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México

De estos privilegios gozará El Chapo en la cárcel

Joaquín «El Chapo» Guzmán podrá próximamente hablar por teléfono con sus familiares, ver a un sacerdote y recibir libros y revistas en la cárcel de Nueva York en la que está detenido a la espera de juicio, informó hoy su abogado.

El narcotraficante mexicano, que fue extraditado a Estados Unidos en enero pasado, ha permanecido prácticamente incomunicado desde entonces en medio de fuertes medidas de seguridad, según el letrado Eduardo Balarezo.

«Como cualquier otro acusado, al señor Guzmán se le presume inocente. Hasta ahora el sistema le ha tratado como si fuese culpable antes de que se haya presentado la más mínima prueba en su contra y haya sido evaluada por un jurado», dijo en un comunicado.

«Todo lo que pedimos es que se le den los mismos derechos y privilegios que a cualquier otra persona inocente.
Está deseando poder simplemente comunicarse con su familia e hijas pequeñas», añadió.

Balarezo, que se hizo cargo de la defensa del narcotraficante recientemente, reclamó hace una semana al Departamento de Justicia que Guzmán tenga acceso a toda una serie de posibilidades previstas por la ley, como reuniones con sus abogados, llamadas telefónicas o recepción y envío de correo.

Las autoridades, en una misiva con fecha 3 de octubre, respondieron confirmando su derecho a muchas de esas cosas, aunque bajo ciertas condiciones, y explicaron que el acusado no las había solicitado hasta ahora.

Así, las autoridades señalaron que Guzmán puede disponer de una llamada telefónica de 30 minutos cada mes -o de dos de 15 minutos- para comunicarse con familiares, siempre que antes facilite sus números e identidades para revisión.

También podrá comunicarse por teléfono con su abogado si no puede desplazarse a verle en persona, recibir documentos legales y tener acceso a correo ordinario, aunque este debe ser revisado por las autoridades.

Guzmán puede recibir también libros y revistas, según la carta del Departamento de Justicia, que aseguró que hasta ahora el detenido no ha protestado diciendo que no haya podido hacerlo.

EFE

México

¡Fondo de Pensiones para el Bienestar! Requisitos para recibir $16,777 al mes

Tal vez durante los últimos días hayas escuchado muchas opiniones acerca de la creación del Fondo de Pensiones para el Bienestar, cuya aprobación en el Congreso y posteriormente en el Senado, generó mucho «ruido mediático», en especial por la toma de recursos de las Afores inactivas. Más allá de eso, te decimos cómo funciona y los requisitos para ser beneficiario.

De acuerdo a la información oficial, la creación del Fondo de Pensiones para el Bienestar se dio Con la meta de fortalecer la seguridad financiera de los trabajadores mexicanos al jubilarse. Se trata de un fideicomiso público destinado a complementar las pensiones otorgadas por los institutos de seguridad social del país, incluyendo el IMSS, Infonavit e ISSSTE. 

¿Quiénes recibirán dinero del Fondo de Pensiones para el Bienestar?

La iniciativa busca garantizar que las pensiones sean equivalentes al último salario percibido por el trabajador, siempre y cuando este no supere el límite de 16,777.78 pesos al mes.

Para ser elegibles para este complemento, los trabajadores deben retirarse a la edad de 65 años, haber cotizado en el sistema Afore desde julio de 1997 en el caso del IMSS, y desde abril de 2007 en el caso del ISSSTE. Además, la pensión no debe exceder el límite mencionado anteriormente.

Es importante destacar que este tope se determinó en base al salario promedio de cotización en el IMSS en 2023 y se ajustará anualmente según la tasa de inflación.

Asimismo, según lo aprobado, se priorizará a los trabajadores que comenzaron su cotización a partir de julio de 1997 y alcancen los 65 años de edad.

Polémicas sobre el Fondo de Pensiones para el Bienestar:

Una de las medidas más controvertidas, que ha generado rechazo por parte de la oposición, es la decisión de concentrar los recursos de los trabajadores en este fondo. 

Estos fondos provienen de las subcuentas de retiro, cesantía en edad avanzada y vejez de trabajadores del sector privado que no hayan sido reclamados a los 70 años, así como de los recursos cotizados por trabajadores del sector público al ISSSTE que no se hayan requerido a los 75 años.

Con las reformas, las Administradoras de Fondos para el Retiro (Afores) y PENSIONISSSTE están obligadas a realizar transferencias automáticas al Fondo de Pensiones para el Bienestar, sin necesidad de una resolución judicial, una vez que los trabajadores alcancen la edad indicada.

Además, Infonavit y FOVISSSTE deben notificar a los trabajadores un año antes de transferir sus recursos al fondo, a los 70 y 75 años respectivamente.

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