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México

Gobierno de AMLO publica expediente de adeudos fiscales de Ricardo Salinas Pliego

El Gobierno de México hizo público el expediente del caso de adeudo de impuestos de Grupo Salinas, propiedad del empresario Ricardo Salinas Pliego.

En el expediente aparecen documentos como estados financieros, los créditos ejercidos, las sentencias públicas sobre juicios promovidos por las empresas Grupo Elektra, Nueva Elektra y Tv Azteca, así como tesis jurisprudenciales, sentencias completas, entre otros anexos.

Los documentos fueron publicados en el sitio web de la administración federal por instrucciones del presidente Andrés Manuel López Obrador.

El adeudo de Ricardo Salinas Pliego 

 

Apenas el 20 de marzo, el gobierno de AMLO dio a conocer que Ricardo Salinas Pliego adeuda más de 63 mil millones de pesos de impuestos.

Ese día, el mandatario pidió que todas las pruebas sobre el adeudo de Salinas Pliego sean publicadas en internet para que cualquier ciudadano pueda acceder a ellas.

ricardo salinas pliego expediente sat
El presidente de Grupo Salinas. Foto: Cuartoscuro.

“Que el día de hoy o mañana que se suban a una página del gobierno todas las pruebas, todos los juicios, todo lo que hay sobre este asunto para que los ciudadanos, los especialistas en la materia fiscal, los contadores, los abogados, puedan tener un criterio de lo que está sucediendo con este asunto, con esta polémica”, dijo.

“No es nada personal, es informarle a la gente y también que hagamos a un lado el odio. Podemos tener diferencias, siempre he dicho que es importante la pluralidad y garantizar el derecho a disentir, pero lo más importante de todo es la vida y ser felices, no amargarnos, no a la frustración, la vida es demasiado corta como para desperdiciarla en cosas que no valen la pena”, agregó.

Previamente, el propietario de empresas como Elektra y TV Azteca, acusó al SAT de extorsionar a empresarios y aseguró que el gobierno miente al decir que han dejado de pagar impuestos.

Según el empresario, el SAT lo único que hace es extorsionar a los empresarios mediante cuentas que no son reales.

México

Senado prohíbe definitivamente las terapias de conversión en México

El pleno Senado de la República aprobó las reformas al Código Penal y a la Ley General de Salud para prohibir y sancionar de forma definitiva y a nivel nacional los Esfuerzos para Corregir la Orientación Sexual e Identidad de Género (ECOSIG), también conocidas como terapias de conversión, las cuales han sido consideradas por organismos internacionales como un acto de tortura en contra de la comunidad LGBTQ+, ya que consisten en someter a las víctimas a abusos sexuales, electrochoques y hasta supuestos exorcismos, para que se se identifiquen como personas cisgénero heterosexuales.

Los senadores aprobaron prohibir los ECOSIG en México con 77 votos a favor, cuatro en contra y 15 abstenciones durante una sesión que duró casi 12 horas, a un mes de que fue aprobada en la Cámara de Diputados y a seis años de que se presentó la iniciativa.

“Para prohibir y sancionar las llamadas terapias de conversión, conocidas como ECOSIG, se aprueba reformar, con 77 votos a favor, cuatro en contra y 15 abstenciones, el Código Penal Federal y la Ley General de Salud.

“Los ECOSIG son prácticas que han incentivado la violación de los derechos humanos de la comunidad LGBTTTIQ+.”, escribió en redes sociales el Senado.

Tras la aprobación de las reformas, el Senado envió el documento al Ejecutivo Federal para que se realice el trámite correspondiente y se publiquen en el Diario Oficial de la Federación.

¿Cómo se sancionarán las terapias de conversión en México?

De acuerdo con el Senado, quien realice las denominadas terapias de conversión o ECOSIG podrá ser sancionado con dos a seis años de prisión y una multa de mil a dos mil veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización (UMA), que actualmente sería una suma de entre 108 mil y 216 mil pesos.

Las reformas que adicionan un artículo 209 Quintus al Código Penal Federal y un artículo 465 Ter a la Ley General de Salud precisan que dichas sanciones se impondrán a quien realice, imparta, aplique, obligue o financie cualquier tipo de tratamiento, terapia, servicio o práctica que obstaculice, restrinja, impida, menoscabe, anule o suprima la orientación sexual, identidad o expresión de género de una persona.

No obstante, la sanción aumentará al doble cuando las conductas tipificadas se realicen en contra de personas menores de 18 años, adultos mayores o personas con alguna discapacidad.

En el proyecto de decreto se establece que bastará la presentación de una denuncia para iniciar la investigación de los hechos que revistan las características del delito al que este precepto se refiere.

¿Los padres de familia podrán ser sancionados?

 

Sí, pero no de la misma forma. En el caso de que sea el padre, madre o tutor de la víctima la persona que incurra en las conductas sancionadas, se les aplicarán las sanciones de amonestación o apercibimiento a consideración del juez.

De igual forma, cuando la persona autora tuviere para con la víctima una relación laboral, docente, doméstica, médica o cualquier otra que implique una subordinación de la víctima; o se valga de la función pública para cometer el delito, también será castigada con destitución e inhabilitación para desempeñar el cargo hasta por un tiempo igual a la pena impuesta.

¿Cómo se sancionará a profesionales de la salud?

 

Subrayó que las personas profesionales, técnicas, auxiliares de las disciplinas para la salud y relacionadas con las prácticas médicas que realicen, impartan, apliquen, obliguen o financien tratamientos, terapias o cualquier tipo de servicios o prácticas quirúrgicas o de otra índole, con el objeto de obstaculizar, restringir, impedir, menoscabar, anular o suprimir la orientación sexual, identidad o expresión de género de una persona, serán sancionadas de acuerdo con el Código Penal Federal, y suspendidas en el ejercicio profesional, de uno a tres años.

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