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México

Instala ISSSTE centros de acopio en CDMX para afectados por el sismo

El ISSSTE abrió hoy centros de acopio en la Ciudad de México, con el propósito de apoyar a los damnificados de las zonas afectadas (Chiapas y Oaxaca) por el sismo de 8.2 grados el pasado 7 de septiembre.

Por su parte, el Director General del Instituto, José Reyes Baeza Terrazas, continúa en labores de apoyo por el estado de Chiapas supervisando los trabajos de obra del nuevo Hospital General en Tuxtla Gutiérrez, y verificando que los pacientes que fueron canalizados a otras clínicas particulares se encuentren bien atendidos.

Por instrucciones presidenciales y bajo la coordinación del secretario de Desarrollo Social Luis Enrique Miranda Nava, Reyes Baeza atiende la zona Fraileana de Chiapas (que abarca los municipios de Jaltenango de la Paz, La Concordia y Montecristo de Guerrero) que le fue asignada para atender las necesidades de la población damnificada. Por la mañana se reunión con los presidentes de esos municipios.

De igual manera, la delegación del ISSSTE en Chiapas envío doctores, enfermeras, medicamentos y personal para levantar el censo de los daños para su reconstrucción, así como lo ordenó el Presidente.

A su vez, FOVISSSTE, encabezado por Luis Antonio Godina Herrera, instaló su centro de acopio y desplegó una campaña informativa en Oaxaca, Chiapas, Veracruz y Tabasco a fin de que cuentahabientes afectados activen su seguro de daños contra desastres. Hasta el momento se han recibido más de 100 reportes al 01 800 368 4783, los cuales ya están siendo atendidos.

En la Ciudad de México, Juan Manuel Verdugo, José Monroy Zorrivas y Sonia Salazar Ham, Secretario General y delegados de la Zona Sur y Norte, respectivamente, encabezaron las primeras donaciones de los trabajadores del Instituto. SUPERISSSTE ubicó tiendas móviles en las afueras de los centros de acopio a fin de que la población en general acuda al llamado de solidaridad con los damnificados por los sismos. También el sindicato SNTISSSTE instaló dos centros de acopio en el sur de la ciudad.

A partir de las 10:00 am y hasta las 08:00 pm, los centros de acopio en la capital del país recibirán de población en general alimento enlatado, como atún, sardinas, leche en polvo, aceite comestible, arroz, frijol, azúcar, alimento para mascotas, jabón y artículos de higiene personal y de aseo del hogar, etcétera. No llevar agua embotellada, ropa y medicamentos.

Los establecimientos se encuentran en:

 

  • Oficinas Centrales del ISSSTE: Jesús García Corona 140, Col. Buenavista, Delegación Cuauhtémoc.
  • FOVISSSTE: Miguel Noreña 28, Col. San José Insurgentes, Delegación Benito Juárez.
  • Delegación Regional Zona Sur: Av. San Fernando 15, Col. Toriello Guerra, Delegación Tlalpan.
  • Oficinas del SNTISSSTE: Tres Guerras 9, Col. Centro, Delegación Cuauhtémoc, y Sor Juana Inés de la Cruz No. 93, Col. Miguel Hidalgo, Delegación Tlalpan. (De 9:00 a 18:00 hrs.)
  • TURISSSTE y PENSIONISSSTE: Blvd. Adolfo López Mateos (Periférico Sur) 2157, Col. Los Alpes, Delegación Álvaro Obregón.
  • Así como en todas las Estancias de Bienestar y Desarrollo Infantil (EBDI) de la Ciudad de México y área metropolitana.

Asimismo, la Fundación ISSSTE A.C. recibirá cualquier donación a través del número de cuenta: 00110775797, CLABE 012180001107757972, BBVA Bancomer.

México

Senado prohíbe definitivamente las terapias de conversión en México

El pleno Senado de la República aprobó las reformas al Código Penal y a la Ley General de Salud para prohibir y sancionar de forma definitiva y a nivel nacional los Esfuerzos para Corregir la Orientación Sexual e Identidad de Género (ECOSIG), también conocidas como terapias de conversión, las cuales han sido consideradas por organismos internacionales como un acto de tortura en contra de la comunidad LGBTQ+, ya que consisten en someter a las víctimas a abusos sexuales, electrochoques y hasta supuestos exorcismos, para que se se identifiquen como personas cisgénero heterosexuales.

Los senadores aprobaron prohibir los ECOSIG en México con 77 votos a favor, cuatro en contra y 15 abstenciones durante una sesión que duró casi 12 horas, a un mes de que fue aprobada en la Cámara de Diputados y a seis años de que se presentó la iniciativa.

“Para prohibir y sancionar las llamadas terapias de conversión, conocidas como ECOSIG, se aprueba reformar, con 77 votos a favor, cuatro en contra y 15 abstenciones, el Código Penal Federal y la Ley General de Salud.

“Los ECOSIG son prácticas que han incentivado la violación de los derechos humanos de la comunidad LGBTTTIQ+.”, escribió en redes sociales el Senado.

Tras la aprobación de las reformas, el Senado envió el documento al Ejecutivo Federal para que se realice el trámite correspondiente y se publiquen en el Diario Oficial de la Federación.

¿Cómo se sancionarán las terapias de conversión en México?

De acuerdo con el Senado, quien realice las denominadas terapias de conversión o ECOSIG podrá ser sancionado con dos a seis años de prisión y una multa de mil a dos mil veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización (UMA), que actualmente sería una suma de entre 108 mil y 216 mil pesos.

Las reformas que adicionan un artículo 209 Quintus al Código Penal Federal y un artículo 465 Ter a la Ley General de Salud precisan que dichas sanciones se impondrán a quien realice, imparta, aplique, obligue o financie cualquier tipo de tratamiento, terapia, servicio o práctica que obstaculice, restrinja, impida, menoscabe, anule o suprima la orientación sexual, identidad o expresión de género de una persona.

No obstante, la sanción aumentará al doble cuando las conductas tipificadas se realicen en contra de personas menores de 18 años, adultos mayores o personas con alguna discapacidad.

En el proyecto de decreto se establece que bastará la presentación de una denuncia para iniciar la investigación de los hechos que revistan las características del delito al que este precepto se refiere.

¿Los padres de familia podrán ser sancionados?

 

Sí, pero no de la misma forma. En el caso de que sea el padre, madre o tutor de la víctima la persona que incurra en las conductas sancionadas, se les aplicarán las sanciones de amonestación o apercibimiento a consideración del juez.

De igual forma, cuando la persona autora tuviere para con la víctima una relación laboral, docente, doméstica, médica o cualquier otra que implique una subordinación de la víctima; o se valga de la función pública para cometer el delito, también será castigada con destitución e inhabilitación para desempeñar el cargo hasta por un tiempo igual a la pena impuesta.

¿Cómo se sancionará a profesionales de la salud?

 

Subrayó que las personas profesionales, técnicas, auxiliares de las disciplinas para la salud y relacionadas con las prácticas médicas que realicen, impartan, apliquen, obliguen o financien tratamientos, terapias o cualquier tipo de servicios o prácticas quirúrgicas o de otra índole, con el objeto de obstaculizar, restringir, impedir, menoscabar, anular o suprimir la orientación sexual, identidad o expresión de género de una persona, serán sancionadas de acuerdo con el Código Penal Federal, y suspendidas en el ejercicio profesional, de uno a tres años.

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