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México

Este lunes más de 25 millones de alumnos vuelven a clases

Este lunes 8 de enero, más de 25 millones 608 mil estudiantes de nivel básico retomarán sus actividades escolares al concluir el periodo vacacional decembrino, informó la Secretaría de Educación Pública (SEP).

Lo mismo harán más de un millón 211 mil docentes, en unos 224 mil planteles escolares del Sistema Educativo Nacional, añadió la dependencia en un comunicado.

Del total de alumnos que reanudan actividades, cinco millones 11 mil están en el nivel preescolar; 14 millones 32 mil en educación primaria y seis millones 565 mil en educación secundaria.

De éstos, más de 12 millones 615 mil son mujeres, mientras que más de 12 millones 992 mil son hombres, expuso.

En el caso de los docentes, unos 236 mil corresponden a educación preescolar; 570 mil a educación primaria y 405 mil a secundaria, abundó la SEP.

Por lo que se refiere a los planteles educativos, más de 88 mil corresponden a preescolar; 96 mil a primaria y 39 mil a secundaria, puntualizó.

La Secretaría de Seguridad Pública de la Ciudad de México (SSP-CDMX), ha preparado el operativo de seguridad, vigilancia y movilidad “Regreso a Clases 2018”, el cual tendrá la finalidad de garantizar el retorno seguro de un millón 700 mil estudiantes de educación preescolar, primaria y secundaria; así como de 282 mil 300 de personal docente (maestros y administrativos), de todos los planteles tanto públicos como privados, de las 16 Delegaciones.

El operativo comenzará desde las primeras horas de este lunes 8 de enero, y en el participarán más de 18 mil policías, apoyados con mil 519 vehículos y dos helicópteros de la Dirección General de Servicios Aéreos, además se vigilará con las cámaras de video vigilancia de los Centros de Comando y Control (C-2) y del Centro de Comando, Control, Cómputo, Comunicaciones y Contacto Ciudadano (C-5), para detectar cualquier acto que altere el orden público o ponga en riesgo la seguridad de las personas, llevando a cabo las acciones preventivas y reactivas que se requieran.

Con información de López Dóriga y Notimex

México

Senado prohíbe definitivamente las terapias de conversión en México

El pleno Senado de la República aprobó las reformas al Código Penal y a la Ley General de Salud para prohibir y sancionar de forma definitiva y a nivel nacional los Esfuerzos para Corregir la Orientación Sexual e Identidad de Género (ECOSIG), también conocidas como terapias de conversión, las cuales han sido consideradas por organismos internacionales como un acto de tortura en contra de la comunidad LGBTQ+, ya que consisten en someter a las víctimas a abusos sexuales, electrochoques y hasta supuestos exorcismos, para que se se identifiquen como personas cisgénero heterosexuales.

Los senadores aprobaron prohibir los ECOSIG en México con 77 votos a favor, cuatro en contra y 15 abstenciones durante una sesión que duró casi 12 horas, a un mes de que fue aprobada en la Cámara de Diputados y a seis años de que se presentó la iniciativa.

“Para prohibir y sancionar las llamadas terapias de conversión, conocidas como ECOSIG, se aprueba reformar, con 77 votos a favor, cuatro en contra y 15 abstenciones, el Código Penal Federal y la Ley General de Salud.

“Los ECOSIG son prácticas que han incentivado la violación de los derechos humanos de la comunidad LGBTTTIQ+.”, escribió en redes sociales el Senado.

Tras la aprobación de las reformas, el Senado envió el documento al Ejecutivo Federal para que se realice el trámite correspondiente y se publiquen en el Diario Oficial de la Federación.

¿Cómo se sancionarán las terapias de conversión en México?

De acuerdo con el Senado, quien realice las denominadas terapias de conversión o ECOSIG podrá ser sancionado con dos a seis años de prisión y una multa de mil a dos mil veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización (UMA), que actualmente sería una suma de entre 108 mil y 216 mil pesos.

Las reformas que adicionan un artículo 209 Quintus al Código Penal Federal y un artículo 465 Ter a la Ley General de Salud precisan que dichas sanciones se impondrán a quien realice, imparta, aplique, obligue o financie cualquier tipo de tratamiento, terapia, servicio o práctica que obstaculice, restrinja, impida, menoscabe, anule o suprima la orientación sexual, identidad o expresión de género de una persona.

No obstante, la sanción aumentará al doble cuando las conductas tipificadas se realicen en contra de personas menores de 18 años, adultos mayores o personas con alguna discapacidad.

En el proyecto de decreto se establece que bastará la presentación de una denuncia para iniciar la investigación de los hechos que revistan las características del delito al que este precepto se refiere.

¿Los padres de familia podrán ser sancionados?

 

Sí, pero no de la misma forma. En el caso de que sea el padre, madre o tutor de la víctima la persona que incurra en las conductas sancionadas, se les aplicarán las sanciones de amonestación o apercibimiento a consideración del juez.

De igual forma, cuando la persona autora tuviere para con la víctima una relación laboral, docente, doméstica, médica o cualquier otra que implique una subordinación de la víctima; o se valga de la función pública para cometer el delito, también será castigada con destitución e inhabilitación para desempeñar el cargo hasta por un tiempo igual a la pena impuesta.

¿Cómo se sancionará a profesionales de la salud?

 

Subrayó que las personas profesionales, técnicas, auxiliares de las disciplinas para la salud y relacionadas con las prácticas médicas que realicen, impartan, apliquen, obliguen o financien tratamientos, terapias o cualquier tipo de servicios o prácticas quirúrgicas o de otra índole, con el objeto de obstaculizar, restringir, impedir, menoscabar, anular o suprimir la orientación sexual, identidad o expresión de género de una persona, serán sancionadas de acuerdo con el Código Penal Federal, y suspendidas en el ejercicio profesional, de uno a tres años.

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