El titular de la Secretaría de Relaciones Exteriores (SRE) canciller Marcelo Ebrard, admitió que posiblemente, el narcotraficante Eduardo Arellano Félix alias “El Doctor”, haya cambiado su condición de testigo ante el gobierno de Estados Unidos, al tiempo que señaló que no será deportado a México el viernes.
Al participar en la conferencia de prensa del presidente Andrés Manuel López Obrador, el canciller confirmó que se cambió el estatus de Arellano Félix.
“Se le cambió el estatus. Estados Unidos no tiene obligación de decirnos por qué, pero lo que asumimos o presumimos es que cambió la condición de testigo, es lo más probable, pero lo vamos a comprobar el día de hoy. Es decir, no va a ser deportado hacia México el miércoles”, señaló.
Al ser cuestionado por un reportero sobre si la Fiscalía General de la República (FGR) tiene algún cargo contra el narcotraficante del Cártel de Tijuana, Ebrard Casaubón señaló que eso dependerá de la Fiscalía.
“Dependería de la FGR, pero por lo que nosotros hace, confirmo que se cambió el estatus y presumimos que es por el cambió de calidad del procesado..pero lo vamos a precisar por la tarde”, dijo.
Y es que el último de los hermanos varones que lideraban el Cártel de Tijuana, podría salir de la cárcel en los próximos días luego de permanecer más de 10 años en prisión acusado de delitos relacionados con narcotráfico.
Las autoridades mexicanas todavía no tienen ningún cargo ni argumento legal en su contra para poder aprehenderlo una vez que toque suelo mexicano, de acuerdo con diario Milenio.
Fuentes federales le habrían asegurado a la periodista Laura Sánchez Ley que pese a estar cerca la fecha de liberación de Arellano Félix, “la búsqueda de procesos judiciales se mantiene abierta”.
En este contexto, los informes de Sánchez Ley advierten que quien supuestamente fungiera como el operador financiero de los Arellano Félix recobrará su libertad el próximo 18 de agosto.
Sin embargo, la defensa de Arellano Félix habría tramitado un amparo ante el juez Tercero de Distrito de Amparo en Materia Penal desde principios del mes de junio de 2021, por lo que las autoridades le pidieron aclarar la misma, pero luego fue negada la suspensión definitiva, informó el medio de circulación nacional.
Eduardo Arellano Félix (Foto: Cuartoscuro)
Dicho amparo fue tramitado ante posibles “actos privativos de libertad y las órdenes de aprehensión (detención), reaprehensión y/o comparecencia y/o presentación, así como su ejecución”, informaron.
“El Doctor” fue detenido en un inmueble del Fraccionamiento Misiones del Pedregal, en Tijuana Baja California, el 26 de octubre de 2008 tras un fuerte enfrentamiento en que el que participaron agentes del Ejército y la Policía Federal.
Tras su detención, fue extraditado a Estados Unidos en donde fue recluido en la prisión de alta seguridad del Complejo Correccional Federal Allenwood de Pennsylvania bajo el número de registro 04117-748, según datos de la Agencia Federal de Prisiones de la Unión Americana.
La jueza federal Alejandra Ramírez de la Vega vinculó a proceso al exgobernador de Baja California Ernesto Ruffo Appel y a siete personas más por su probable participación en delincuencia organizada y contrabando de hidrocarburos mediante ferrocarril. La Fiscalía Especializada en Materia de Delincuencia Organizada presentó datos que la juzgadora consideró suficientes para avanzar con el proceso; lo que todavía no está determinado es su culpabilidad ni una posible sentencia.
La resolución fue emitida después de una audiencia que se prolongó por más de 30 horas en instalaciones del Poder Judicial de la Federación anexas al Centro Federal de Readaptación Social número 1, conocido como el Altiplano, en Almoloya de Juárez, Estado de México. La diligencia fue encabezada por Ramírez de la Vega, jueza de control adscrita al Centro de Justicia Penal Federal de esa localidad.
¿Qué significa que Ernesto Ruffo fue vinculado a proceso?
La vinculación a proceso significa que la jueza encontró datos que permiten considerar, en esta etapa inicial, que pudo haberse cometido un delito y que existe una probabilidad de participación de las personas imputadas.
El artículo 316 del Código Nacional de Procedimientos Penales establece que para dictar esta resolución debe haberse formulado la imputación, otorgado al acusado la posibilidad de declarar y presentado datos sobre un hecho señalado como delito. También se requiere que no exista una causa que extinga la acción penal o excluya el delito.
La decisión no determina que Ruffo o los demás acusados sean responsables. Los datos utilizados para vincularlos tampoco pueden convertirse automáticamente en las pruebas de una sentencia. Durante la investigación complementaria, la Fiscalía deberá fortalecer su acusación, mientras las defensas podrán presentar documentos, peritajes y testimonios para controvertirla.
¿Cómo habría operado la red de huachicol ferroviario?
La FEMDO sostiene que Ruffo y sus coacusados habrían diseñado un esquema de simulaciones mediante 11 empresas. El objetivo habría sido introducir ilegalmente a México 18 millones 225 mil 657 litros de gasolina y diésel transportados en 163 carrotanques ferroviarios.