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México

Frenan indefinidamente orden de captura contra madre de Lozoya

El juez Décimo de Distrito de Amparo en Materia Penal, Patricio Leopoldo Vargas Alarcón, frenó de manera indefinida la orden de aprehensión librada en contra de Gilda Margarita Austin y Solís por presunto lavado de dinero y asociación delictuosa.

Se concede a Gilda Margarita Austin y Solís, la suspensión definitiva del acto reclamado, para el efecto de no sea detenida con motivo de la ejecución de la orden de aprehensión reclamada, hasta en tanto se resuelva en definitiva el juicio de amparo del que deriva la incidencia”, indicó el juez federal al señalar que los delitos que se le imputan no son graves y puede enfrentar el proceso en libertad.

La madre del exdirector de Petróleos Mexicanos (Pemex), Emilio Lozoya, fue detenida la semana en la isla Juist, en Alemania. El pasado 29 de julio, en entrevista con Ciro Gómez Leyva, el abogado Javier Coello Trejo, adelantó que su defendida podría decidir si se allana a la extradición a México o si, desde Alemania lleva a cabo su proceso por presunto lavado de dinero y asociación delictuosa.

Excelsior

México

¡Fondo de Pensiones para el Bienestar! Requisitos para recibir $16,777 al mes

Tal vez durante los últimos días hayas escuchado muchas opiniones acerca de la creación del Fondo de Pensiones para el Bienestar, cuya aprobación en el Congreso y posteriormente en el Senado, generó mucho «ruido mediático», en especial por la toma de recursos de las Afores inactivas. Más allá de eso, te decimos cómo funciona y los requisitos para ser beneficiario.

De acuerdo a la información oficial, la creación del Fondo de Pensiones para el Bienestar se dio Con la meta de fortalecer la seguridad financiera de los trabajadores mexicanos al jubilarse. Se trata de un fideicomiso público destinado a complementar las pensiones otorgadas por los institutos de seguridad social del país, incluyendo el IMSS, Infonavit e ISSSTE. 

¿Quiénes recibirán dinero del Fondo de Pensiones para el Bienestar?

La iniciativa busca garantizar que las pensiones sean equivalentes al último salario percibido por el trabajador, siempre y cuando este no supere el límite de 16,777.78 pesos al mes.

Para ser elegibles para este complemento, los trabajadores deben retirarse a la edad de 65 años, haber cotizado en el sistema Afore desde julio de 1997 en el caso del IMSS, y desde abril de 2007 en el caso del ISSSTE. Además, la pensión no debe exceder el límite mencionado anteriormente.

Es importante destacar que este tope se determinó en base al salario promedio de cotización en el IMSS en 2023 y se ajustará anualmente según la tasa de inflación.

Asimismo, según lo aprobado, se priorizará a los trabajadores que comenzaron su cotización a partir de julio de 1997 y alcancen los 65 años de edad.

Polémicas sobre el Fondo de Pensiones para el Bienestar:

Una de las medidas más controvertidas, que ha generado rechazo por parte de la oposición, es la decisión de concentrar los recursos de los trabajadores en este fondo. 

Estos fondos provienen de las subcuentas de retiro, cesantía en edad avanzada y vejez de trabajadores del sector privado que no hayan sido reclamados a los 70 años, así como de los recursos cotizados por trabajadores del sector público al ISSSTE que no se hayan requerido a los 75 años.

Con las reformas, las Administradoras de Fondos para el Retiro (Afores) y PENSIONISSSTE están obligadas a realizar transferencias automáticas al Fondo de Pensiones para el Bienestar, sin necesidad de una resolución judicial, una vez que los trabajadores alcancen la edad indicada.

Además, Infonavit y FOVISSSTE deben notificar a los trabajadores un año antes de transferir sus recursos al fondo, a los 70 y 75 años respectivamente.

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