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México

El fuero es irrenunciable: Ministros de la Corte

El fuero es irrenunciable, de acuerdo con la decisión de los ministros de la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación.

Al analizar un juicio de amparo 1344/2017, interpuesto por senadores de la República que integraban la bancada del Partido de la Revolución Democrática (PRD) en 2016 y hoy forman parte del grupo parlamentario del Partido del Trabajo (PT), el ministro ponente, Fernando Franco González, propuso como improcedente el amparo al argumentar que “no se trata de un privilegio otorgado a una persona”, como aseguraron los quejosos, sino de una prerrogativa parlamentaria que protege la independencia y autonomía del Poder Legislativo.

Los ministros integrantes de la Segunda Sala consideraron que sólo se puede concluir el fuero por tres causales: por muerte, por el término del periodo para ejercer la función o por un proceso de desafuero, que tiene como objetivo proceder penalmente contra el funcionario.

Entre los legisladores que solicitaron el amparo que fue rechazado se encuentra el candidato a la gubernatura de Puebla, Luis Miguel Gerónimo Barbosa Huerta, y el futuro subsecretario de gobernación, Zoé Robledo, además de 17 senadores que concluyen funciones el 31 de agosto.

El fuero es una protección para que quienes lo tienen no puedan ser sometidos a procesos judiciales. En el caso de la política, dicen especialistas, da gobernabilidad al evitar que enemigos de algún gobierno lo desestabilicen al denunciar a los políticos, dejándolos sin posibilidad de trabajar o para no presionar a que se cumplan sus demandas ante la posibilidad de denunciar delitos falsos.

El origen de la palabra fuero es el latín forum: ‘espacio abierto’, ‘predio sin edificar’; la ‘vida pública y judicial’; los ‘tribunales de justicia’.

Uno de los casos más renombrados es el del fuero universitario, con lo que la policía en España y en otros países de Europa no podía entrar a los centros de enseñanza, para que los exponentes pudieran expresar opiniones y desarrollar controversias o discusiones.

México adquirió la estructura política de España, que incluía el fuero parlamentario para los políticos, empezando por los representantes de la corona.

En contrapeso al fuero, el rey Carlos III creó el “juicio de residencia”, equivalente al juicio político, como una herramienta para evitar la corrupción y obtener un equilibrio en la administración pública para bien de los habitantes.

En la Constitución de Cádiz, proclamada en las Cortes de España en marzo de 1812, el artículo 128, capítulo VI, se indica que “los diputados serán inviolables por sus opiniones, y en ningún tiempo ni caso, ni por ninguna autoridad, podrán ser reconvenidos por ellas. En las causas criminales, que contra ellos se intentaren, no podrán ser juzgados sino por el Tribunal de las Cortes, en el modo y forma que se prescriba en el reglamento del gobierno interior de las mismas. Durante las sesiones de las Cortes, y un mes después, los diputados no podrán ser demandados civilmente ni ejecutados por deudas”.

El objetivo era proteger a los políticos de persecuciones de opositores al terminar sus cargos. Durante el ejercicio del puesto público, evitaba que los funcionarios enfrentaran procesos penales de adversarios.

En 1824 nació la Constitución Federal de los Estados Unidos Mexicanos y en ella integraron el fuero como atribución del Poder Legislativo.

Actualmente, en México, el presidente de la República, gobernadores, legisladores, ministros, magistrados y presidentes municipales tienen fuero.

Fuente: Noticieros Televisa

México

¡Fondo de Pensiones para el Bienestar! Requisitos para recibir $16,777 al mes

Tal vez durante los últimos días hayas escuchado muchas opiniones acerca de la creación del Fondo de Pensiones para el Bienestar, cuya aprobación en el Congreso y posteriormente en el Senado, generó mucho «ruido mediático», en especial por la toma de recursos de las Afores inactivas. Más allá de eso, te decimos cómo funciona y los requisitos para ser beneficiario.

De acuerdo a la información oficial, la creación del Fondo de Pensiones para el Bienestar se dio Con la meta de fortalecer la seguridad financiera de los trabajadores mexicanos al jubilarse. Se trata de un fideicomiso público destinado a complementar las pensiones otorgadas por los institutos de seguridad social del país, incluyendo el IMSS, Infonavit e ISSSTE. 

¿Quiénes recibirán dinero del Fondo de Pensiones para el Bienestar?

La iniciativa busca garantizar que las pensiones sean equivalentes al último salario percibido por el trabajador, siempre y cuando este no supere el límite de 16,777.78 pesos al mes.

Para ser elegibles para este complemento, los trabajadores deben retirarse a la edad de 65 años, haber cotizado en el sistema Afore desde julio de 1997 en el caso del IMSS, y desde abril de 2007 en el caso del ISSSTE. Además, la pensión no debe exceder el límite mencionado anteriormente.

Es importante destacar que este tope se determinó en base al salario promedio de cotización en el IMSS en 2023 y se ajustará anualmente según la tasa de inflación.

Asimismo, según lo aprobado, se priorizará a los trabajadores que comenzaron su cotización a partir de julio de 1997 y alcancen los 65 años de edad.

Polémicas sobre el Fondo de Pensiones para el Bienestar:

Una de las medidas más controvertidas, que ha generado rechazo por parte de la oposición, es la decisión de concentrar los recursos de los trabajadores en este fondo. 

Estos fondos provienen de las subcuentas de retiro, cesantía en edad avanzada y vejez de trabajadores del sector privado que no hayan sido reclamados a los 70 años, así como de los recursos cotizados por trabajadores del sector público al ISSSTE que no se hayan requerido a los 75 años.

Con las reformas, las Administradoras de Fondos para el Retiro (Afores) y PENSIONISSSTE están obligadas a realizar transferencias automáticas al Fondo de Pensiones para el Bienestar, sin necesidad de una resolución judicial, una vez que los trabajadores alcancen la edad indicada.

Además, Infonavit y FOVISSSTE deben notificar a los trabajadores un año antes de transferir sus recursos al fondo, a los 70 y 75 años respectivamente.

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