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México

El costo de la deuda en México baja 9.2% en 2021 por primera vez desde hace 8 años

El costo financiero de la deuda disminuyó –9.2 por ciento en los primeros ocho meses de este año, por lo que el Gobierno federal sólo tuvo que desembolsar en intereses y comisiones un total de 422 mil 430.6 millones de pesos, de acuerdo con cifras de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP).

La cantidad programada por Hacienda era de 452 mil 996 millones de pesos, pero la cifra fue menor en 30.6 mil millones de pesos, por lo que el Gobierno no sufrió para pagar los intereses de la deuda y por primera vez desde 2013, cuando se redujo en un –4.8 por ciento, el costo financiero de la deuda disminuyó, según muestran los datos de la SHCP.

Desde el año 2006 al 2021, en el periodo enero-agosto, el costo financiero de la deuda se ha reducido seis veces: 2021 (–9.2 por ciento), 2013 (–4.8 por ciento), 2011 (–1.0 por ciento), 2010 (–14.6 por ciento), 2008 (–13.9 por ciento) y 2007 (–10.3 por ciento).

Los años en los que el Gobierno ha tenido que pagar más por los intereses de la deuda durante el mismo periodo son: 2015 (20.60 por ciento), 2016 (14.90 por ciento) y 2012 (13.20 por ciento). La mayor parte en el sexenio del expresidente Enrique Peña Nieto.

El costo financiero de la deuda se compone de los intereses, comisiones y gastos de la deuda pública, así como de los recursos que se destinan al saneamiento del sistema financiero. En promedio, según los datos de la SHCP, en los últimos 10 años el 94 por ciento del costo financiero ha sido para el pago de intereses y 5 por ciento para el saneamiento financiero.

Lo que se logró en los primeros ocho meses del año se reflejó en un superávit primario de 149.2 mil millones de pesos, mayor en 138.7 mil millones de pesos que el superávit programado para el periodo. Asimismo, el déficit público se ubicó en 262.4 mil millones de pesos, que se compara favorablemente con el déficit programado de 442.5 mil millones de pesos.

“El costo de esta deuda significa un sacrificio de liquidez grande para las finanzas públicas porque se destinan poco más de 700 millones de pesos para cubrir este costo, una cantidad que está muy por arriba de lo que se destina para los programas sociales, incluso para la inversión pública”, explicó a SinEmbargo Gerardo López Cervantes, doctor en economía por la Universidad Autónoma de Madrid.

El también profesor catedrático de Universidad Autónoma de Sinaloa destacó que desde hace sexenios los mexicanos venimos pagando tanto la deuda pública como sus costos. “Por ejemplo, uno de los beneficiarios son los rescatados en la década de los 90 con el Fobaproa, que es una deuda que seguimos pagando”.

De acuerdo con el reporte de Hacienda, el Saldo Histórico de los Requerimientos Financieros del Sector Público (SHRFSP) ascendió a 12 billones 562.0 mil millones de pesos y la deuda neta del sector público se ubicó en 12 billones 508.3 mil millones de pesos.

De esta forma, la deuda neta del Gobierno federal se ubicó en 9 billones 808.2 mil millones de pesos, de los cuales, 77 por ciento se encuentra denominada en moneda nacional y 79.9 por ciento de valores gubernamentales está a tasa fija y a largo plazo, reflejando una estructura sólida del portafolio ante los riesgos de los mercados financieros.

A finales de septiembre Rogelio Ramírez de la O, titular de la SHCP, destacó ante diputados, con motivo de la glosa del Tercer Informe de Gobierno, el compromiso del Gobierno federal de no endeudamiento. El funcionario mencionó que se recibió la deuda en 44.9 por ciento del Producto Interno Bruto (PIB), se mantuvo así en 2019, en 2020 saltó a 52. 3 por ciento porque cayó el PIB en 8.2 por ciento reales más la inflación.

Para julio de 2021 el porcentaje de deuda del PIB es de 48.2 por ciento y se comprometió a mantenerla alrededor del 50 por ciento.

“Tenemos un manejo de deuda que ha reducido su costo financiero en 10 mil millones de pesos respecto de lo que estaba programado”, dijo ante diputados. Precisó que no hay una desaparición del Fonden y los recursos presupuestarios para 2022 son de 9 mil 55 millones de pesos.

