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Industria cervecera mexicana ya tiene fecha para regresar a la producción de las bebidas

Entre los productos más buscados durante la pandemia por coronavirus que mantiene en el encierro a México fueron las bebidas alcohólicas, a pesar del desabasto que se generó en gran parte del país por las medidas preventivas de suspensión en la fabricación y distribución de las mismas.

El consumo de cerveza estuvo en boca de todos los mexicanos a lo largo de la Jornada Nacional de la Sana Distancia. De todo tipo, marcas, colores y sabores fueron rápidamente consumidas por la sociedad por los anuncios de ley seca implementados en gran parte del país.

Por el momento la industria cervecera se mantiene como uno de los servicios no esenciales, por lo que su producción fue detenida, al igual que la distribución, lo que vació los refrigeradores de tiendas locales, depósitos, cadenas de autoservicio y demás.

Aunque los planes federales del nuevo regreso a la normalidad no incluyen a la industria de las bebidas alcohólicas, el presidente de Cerveceros de México, Marco Mascarua, reveló que ya preparan la reactivación de sus fábricas para distribuir cerveza, entre otras cosas, a todo el país.

El tan esperado regreso de los cerveceros podría darse a partir del 1 de junio, fecha en que se pretendía que arrancaran otros sectores de relevancia como el automotriz, mismos que adelantaron su fecha para mediados de mayo de 2020.

“Estamos listos para reanudar operaciones cuando empiece el mes de junio, en ese sentido, con todas las medidas de seguridad que hemos aprendido de la experiencia de otros países y evidentemente seguiremos todas las medidas puntuales que la Secretaría de Salud dé”, aseveró Mascarua a la agencia EFE.

Pero los daños no fueron únicamente a sus ventas, pues durante los meses que se mantuvieron cerrados, peligró el estatus de las compañías mexicanas, reconocidas como el exportador número uno y cuarto productor más importante de la cerveza a nivel mundial.

“La industria cervecera en México, el haber sido cerrada, es una excepción a nivel mundial. Prácticamente cuatro o cinco países solamente fueron los únicos que cerraron la industria cervecera, entonces francamente sí nos tomó por algo de sorpresa”, manifestó.

Como ejemplo, Mascarua reveló que durante 2019 se exportaron 40.1 millones de hectolitros por un valor de 4,858 millones de dólares; es decir, el 25 %, de las exportaciones agroindustriales en México.

No es la primera vez que alguien pone en tela de juicio el parón de labores en la industria cervecera mexicana, pues en fechas recientes el titular de la Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco), Ricardo Sheffield, aseguró que se trataba de un gravísimo error.

Durante una audiencia virtual pública con diputadas de Morena, Sheffield Padilla explicó que el aumento en los costos de la bebida se basó en el hecho de que la que se vende actualmente es importada, pues la que se había producido en territorio nacional “nos la bebimos toda” en un mes.

Sin embargo, Sheffiled explicó que los que los precios de la cerveza en México volverán a regularizarse una vez que se reactiven las plantas cerveceras y comience la distribución de esta bebida alcohólica.

Esta medida, por otra parte, no afectó los empleos de los casi 650.000 empleos directos e indirectos. En una entrevista con Milenio, Karla Siqueiros, directora general de Cerveceros de México, aseguró que todos los t rabajosfueron resguardados por las empresas.

Por el momento, personal administrativo y operativo continúa con el desempeño de sus puestos en formato home office, no así los obreros, que se mantienen a la espera de una fecha para el regreso de sus actividades.

Fuente: EFE

México

Senado prohíbe definitivamente las terapias de conversión en México

El pleno Senado de la República aprobó las reformas al Código Penal y a la Ley General de Salud para prohibir y sancionar de forma definitiva y a nivel nacional los Esfuerzos para Corregir la Orientación Sexual e Identidad de Género (ECOSIG), también conocidas como terapias de conversión, las cuales han sido consideradas por organismos internacionales como un acto de tortura en contra de la comunidad LGBTQ+, ya que consisten en someter a las víctimas a abusos sexuales, electrochoques y hasta supuestos exorcismos, para que se se identifiquen como personas cisgénero heterosexuales.

Los senadores aprobaron prohibir los ECOSIG en México con 77 votos a favor, cuatro en contra y 15 abstenciones durante una sesión que duró casi 12 horas, a un mes de que fue aprobada en la Cámara de Diputados y a seis años de que se presentó la iniciativa.

“Para prohibir y sancionar las llamadas terapias de conversión, conocidas como ECOSIG, se aprueba reformar, con 77 votos a favor, cuatro en contra y 15 abstenciones, el Código Penal Federal y la Ley General de Salud.

“Los ECOSIG son prácticas que han incentivado la violación de los derechos humanos de la comunidad LGBTTTIQ+.”, escribió en redes sociales el Senado.

Tras la aprobación de las reformas, el Senado envió el documento al Ejecutivo Federal para que se realice el trámite correspondiente y se publiquen en el Diario Oficial de la Federación.

¿Cómo se sancionarán las terapias de conversión en México?

De acuerdo con el Senado, quien realice las denominadas terapias de conversión o ECOSIG podrá ser sancionado con dos a seis años de prisión y una multa de mil a dos mil veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización (UMA), que actualmente sería una suma de entre 108 mil y 216 mil pesos.

Las reformas que adicionan un artículo 209 Quintus al Código Penal Federal y un artículo 465 Ter a la Ley General de Salud precisan que dichas sanciones se impondrán a quien realice, imparta, aplique, obligue o financie cualquier tipo de tratamiento, terapia, servicio o práctica que obstaculice, restrinja, impida, menoscabe, anule o suprima la orientación sexual, identidad o expresión de género de una persona.

No obstante, la sanción aumentará al doble cuando las conductas tipificadas se realicen en contra de personas menores de 18 años, adultos mayores o personas con alguna discapacidad.

En el proyecto de decreto se establece que bastará la presentación de una denuncia para iniciar la investigación de los hechos que revistan las características del delito al que este precepto se refiere.

¿Los padres de familia podrán ser sancionados?

 

Sí, pero no de la misma forma. En el caso de que sea el padre, madre o tutor de la víctima la persona que incurra en las conductas sancionadas, se les aplicarán las sanciones de amonestación o apercibimiento a consideración del juez.

De igual forma, cuando la persona autora tuviere para con la víctima una relación laboral, docente, doméstica, médica o cualquier otra que implique una subordinación de la víctima; o se valga de la función pública para cometer el delito, también será castigada con destitución e inhabilitación para desempeñar el cargo hasta por un tiempo igual a la pena impuesta.

¿Cómo se sancionará a profesionales de la salud?

 

Subrayó que las personas profesionales, técnicas, auxiliares de las disciplinas para la salud y relacionadas con las prácticas médicas que realicen, impartan, apliquen, obliguen o financien tratamientos, terapias o cualquier tipo de servicios o prácticas quirúrgicas o de otra índole, con el objeto de obstaculizar, restringir, impedir, menoscabar, anular o suprimir la orientación sexual, identidad o expresión de género de una persona, serán sancionadas de acuerdo con el Código Penal Federal, y suspendidas en el ejercicio profesional, de uno a tres años.

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