pozo Nuevo”, y el “Derrumbadero”, propiedades de la familia Padrés.

Entre las investigaciones que se le realizan a Padrés, se encuentran carpetas por los delitos de delincuencia organizada, lavado de dinero y evasión de impuestos.

Derivado de las operaciones ilícitas que se le imputan, las autoridades federales han estimado que la riqueza del expanista, alcanza los 288 millones de pesos, cifra muy por encima de la calculada al arranque de su gobierno en Sonora, momento para el que se le atribuía un patrimonio de apenas 2 millones de pesos.

Cabe mencionar que tras dos años de investigaciones por parte de las autoridades de

 

Excelsior

México

¡Fondo de Pensiones para el Bienestar! Requisitos para recibir $16,777 al mes

Tal vez durante los últimos días hayas escuchado muchas opiniones acerca de la creación del Fondo de Pensiones para el Bienestar, cuya aprobación en el Congreso y posteriormente en el Senado, generó mucho «ruido mediático», en especial por la toma de recursos de las Afores inactivas. Más allá de eso, te decimos cómo funciona y los requisitos para ser beneficiario.

De acuerdo a la información oficial, la creación del Fondo de Pensiones para el Bienestar se dio Con la meta de fortalecer la seguridad financiera de los trabajadores mexicanos al jubilarse. Se trata de un fideicomiso público destinado a complementar las pensiones otorgadas por los institutos de seguridad social del país, incluyendo el IMSS, Infonavit e ISSSTE. 

¿Quiénes recibirán dinero del Fondo de Pensiones para el Bienestar?

La iniciativa busca garantizar que las pensiones sean equivalentes al último salario percibido por el trabajador, siempre y cuando este no supere el límite de 16,777.78 pesos al mes.

Para ser elegibles para este complemento, los trabajadores deben retirarse a la edad de 65 años, haber cotizado en el sistema Afore desde julio de 1997 en el caso del IMSS, y desde abril de 2007 en el caso del ISSSTE. Además, la pensión no debe exceder el límite mencionado anteriormente.

Es importante destacar que este tope se determinó en base al salario promedio de cotización en el IMSS en 2023 y se ajustará anualmente según la tasa de inflación.

Asimismo, según lo aprobado, se priorizará a los trabajadores que comenzaron su cotización a partir de julio de 1997 y alcancen los 65 años de edad.

Polémicas sobre el Fondo de Pensiones para el Bienestar:

Una de las medidas más controvertidas, que ha generado rechazo por parte de la oposición, es la decisión de concentrar los recursos de los trabajadores en este fondo. 

Estos fondos provienen de las subcuentas de retiro, cesantía en edad avanzada y vejez de trabajadores del sector privado que no hayan sido reclamados a los 70 años, así como de los recursos cotizados por trabajadores del sector público al ISSSTE que no se hayan requerido a los 75 años.

Con las reformas, las Administradoras de Fondos para el Retiro (Afores) y PENSIONISSSTE están obligadas a realizar transferencias automáticas al Fondo de Pensiones para el Bienestar, sin necesidad de una resolución judicial, una vez que los trabajadores alcancen la edad indicada.

Además, Infonavit y FOVISSSTE deben notificar a los trabajadores un año antes de transferir sus recursos al fondo, a los 70 y 75 años respectivamente.

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