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Gobernadores no podrán comprar vacunas por su cuenta: López-Gatell

El subsecretario de Salud, Hugo López-Gatell, rechazó que los gobiernos estatales puedan comprar por su cuenta la vacuna contra covid-19, como lo anunció el gobernador de Tamaulipas, Francisco Javier García Cabeza de Vaca.

“En términos legales, como lo hemos venido comentando, la Ley General de Salud, estipula en su capítulo octavo sobre control y prevención de enfermedades y en especial los artículos 135 y 144 que son facultades del gobierno federal o de la Secretaría de Salud el organizar las medidas de prevención y control con la colaboración de las autoridades sanitarias estatales.

“Asimismo, el título décimo establece la acción extraordinaria en materia de seguridad general, existen disposiciones sobre las intervenciones o los grupos que se pueden ejecutar para este propósito. Es decir, no es posible”.

Señaló que este jueves 10 tuvo una reunión convocada por la secretaria de Gobernación, Olga Sánchez Cordero, con la mayoría de los gobernadores estatales, porque hay otros mandatarios que decidieron no asistir por voluntad propia, y presentaron el plan de vacunación para covid-19 que se difundió el martes 8 de diciembre.

“Es el mismo que presentamos ayer con las 32 secretarías de salud de los estados. Y otros miembros del Consejo Nacional de Salud y el propósito es que todo mundo esté informado”, añadió.

«Habitualmente concurre a esta reunión prácticamente la totalidad de los gobernadores y la gobernadora de Sonora, la jefa de Gobierno. Desde algún tiempo para acá algunos gobernadores, ciertamente es el caso del gobernador de Tamaulipas, de manera voluntaria han decidido no llegar a esta reunión de coordinación con el país, con la federación, con el gobierno federal, con sus pares, sus colegas, amigos, supongo, en algunos casos, gobernadores, gobernadora y jefa de Gobierno», dijo.

En ese sentido, indicó que sigue invitando a la reflexión, a crear conciencia sobre la importancia de un fenómeno como éste, pandémico, donde la solidaridad, la unidad, la generosidad, nos permiten tener las mejores actitudes al servicio de todas y todos.

Consideró que en el caso de quienes son personas funcionarias públicas de los gobiernos estatales o del federal, tienen una doble responsabilidad.

“Somos ciudadanos y ciudadanas y en ese sentido moralmente invitados a tener esta participación de colaboración con el resto de nuestros pares, pero las personas que además participamos en un gobierno tenemos obligaciones legales de servir a otros”, añadió.

El fundamento es claro, en un momento donde toda la humanidad está afectada es importantísimo que toda la humanidad actúe de común acuerdo, agregó y sentenció que, por eso, la idea del gobernador tamaulipeco “no es definitivamente posible”.

Hoy también hubo una reunión extraordinaria del Consejo Directivo de la Organización Panamericana de la Salud (OPS) y el tema fue el seguimiento de la plataforma COVAX y como la OPS, el fondo estratégico y el rotatorio que es de vacunas, va a participar en ser el instrumento que canalice las vacunas de Covid-19 en la región de las Américas para aquellos países, como México, que se suscribieron al mecanismo, apuntó López-Gatell.

Fuente: Proceso

México

Senado prohíbe definitivamente las terapias de conversión en México

El pleno Senado de la República aprobó las reformas al Código Penal y a la Ley General de Salud para prohibir y sancionar de forma definitiva y a nivel nacional los Esfuerzos para Corregir la Orientación Sexual e Identidad de Género (ECOSIG), también conocidas como terapias de conversión, las cuales han sido consideradas por organismos internacionales como un acto de tortura en contra de la comunidad LGBTQ+, ya que consisten en someter a las víctimas a abusos sexuales, electrochoques y hasta supuestos exorcismos, para que se se identifiquen como personas cisgénero heterosexuales.

Los senadores aprobaron prohibir los ECOSIG en México con 77 votos a favor, cuatro en contra y 15 abstenciones durante una sesión que duró casi 12 horas, a un mes de que fue aprobada en la Cámara de Diputados y a seis años de que se presentó la iniciativa.

“Para prohibir y sancionar las llamadas terapias de conversión, conocidas como ECOSIG, se aprueba reformar, con 77 votos a favor, cuatro en contra y 15 abstenciones, el Código Penal Federal y la Ley General de Salud.

“Los ECOSIG son prácticas que han incentivado la violación de los derechos humanos de la comunidad LGBTTTIQ+.”, escribió en redes sociales el Senado.

Tras la aprobación de las reformas, el Senado envió el documento al Ejecutivo Federal para que se realice el trámite correspondiente y se publiquen en el Diario Oficial de la Federación.

¿Cómo se sancionarán las terapias de conversión en México?

De acuerdo con el Senado, quien realice las denominadas terapias de conversión o ECOSIG podrá ser sancionado con dos a seis años de prisión y una multa de mil a dos mil veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización (UMA), que actualmente sería una suma de entre 108 mil y 216 mil pesos.

Las reformas que adicionan un artículo 209 Quintus al Código Penal Federal y un artículo 465 Ter a la Ley General de Salud precisan que dichas sanciones se impondrán a quien realice, imparta, aplique, obligue o financie cualquier tipo de tratamiento, terapia, servicio o práctica que obstaculice, restrinja, impida, menoscabe, anule o suprima la orientación sexual, identidad o expresión de género de una persona.

No obstante, la sanción aumentará al doble cuando las conductas tipificadas se realicen en contra de personas menores de 18 años, adultos mayores o personas con alguna discapacidad.

En el proyecto de decreto se establece que bastará la presentación de una denuncia para iniciar la investigación de los hechos que revistan las características del delito al que este precepto se refiere.

¿Los padres de familia podrán ser sancionados?

 

Sí, pero no de la misma forma. En el caso de que sea el padre, madre o tutor de la víctima la persona que incurra en las conductas sancionadas, se les aplicarán las sanciones de amonestación o apercibimiento a consideración del juez.

De igual forma, cuando la persona autora tuviere para con la víctima una relación laboral, docente, doméstica, médica o cualquier otra que implique una subordinación de la víctima; o se valga de la función pública para cometer el delito, también será castigada con destitución e inhabilitación para desempeñar el cargo hasta por un tiempo igual a la pena impuesta.

¿Cómo se sancionará a profesionales de la salud?

 

Subrayó que las personas profesionales, técnicas, auxiliares de las disciplinas para la salud y relacionadas con las prácticas médicas que realicen, impartan, apliquen, obliguen o financien tratamientos, terapias o cualquier tipo de servicios o prácticas quirúrgicas o de otra índole, con el objeto de obstaculizar, restringir, impedir, menoscabar, anular o suprimir la orientación sexual, identidad o expresión de género de una persona, serán sancionadas de acuerdo con el Código Penal Federal, y suspendidas en el ejercicio profesional, de uno a tres años.

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