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México

Ejecutan en Los Cabos al mayor de los Arellano Félix

Francisco Rafael Arellano Félix, el mayor de los hermanos Arellano Félix, fue ejecutado anoche en Los Cabos, Baja California Sur, de acuerdo con fuentes policiacas.

Francisco Rafael Arellano Félix, el mayor de los hermanos Arellano Félix, fue ejecutado anoche en Los Cabos, Baja California Sur, de acuerdo con fuentes policiacas.

Supuestamente Arellano Félix se encontraba en un festejo familiar en el salón de fiestas Ocean House del hotel Marbella, a donde supuestamente un hombre llegó y le disparó en la cabeza y el tórax.

Otras versiones indican que el atacante llegó disfrazado de payaso.

El homicidio provocó una intensa movilización de elementos de los tres órdenes de gobierno, incluido el Ejército, tras recibirse una llamada al servicio de emergencia.

Aunque no proporcionaron detalles, fuentes de la Procuraduría General de Justicia en Baja California Sur confirmaron el hecho y agregaron que el cuerpo fue identificado por uno de los hijos de Arellano Félix.

Informes de la PGR, de la Procuraduría General de Justicia del Estado y de la Sedena indican que el fallecido portaba una credencial con el nombre de Francisco Arellano Félix.

Francisco Rafael, de 64 años, fue detenido el 7 de agosto de 1980 en San Diego, California por la venta de cocaína a un agente encubierto de la DEA.

El integrante del cártel de Tijuana fue extraditado a Estados Unidos el 16 de septiembre de 2006. En 2007 fue condenado a seis años de cárcel tras declararse culpable del delito de venta de droga.

Luego, en 2008 las autoridades de Estados Unidos le concedieron su libertad por buena conducta y fue repatriado a México por la frontera El Paso-Ciudad Juárez.

Brian White, abogado de Francisco Rafael, dijo que su cliente recibió el beneficio de reducción de condena y obtuvo la libertad condicional.

En los noventa el gobierno de Estados Unidos calificaba a los hermanos Arellano Félix de “criminales apuestos, multimillonarios y despiadados”. En California decían que Ramón, Francisco Rafael, Benjamín y Francisco Javier vestían y hablaban bien, andaban con esmoquin y sólo por su presentación se les abrían muchas puertas.

Francisco Rafael solía publicar desplegados en el periódico El Noroeste, de Culiacán, en los que se decía “creyente en Dios sin ser un tragasantos”; también escribía que el puerto de Mazatlán sería otro si tuviera 10 empresarios tan emprendedores como él. Era propietario de Frankie Oh, una de las discotecas “más grandes y costosas del mundo”.

Los hermanos Ramón, Francisco Rafael, Benjamín y Francisco Javier Arellano Félix se asociaron al principio con los capos Miguel Ángel Félix Gallardo, primo hermano de su madre, con Rafael Caro Quintero e Ismael El Mayo Zambada; también con Manuel Salcido Uzeta, El Cochiloco, asesinado en octubre de 1991 en Guadalajara.

En los noventa movían toneladas de cocaína de Sudamérica y no sólo tenían protección de escoltas, sino que contrataban a policías y a juniors y pandilleros de San Diego para enfrentar a Joaquín El Chapo Guzmán.

La organización de los Arellano Félix se consolidó a finales de los ochenta, tras la captura, el 8 de abril de 1989, de Miguel Ángel Félix Gallardo, el líder del cártel de Guadalajara, organización que se escindió y dio paso a los cárteles de Sinaloa, liderado por El Chapo Guzmán, y de Tijuana, con los Arellano Félix al frente.

Fuente: Proceso.

 

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México

Senado prohíbe definitivamente las terapias de conversión en México

El pleno Senado de la República aprobó las reformas al Código Penal y a la Ley General de Salud para prohibir y sancionar de forma definitiva y a nivel nacional los Esfuerzos para Corregir la Orientación Sexual e Identidad de Género (ECOSIG), también conocidas como terapias de conversión, las cuales han sido consideradas por organismos internacionales como un acto de tortura en contra de la comunidad LGBTQ+, ya que consisten en someter a las víctimas a abusos sexuales, electrochoques y hasta supuestos exorcismos, para que se se identifiquen como personas cisgénero heterosexuales.

Los senadores aprobaron prohibir los ECOSIG en México con 77 votos a favor, cuatro en contra y 15 abstenciones durante una sesión que duró casi 12 horas, a un mes de que fue aprobada en la Cámara de Diputados y a seis años de que se presentó la iniciativa.

“Para prohibir y sancionar las llamadas terapias de conversión, conocidas como ECOSIG, se aprueba reformar, con 77 votos a favor, cuatro en contra y 15 abstenciones, el Código Penal Federal y la Ley General de Salud.

“Los ECOSIG son prácticas que han incentivado la violación de los derechos humanos de la comunidad LGBTTTIQ+.”, escribió en redes sociales el Senado.

Tras la aprobación de las reformas, el Senado envió el documento al Ejecutivo Federal para que se realice el trámite correspondiente y se publiquen en el Diario Oficial de la Federación.

¿Cómo se sancionarán las terapias de conversión en México?

De acuerdo con el Senado, quien realice las denominadas terapias de conversión o ECOSIG podrá ser sancionado con dos a seis años de prisión y una multa de mil a dos mil veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización (UMA), que actualmente sería una suma de entre 108 mil y 216 mil pesos.

Las reformas que adicionan un artículo 209 Quintus al Código Penal Federal y un artículo 465 Ter a la Ley General de Salud precisan que dichas sanciones se impondrán a quien realice, imparta, aplique, obligue o financie cualquier tipo de tratamiento, terapia, servicio o práctica que obstaculice, restrinja, impida, menoscabe, anule o suprima la orientación sexual, identidad o expresión de género de una persona.

No obstante, la sanción aumentará al doble cuando las conductas tipificadas se realicen en contra de personas menores de 18 años, adultos mayores o personas con alguna discapacidad.

En el proyecto de decreto se establece que bastará la presentación de una denuncia para iniciar la investigación de los hechos que revistan las características del delito al que este precepto se refiere.

¿Los padres de familia podrán ser sancionados?

 

Sí, pero no de la misma forma. En el caso de que sea el padre, madre o tutor de la víctima la persona que incurra en las conductas sancionadas, se les aplicarán las sanciones de amonestación o apercibimiento a consideración del juez.

De igual forma, cuando la persona autora tuviere para con la víctima una relación laboral, docente, doméstica, médica o cualquier otra que implique una subordinación de la víctima; o se valga de la función pública para cometer el delito, también será castigada con destitución e inhabilitación para desempeñar el cargo hasta por un tiempo igual a la pena impuesta.

¿Cómo se sancionará a profesionales de la salud?

 

Subrayó que las personas profesionales, técnicas, auxiliares de las disciplinas para la salud y relacionadas con las prácticas médicas que realicen, impartan, apliquen, obliguen o financien tratamientos, terapias o cualquier tipo de servicios o prácticas quirúrgicas o de otra índole, con el objeto de obstaculizar, restringir, impedir, menoscabar, anular o suprimir la orientación sexual, identidad o expresión de género de una persona, serán sancionadas de acuerdo con el Código Penal Federal, y suspendidas en el ejercicio profesional, de uno a tres años.

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