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¿Eres cliente de Banamex y te piden actualizar datos? Cuidado… es fraude

Tras el anuncio de la venta de Banamex por parte de Citigroup, la institución financiera publicó un mensaje para recordarle a sus clientes las medidas de seguridad para la protección de sus datos y así evitar ser víctimas de fraudes bancarios.

El mensaje señala que Citibanamex no verifica ni actualiza los datos de sus cuentas vía telefónica, por correo electrónico, mensaje de texto (SMS) o a través de “ninguna liga”.

“Te recordamos que si te piden tus claves, contraseñas o NIPs (números de identificación personal) por cualquiera de estos medios, no somos nosotros”, señaló el banco en un mensaje importante dirigido a sus clientes.

El mensaje se publicó luego de que clientes de esa institución financiera dieron a conocer que han recibido correos electrónicos en los que se les pide verificar sus datos en menos de 24 horas.

“Como parte del proceso de venta de la banca empresarial y de consumo de Citibanamex, necesitamos verificar tus datos. Recuerda que si en 24 horas nos son actualizados tu cuenta será bloqueada”, señala el correo electrónico que envían los delincuentes para tratar de obtener los datos personales de sus posibles víctimas.

Además, el correo incluye un enlace a un sitio.

Luego de que se informó de la venta de Banamex, la institución ha enviado correos a sus clientes para indicarles que no hay ni habrá cambios en su operación ni en los productos o servicios que tienen contratados.

“No hay cambios en nuestras operaciones ni en los productos y servicios que actualmente tienes contratado con nosotros. Nuestras oficinas, sucursales y todos nuestros canales seguirán atendiéndote como siempre.” se lee en el correo que sí está enviando la institución financiera.

“Banco Nacional de México lleva 137 operando en nuestro país y lo continuará haciendo, como lo demuestra su historia, tradición, fortaleza y compromiso.”, continúa el mensaje.

A través de un comunicado, la Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros (Condusef) informó que los clientes no deben preocuparse por la salida del banco de los negocios de banca minorista.

“La operación de venta será, como se dice, de un ‘negocio en marcha’, operando, haciendo negocios, mejorándose y atendiendo a la gente como siempre lo ha hecho y por ello, sus clientes no deben preocuparse”, precisó Condusef.

Agregó que continuarán con el monitoreo para que “la operación y el ofrecimiento de sus productos o servicios financieros, se mantengan con la misma calidad”. Esto debido a que el banco cuenta con cerca de 22 millones de clientes y es considerado como una institución de importancia sistémica.

México

Senado prohíbe definitivamente las terapias de conversión en México

El pleno Senado de la República aprobó las reformas al Código Penal y a la Ley General de Salud para prohibir y sancionar de forma definitiva y a nivel nacional los Esfuerzos para Corregir la Orientación Sexual e Identidad de Género (ECOSIG), también conocidas como terapias de conversión, las cuales han sido consideradas por organismos internacionales como un acto de tortura en contra de la comunidad LGBTQ+, ya que consisten en someter a las víctimas a abusos sexuales, electrochoques y hasta supuestos exorcismos, para que se se identifiquen como personas cisgénero heterosexuales.

Los senadores aprobaron prohibir los ECOSIG en México con 77 votos a favor, cuatro en contra y 15 abstenciones durante una sesión que duró casi 12 horas, a un mes de que fue aprobada en la Cámara de Diputados y a seis años de que se presentó la iniciativa.

“Para prohibir y sancionar las llamadas terapias de conversión, conocidas como ECOSIG, se aprueba reformar, con 77 votos a favor, cuatro en contra y 15 abstenciones, el Código Penal Federal y la Ley General de Salud.

“Los ECOSIG son prácticas que han incentivado la violación de los derechos humanos de la comunidad LGBTTTIQ+.”, escribió en redes sociales el Senado.

Tras la aprobación de las reformas, el Senado envió el documento al Ejecutivo Federal para que se realice el trámite correspondiente y se publiquen en el Diario Oficial de la Federación.

¿Cómo se sancionarán las terapias de conversión en México?

De acuerdo con el Senado, quien realice las denominadas terapias de conversión o ECOSIG podrá ser sancionado con dos a seis años de prisión y una multa de mil a dos mil veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización (UMA), que actualmente sería una suma de entre 108 mil y 216 mil pesos.

Las reformas que adicionan un artículo 209 Quintus al Código Penal Federal y un artículo 465 Ter a la Ley General de Salud precisan que dichas sanciones se impondrán a quien realice, imparta, aplique, obligue o financie cualquier tipo de tratamiento, terapia, servicio o práctica que obstaculice, restrinja, impida, menoscabe, anule o suprima la orientación sexual, identidad o expresión de género de una persona.

No obstante, la sanción aumentará al doble cuando las conductas tipificadas se realicen en contra de personas menores de 18 años, adultos mayores o personas con alguna discapacidad.

En el proyecto de decreto se establece que bastará la presentación de una denuncia para iniciar la investigación de los hechos que revistan las características del delito al que este precepto se refiere.

¿Los padres de familia podrán ser sancionados?

 

Sí, pero no de la misma forma. En el caso de que sea el padre, madre o tutor de la víctima la persona que incurra en las conductas sancionadas, se les aplicarán las sanciones de amonestación o apercibimiento a consideración del juez.

De igual forma, cuando la persona autora tuviere para con la víctima una relación laboral, docente, doméstica, médica o cualquier otra que implique una subordinación de la víctima; o se valga de la función pública para cometer el delito, también será castigada con destitución e inhabilitación para desempeñar el cargo hasta por un tiempo igual a la pena impuesta.

¿Cómo se sancionará a profesionales de la salud?

 

Subrayó que las personas profesionales, técnicas, auxiliares de las disciplinas para la salud y relacionadas con las prácticas médicas que realicen, impartan, apliquen, obliguen o financien tratamientos, terapias o cualquier tipo de servicios o prácticas quirúrgicas o de otra índole, con el objeto de obstaculizar, restringir, impedir, menoscabar, anular o suprimir la orientación sexual, identidad o expresión de género de una persona, serán sancionadas de acuerdo con el Código Penal Federal, y suspendidas en el ejercicio profesional, de uno a tres años.

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