Para el economista López Cervantes, el Gobierno federal actual ha manejado un nivel prudente en cuanto a la deuda y eso se reflejó en el pico de la pandemia cuando la mayoría de los países echó mano de un crédito.

“El hecho de que no se haya recurrido a un mayor endeudamiento para salir al rescate de empresas como lo hacían los gobiernos anteriores es positivo porque hoy estuviéramos hablando de una relación del 55 por ciento del PIB y estaríamos pagando más costos financieros por la deuda. España, Inglaterra, Francia andan con enormes deudas, España tiene una deuda de 120 por ciento del PIB”, detalló el doctor Gerardo López Cervantes.

México

Senado prohíbe definitivamente las terapias de conversión en México

El pleno Senado de la República aprobó las reformas al Código Penal y a la Ley General de Salud para prohibir y sancionar de forma definitiva y a nivel nacional los Esfuerzos para Corregir la Orientación Sexual e Identidad de Género (ECOSIG), también conocidas como terapias de conversión, las cuales han sido consideradas por organismos internacionales como un acto de tortura en contra de la comunidad LGBTQ+, ya que consisten en someter a las víctimas a abusos sexuales, electrochoques y hasta supuestos exorcismos, para que se se identifiquen como personas cisgénero heterosexuales.

Los senadores aprobaron prohibir los ECOSIG en México con 77 votos a favor, cuatro en contra y 15 abstenciones durante una sesión que duró casi 12 horas, a un mes de que fue aprobada en la Cámara de Diputados y a seis años de que se presentó la iniciativa.

“Para prohibir y sancionar las llamadas terapias de conversión, conocidas como ECOSIG, se aprueba reformar, con 77 votos a favor, cuatro en contra y 15 abstenciones, el Código Penal Federal y la Ley General de Salud.

“Los ECOSIG son prácticas que han incentivado la violación de los derechos humanos de la comunidad LGBTTTIQ+.”, escribió en redes sociales el Senado.

Tras la aprobación de las reformas, el Senado envió el documento al Ejecutivo Federal para que se realice el trámite correspondiente y se publiquen en el Diario Oficial de la Federación.

¿Cómo se sancionarán las terapias de conversión en México?

De acuerdo con el Senado, quien realice las denominadas terapias de conversión o ECOSIG podrá ser sancionado con dos a seis años de prisión y una multa de mil a dos mil veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización (UMA), que actualmente sería una suma de entre 108 mil y 216 mil pesos.

Las reformas que adicionan un artículo 209 Quintus al Código Penal Federal y un artículo 465 Ter a la Ley General de Salud precisan que dichas sanciones se impondrán a quien realice, imparta, aplique, obligue o financie cualquier tipo de tratamiento, terapia, servicio o práctica que obstaculice, restrinja, impida, menoscabe, anule o suprima la orientación sexual, identidad o expresión de género de una persona.

No obstante, la sanción aumentará al doble cuando las conductas tipificadas se realicen en contra de personas menores de 18 años, adultos mayores o personas con alguna discapacidad.

En el proyecto de decreto se establece que bastará la presentación de una denuncia para iniciar la investigación de los hechos que revistan las características del delito al que este precepto se refiere.

¿Los padres de familia podrán ser sancionados?

 

Sí, pero no de la misma forma. En el caso de que sea el padre, madre o tutor de la víctima la persona que incurra en las conductas sancionadas, se les aplicarán las sanciones de amonestación o apercibimiento a consideración del juez.

De igual forma, cuando la persona autora tuviere para con la víctima una relación laboral, docente, doméstica, médica o cualquier otra que implique una subordinación de la víctima; o se valga de la función pública para cometer el delito, también será castigada con destitución e inhabilitación para desempeñar el cargo hasta por un tiempo igual a la pena impuesta.

¿Cómo se sancionará a profesionales de la salud?

 

Subrayó que las personas profesionales, técnicas, auxiliares de las disciplinas para la salud y relacionadas con las prácticas médicas que realicen, impartan, apliquen, obliguen o financien tratamientos, terapias o cualquier tipo de servicios o prácticas quirúrgicas o de otra índole, con el objeto de obstaculizar, restringir, impedir, menoscabar, anular o suprimir la orientación sexual, identidad o expresión de género de una persona, serán sancionadas de acuerdo con el Código Penal Federal, y suspendidas en el ejercicio profesional, de uno a tres años.

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