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Nota Principal

Heladas y ambiente muy frío afectarán parte del país

El jueves permanecerá el ambiente muy frío con heladas en el norte, el oriente y el centro del territorio nacional debido al frente frío número 11 y a la masa de aire frío que lo impulsa, informó el Servicio Meteorológico Nacional (SMN).

Detalló que se prevén temperaturas menores a cero grados Celsius en zonas montañosas de Chihuahua, Coahuila, Nuevo León, San Luis Potosí, Aguascalientes, Zacatecas, Durango, Jalisco, Michoacán, Guanajuato, Querétaro, Hidalgo, Puebla, Tlaxcala y Estado de México.
Así como de cero a cinco grados Celsius en zonas elevadas de Sonora, Tamaulipas, Veracruz, Ciudad de México, Morelos y Oaxaca.

Se pronostica evento de Norte con rachas de viento superiores a 80 kilómetros por hora en el Istmo y el Golfo de Tehuantepec, y mayores a 60 km/h en el sur del Golfo de México y la Península de Yucatán.

Para Chiapas y Tabasco se pronostican tormentas muy fuertes; en Guerrero, Oaxaca, Campeche, Yucatán y Quintana Roo tormentas fuertes; en Michoacán, Puebla y el sur de Veracruz intervalos de chubascos, y en Tamaulipas lluvias dispersas.

Las bajas temperaturas, el evento de “norte” y las lluvias, serán ocasionados por el frente frío número 11 que se extenderá con características de estacionario en la Península de Yucatán y el sureste del país, así como por su masa de aire frío que lo impulsa.

El organismo de la Comisión Nacional del Agua (Conagua) señaló que debido a que durante la época de frío podría generarse la formación de bruma, bancos de niebla o neblina, se recomienda manejar con precaución, usar adecuadamente las luces del vehículo y respetar los señalamientos de tránsito en las zonas donde se presenten estos fenómenos.

Además recomendó a la población a vestir ropa abrigadora, no exponerse a cambios bruscos de temperatura y brindar especial atención a niños, personas de la tercera edad y enfermos.

México

¡Fondo de Pensiones para el Bienestar! Requisitos para recibir $16,777 al mes

Tal vez durante los últimos días hayas escuchado muchas opiniones acerca de la creación del Fondo de Pensiones para el Bienestar, cuya aprobación en el Congreso y posteriormente en el Senado, generó mucho «ruido mediático», en especial por la toma de recursos de las Afores inactivas. Más allá de eso, te decimos cómo funciona y los requisitos para ser beneficiario.

De acuerdo a la información oficial, la creación del Fondo de Pensiones para el Bienestar se dio Con la meta de fortalecer la seguridad financiera de los trabajadores mexicanos al jubilarse. Se trata de un fideicomiso público destinado a complementar las pensiones otorgadas por los institutos de seguridad social del país, incluyendo el IMSS, Infonavit e ISSSTE. 

¿Quiénes recibirán dinero del Fondo de Pensiones para el Bienestar?

La iniciativa busca garantizar que las pensiones sean equivalentes al último salario percibido por el trabajador, siempre y cuando este no supere el límite de 16,777.78 pesos al mes.

Para ser elegibles para este complemento, los trabajadores deben retirarse a la edad de 65 años, haber cotizado en el sistema Afore desde julio de 1997 en el caso del IMSS, y desde abril de 2007 en el caso del ISSSTE. Además, la pensión no debe exceder el límite mencionado anteriormente.

Es importante destacar que este tope se determinó en base al salario promedio de cotización en el IMSS en 2023 y se ajustará anualmente según la tasa de inflación.

Asimismo, según lo aprobado, se priorizará a los trabajadores que comenzaron su cotización a partir de julio de 1997 y alcancen los 65 años de edad.

Polémicas sobre el Fondo de Pensiones para el Bienestar:

Una de las medidas más controvertidas, que ha generado rechazo por parte de la oposición, es la decisión de concentrar los recursos de los trabajadores en este fondo. 

Estos fondos provienen de las subcuentas de retiro, cesantía en edad avanzada y vejez de trabajadores del sector privado que no hayan sido reclamados a los 70 años, así como de los recursos cotizados por trabajadores del sector público al ISSSTE que no se hayan requerido a los 75 años.

Con las reformas, las Administradoras de Fondos para el Retiro (Afores) y PENSIONISSSTE están obligadas a realizar transferencias automáticas al Fondo de Pensiones para el Bienestar, sin necesidad de una resolución judicial, una vez que los trabajadores alcancen la edad indicada.

Además, Infonavit y FOVISSSTE deben notificar a los trabajadores un año antes de transferir sus recursos al fondo, a los 70 y 75 años respectivamente.

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