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México

Hay noticias para las madres trabajadoras: Guarderías del IMSS reabrirán mañana

El Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) informó que el reinicio de actividades en las guarderías de dicho instituto será a partir del 9 de julio con la finalidad de ayudar a que las madres trabajadoras usuarias del servicio de guardería que se encuentran laborando en actividades esenciales no pierdan su empleo.

De acuerdo con el IMSS, el servicio de guardería está considerado como una de las actividades esenciales que podrán tener operaciones, sin embargo, estarán apegadas a las recomendaciones de la Secretaría de Salud y de acuerdo con el semáforo de riesgo epidemiológico establecido por el gobierno federal y las disposiciones de los gobiernos estatales.

Recomendaciones para las guarderías del IMSS:

El IMSS señala que si una guardería se encuentra en una localidad con semáforo epidemiológico en rojo, solo se atenderá a hijos de trabajadoras en actividades esenciales y en un 25% de la capacidad.

En semáforo naranja, se incluirá a madres que estén trabajando sin importar si se trata de actividad esencial y se atenderá en un 50% de la capacidad de la guardería.

En semáforo amarillo será en un 75% de la capacidad, hasta llegar al 100% en semáforo verde.
Para la operación de las unidades se tiene considerado un protocolo sanitario seguro, basado en evidencias científicas sólidas, con el fin de que las guarderías sean el mejor lugar para la estancia de los niños.

Higiene y limpieza, acciones básicas para las guarderías del IMSS

Entre las principales acciones que se deberán seguir dentro de las instalaciones destacan el fortalecimiento de medidas generales de salud, higiene y limpieza, tales como:

Sana distancia y lavado de manos
El uso de cubrebocas y careta por parte del personal que atiende directamente a las niñas y los niños.

Se reforzarán las acciones del filtro sanitario para niños, adultos y personal de la guardería, que contempla la instalación de una estación de higiene en el vestíbulo; se sanitizarán las suelas de los zapatos mediante un rociador o tapete sanitizante, se aplicará gel a base de alcohol al 60-80% en manos (excepto a lactantes) y se medirá la temperatura con termómetro infrarrojo.

¿Qué pasa si un niño se enferma en la guardería del IMSS?
En caso de que un niño sea identificado con fiebre o datos de enfermedad transmisible, se emitirá un formato de Valoración Médica para que sea llevado por sus padres a la Unidad Médica Familiar que le corresponde.

En el supuesto de que se confirmara un caso o casos de COVID-19 en alguno de los centros de atención infantil del IMSS, se seguirán las recomendaciones emitidas por el Responsable de Vigilancia Epidemiológica de la Unidad Médica de apoyo; el tiempo de suspensión de actividades y las medidas de aislamiento que se requieran quedarán supeditados a las indicaciones del Área de Vigilancia Epidemiológica del Seguro Social.

México

Senado prohíbe definitivamente las terapias de conversión en México

El pleno Senado de la República aprobó las reformas al Código Penal y a la Ley General de Salud para prohibir y sancionar de forma definitiva y a nivel nacional los Esfuerzos para Corregir la Orientación Sexual e Identidad de Género (ECOSIG), también conocidas como terapias de conversión, las cuales han sido consideradas por organismos internacionales como un acto de tortura en contra de la comunidad LGBTQ+, ya que consisten en someter a las víctimas a abusos sexuales, electrochoques y hasta supuestos exorcismos, para que se se identifiquen como personas cisgénero heterosexuales.

Los senadores aprobaron prohibir los ECOSIG en México con 77 votos a favor, cuatro en contra y 15 abstenciones durante una sesión que duró casi 12 horas, a un mes de que fue aprobada en la Cámara de Diputados y a seis años de que se presentó la iniciativa.

“Para prohibir y sancionar las llamadas terapias de conversión, conocidas como ECOSIG, se aprueba reformar, con 77 votos a favor, cuatro en contra y 15 abstenciones, el Código Penal Federal y la Ley General de Salud.

“Los ECOSIG son prácticas que han incentivado la violación de los derechos humanos de la comunidad LGBTTTIQ+.”, escribió en redes sociales el Senado.

Tras la aprobación de las reformas, el Senado envió el documento al Ejecutivo Federal para que se realice el trámite correspondiente y se publiquen en el Diario Oficial de la Federación.

¿Cómo se sancionarán las terapias de conversión en México?

De acuerdo con el Senado, quien realice las denominadas terapias de conversión o ECOSIG podrá ser sancionado con dos a seis años de prisión y una multa de mil a dos mil veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización (UMA), que actualmente sería una suma de entre 108 mil y 216 mil pesos.

Las reformas que adicionan un artículo 209 Quintus al Código Penal Federal y un artículo 465 Ter a la Ley General de Salud precisan que dichas sanciones se impondrán a quien realice, imparta, aplique, obligue o financie cualquier tipo de tratamiento, terapia, servicio o práctica que obstaculice, restrinja, impida, menoscabe, anule o suprima la orientación sexual, identidad o expresión de género de una persona.

No obstante, la sanción aumentará al doble cuando las conductas tipificadas se realicen en contra de personas menores de 18 años, adultos mayores o personas con alguna discapacidad.

En el proyecto de decreto se establece que bastará la presentación de una denuncia para iniciar la investigación de los hechos que revistan las características del delito al que este precepto se refiere.

¿Los padres de familia podrán ser sancionados?

 

Sí, pero no de la misma forma. En el caso de que sea el padre, madre o tutor de la víctima la persona que incurra en las conductas sancionadas, se les aplicarán las sanciones de amonestación o apercibimiento a consideración del juez.

De igual forma, cuando la persona autora tuviere para con la víctima una relación laboral, docente, doméstica, médica o cualquier otra que implique una subordinación de la víctima; o se valga de la función pública para cometer el delito, también será castigada con destitución e inhabilitación para desempeñar el cargo hasta por un tiempo igual a la pena impuesta.

¿Cómo se sancionará a profesionales de la salud?

 

Subrayó que las personas profesionales, técnicas, auxiliares de las disciplinas para la salud y relacionadas con las prácticas médicas que realicen, impartan, apliquen, obliguen o financien tratamientos, terapias o cualquier tipo de servicios o prácticas quirúrgicas o de otra índole, con el objeto de obstaculizar, restringir, impedir, menoscabar, anular o suprimir la orientación sexual, identidad o expresión de género de una persona, serán sancionadas de acuerdo con el Código Penal Federal, y suspendidas en el ejercicio profesional, de uno a tres años.

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